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REPUBLICA 28 LA Domingo 14 de Dielembre de 1900 ROLDAN EL TEMERARIO Por Dan Barry IT Derechos Reservados.
ROOM YAZARKOM DALIA YA PUEDE SALIR, ZARKOV.
COMBATEN UN ENJAMBRE DE MOSCAS GIGANTESCAS.
ROLDAL.
INO ESTÁ AQUI!
PUEDE QUE HAYA HUIDO CUANDO ATACARON LAS MOSCAS GIGANTESCAS.
NO PUEDE ESTAR LEJOS, DALIA. DONDE ESTÁS POR QUÉ GRITAS, ROLDANNO SOY SORDA IDALIA ZERES TÚ. SE HAN VUELTO LOCOS ESTOY AQUR ANDA, MÍRAME, ROLDAN POR CIERTO! SPERO QUE DE EXTRADO PASA?
Bir (ISODE King Features Syndicate, Inc. 1969. World rights reserved.
TOHH. ABSOLUTAMENTE NADA, DALIA LO LLEVAREMOS LA CIUDAD.
1DESAPARECIERON, ROLDAN!
RECIBIMOS INFORMES SOBRE LA FALTA DE GRAVEDAD ESAS MOSCAS GIGANTESCAS. 13 CONTINUARA.
Franquicia aduanera a Sala por seis meses más El Poder Ejecutivo prorrogó por seis meses más a partir del de los corrientes a la Cooperativa de Servicios AeroIndustriales Responsabilidad LI mitada (SALA) el derecho a disfrutar del 99 por ciento de franquicia aduanera, especificado en el inciso d) del contrato de protección y desarrollo industrial 29 62 y sus refor.
mas, rante ese periodo llegare a en trar en vigencia el Protocolo para la Industria de Ensamble.
El acuerdo que dispone tal cosa, que es el MIC 62 69, consideró que SALA disfruta de franquicia aduanera sobre las materias primas que le es ne cesario importar para el ensam blaje, manufactura parcial, y acabado de vehículos automoto res, beneficio que le fue concedido por un periodo de diez años que vencerá el de diciem bre de 1972 Que la franquicia aduanera le fue concedida en escala decreciente asi: 99 hasta el de diciembre de 1969, 80 hasta el de diciembre de 1970 60 hasta el de diciembre de 1971, y 40 en los años subsi.
guientes hasta la caducidad del contrato.
Considero, asimismo, que el aumento en los derechos de aduana del 19 a partir del de diciembre de 1969 incidirla sobre los costos de los vehículos ensamblados en el país y en consecuencia sobre los precios de venta, lo que aumentaria la diferencia de precios entre los carros nuevos y los usados que se importan, por los graváme nes fiscales que se aplican a estos últimos, lo que obligaria a ocupar menos número de 0breros y técnicos que se han especializado en la Industria del ensamblaje, por la disminución de la producción en las respec tivas plantas.
SE CONSIDERO también que tanto el problema de la indus.
tria del ensamblaje de vehicu.
los, como el caso de los gra.
vámenes fiscales sobre los ve hiculos que se importan usados, reconstruidos, está siendo objeto de estudios según resolución de la Comisión Naclonal de Reestructuración de la Hacienda Pública, por la Comisión Asesora Nacional del Ministerio de Industria y Comercio, con un plazo fijo de noventa dias y que por su indole, se consi.
dera que deberá resolverse por medio de una ley.
Por ultimo, que el Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial es aplicable únicamente a la Industria manufactura (ar tículo del Convenio) y prevé la firma de un protocolo sobre la Industria de ensamble (Tran sitorio Sexto del Convenio. LA CONCESION que ha hecho el Ministerio de Industria y Comercio a la expresada Coo perativa quedará de hecho can.
celada en la fecha en que, duEste documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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