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LA Mércoles de Agosto de 1968 REPUBLICA 11 LOS PRODUCTORES DE CAFE DEL PAIS quier cantidad de café producida en exceso del año anterior, RECIBIRIA UNICAMENTE CINCUENTA COLONES DE CREDITO.
La negativa del Banco Central a acoger la proposición do esta Asociación, la aparente mal interpretación que algunos cafetaleros han dado a ésta, y nuestro absoluto convencimiento de que, en las actuales circunstancias, proponiamos lo que más convenía a los legítimos intereses de todos los productores de café del país, al amplio sector de la empresa privada íntimamente relacionada con la actividad cafetalera y a la misma economía nacional, nos obligan a explicar el contenido y la razón del planteamiento que en fecha reciente hicieramos al Banco. En consecuencia manifestamos: Preocupados siempre por que cada fanega de café reciba adecuada financiación y ante las serias implicaciones de la medida acordada por el Banco, optó la Cámara por solicitar que el crédito se otorgara en su forma tradicional, lo cual garantizaría que cada fanega recibiera su financiación, sugiriendo como única variante, en vista de la preocupación del Banco por los problemas monetarios, que se FRACCIONARA la etapa de recolección, de manera que, fijada en cincuenta colones, se otorgaren de inmediato cuarenta, y los diez restantes, a partir del primero de enero de 1969. Las estimaciones oficiales de la cosecha 1968 69 fijan su monto en un millón sefecientos cincuenta mil fanegas, con un incremento de ciento cincuenta mil sobre la cosecha anterior.
Compromisos adquiridos por el Banco Central con Organismos Internacionales limitan el crédito cafetalero para esa futura cosecha al monto total financiado durante la pasada. lo anterior implica que, para poder financiar con igual número de colones, 238 millones, una cantidad mayor de fanegas, 750. 000, se hacía indispensable rebajar la financiación en alguna de sus etapas, pues la única otra solución posible fue la que esta Cámara quiso siempre so evitase, y que consistía en dejar sin financiación el incremento normal de la producción. De haber prosperado la anterior proposición, los productores de café hubiesen tenido la certeza de contar, oportunamente, al menos con la suma de ciento treinta colones SOBRE LA TOTALIDAD DE LAS FANEGAS QUE PRODUJERAN, recibiendo a partir de enero los diez restantes, alternativa que antes y ahora, consideramos más justa que la acordada por el Banco, según la cual se darían cincuenta por toda fanega recolectada, pero los otros noventa únicamente por el número de fanegas producidas anteriormente, DEJANDO SIN FINANCIAR EN PRIMERA ETAPA LA TOTALIDAD DE LAS FANEGAS QUE SE COSECHEN EN EXCESO DEL ANO ANTERIOR. Estimamos que una reducción en la etapa de mercadeo acarreaba menor perjuicio a los productores, razón por la cual fue esa la recomendación que en principio sugerimos. Con base en números reales, demostramos que esa reducción permitía al Banco financiar a razón de ciento cuarenta colones todas y cada una de las fanegas que se produjesen, y dentro de los límites fijados por los compromisos a que hemos hecho referencia. Creemos haber actuado en cumplimiento de nuestras obligaciones como agrupación gremial, defendiendo los intereses de los productores y beneficiadores de café del país. Lamentablemente, no prevaleció el criterio justo y factible que esta Asociación defendió de la mejor manera que le fue posible. Sólo nos resta esperar que el Banco Central, conforme lo ha establecido mediante el acuerdo tercero de la resolución que nos ocupa, analice con criterio amplio los casos de firmas beneficiadoras que no van a contar con la financiación necesaria para trasladar a sus clientes productores los recursos que éstos necesitan para la adecuada atención que PERMANENTEMENTE requiere una plantación de café. Al no aceptar el Banco Central esa modalidad de crédito por la Cámara sugerida, aparentemente por razones de tipo monetario, e insistir en que la primera etapa, la de asistencia, se otorgase únicamente por idéntico número de fanegas a las financiadas durante la cosecha 67 68, se concluyó en que cualSan José, de Agosto de 1968.
CAMARA NACIONAL DE CAFETALEROS Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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