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arze de 1970 LA REPUBLICA 15 nfermería Sugieren consolidar los depósitos de la Banca nuestro.
PERO REDUCIR los costos de operación no significa reducir el nivel de la enseñanza que redundaria en una disminución de la capacidad profesional de la enfermera.
Nadle se atreve a discutir que lo que se dedique a ensehanza, a salud, es una verdadera inversión, y el Estado es tá obligado a velar por ellas, porque se cumplan sus postulados. Elevar a norma institucional el monopolio de los depositos bancarios. dejarán propuesto para la próxima Asam blea Legislativa, los actuales diputados de la fracción parlamentaria liberacionista.
La explicación que dan 28 diputados liberacionistas, es la siguiente. EL 31 DE MAYO de 1966, al comenzar nuestra labor legislativa, presentamos un proyecto de reforma constitucional con la finalidad de Introducir mejoras de Importancia en nues tro máximo ordenamiento juridico, que facilitaran el desa.
rrollo del país y la afirmación de instituciones medulares. el monopolio de los depósitos. primera vez que la tesis de la El proyecto fue acogldo en Por lo tanto, insistimos por banca estatal se puso en juebuena parte, pero por una en estar convencidos en que la go. El conocimiento de las pomienda de especial categoria Banca debe mantenerse como derosas fuerzas que operan en fue desechado por la comisión institución, por encima de los contra de la Institución, así coque lo estudio, y que proponla valvenes de la política electo. mo de los grandes riesgos que elevar a norma Institucional el ral, protegida constitucional ésta corrio, no deja lugar a dumonopolio de los depósitos ban mente de eventualidades y tran das sobre la necesidad de accarios. Sin el concurso de los sitorios cambios en la compo tuar, como venimos a proponer, dietaminadores de los partidos sición de la Asamblea Legisla con base en el siguiente proRepublicano y Unlón Nacional tlva y también del Poder Eje yecto de Ley: Reformase el fue Imposible obtener los 38 vo cutivo.
Artículo 189, inciso 1) de la tos necesarios para aprobar la La dura lucha que libramos Constitución Política, para que reforma.
para mantener la nacionaliza se lea así: Articulo 189, inción de los depósitos, en Junio ciso 1) Los bancos del Estado EN LA PROXIMA legisla de 1967, es testimonio clocuen son los únicos que pueden tura habrá mayor predominio te de los riesgos a que está su recibir depósitos de dinero y de los sectores que favorecen jeta la nacionalización banca utilizarlos en operaciones banla consolidación del Sistema rla. Esa lucha no quisiéramos carias.
Bancario Nacional basado en haberla dado en vano. Fue la Escatimar gastos Indispensables en la enseñanza, es dar ésta a medias, es engañarnos a nosotros mismos y tratar de enganar a la comunidad.
ELECCION DE DIPUTADOS y 1966. Que según las adjudica gares Garcia, Gonzalo Lizano Ra PROVINCIA DE CARTAGO Los señores Marcial Aguiluz rá la declarator a de e. ccción ciones de las plazas que se men mirez y Edgar Chaverri Solano.
Orejlana y Juan Gulllermo Bre del partido que mayor númecionan en el considerando an Provincia de Limón: Rogelio Parnes Castillo, en su condición res ro de votos obtuvo en el cirterior, han resultado electas las do Jochs. Eladio Alonso Andrés peetivamente de Presidentes del cuito electoral de que se trapersonas siguientes: Por el PARPartido Acción Socialista y del te, continuándola en el or2 Jorge Solano Chacón TIDO LIBERACION NACIOPartido Unión Agricola Carta den decreciente de los misNAL: Provincia de San José: POR TANTO: Yolanda Otárola Prendigas ginés, en sendos memoriales so mos.
Daniel Oduber Quirós, Luis Allicitan se interprete el artículo berto Monge Alvarez, Jenaro De conformidad con lo expues Rodolfo Leiva Runnebaum Si en el tiempo transcurri.
138 del Código Electoral.
do entre la inscripción de una Valverde Marin, Gonzalo Solórto y con fundamento en los dis. Rogelio Carazo Paredes Las solicitudes en sintesis, se zano González, Teresa Zavaleta papeleta de Diputados o de Mu posiciones de los artículos 102 contraen a que se aclare ej texDurán, Antonio Jacob Habitt, nicipes y la declaratoria deinciso octavo, 106 y 116 de la Angel Edmundo Solano to del referido articulo 138, finitiva de elección, ocurriere Rafael Solórzano Saborio, RoConstitución Política, 132 a 139 Calderón billo Durán Picado, conocido co del Código Electoral, SE DEpues que, en criterio de los ges el fallecimiento de alguno de tionantes, en la distribución de los candidatos, en su lugar se mo Romilio Durán Picado, EdCLARAN popularmente electos Emilio Piedra Jiménez plazas en la declaratorin de ewin Zſuhoz Mora, Carlos Manuel tendrá como vacante y será Diputados para integrar la Alección de Diputados, deben 10 Tenado Ascendiendo automáti Villalobos Arias y Manuel CarSAMBLEA LEGISLATIVA, duPROVINCIA DE HEREDIA marse en cuenta todos los parballo Quintana. Provincia de Acamente a los otros candidarante el periodo constitucional tidos políticos que participaron tos de la misma papeleta que lajuela: Edgar Arroyo Cordero, Carlos Ugalde Alvarez, Claucomprendido entre el dia pri1 Oscar Román Hernández en la ejección y obtuvieron vo estuvieren colocados en puesdio César Araya Rodriguez, Gon mero de mayo del corriente ono Pacheco toe, sha atender a si lograron sub tos inferiores al del candidacociente.
y el treinta de abril del año zalo Gómez Cordero, José Fa.
to fallecido.
mil novecientos setenta y cuabio Araya Vargas y Francisco Rodrigo Hernández Vargas tro, a las siguientes personas. Cuando se produſere una Morales Hernández. Provincia Oscar Campos Orozco Al respecto considera el Tride Cartago: Eladio Alonso Anvacante definitiva luego de bunal que las normas legales que hecha la declaratorja, sea andrés, Jorge Solano Chacón Yo PROVINCIA DE SAN JOSE PROVINCIA DE GUANACASTE rigen lo relativo a la adjudica tes o después de la juramenlanda Otárola Prendigas y Anción de plazas, son lo suficien tación del Diputado, el Tribu gel Edmundo Solano Calderón. Rosa Alza Carrillo temente claras y no requieren la Provincin de Heredia: Oscar Ronal procederá a Henarla lla1 Canirl Oduber Quirós interpretación que se solicita, mando a ejercer el cargo, por mán Hernández Pacheco y Os2 Asdrúbal Ocampo Ocampo prueba de esto es que con funcar Campos Orozco, Provincia Luis Alberto Monge Alvarez el resto del periodo constitu damento en esas normas, sin clonal, al ciudadano que en de Guanacaste: Rosa Alza Ca3 Jenaro Valverde Marin José Bonilla Dib difieuitrid alguna en su intell la misma papeleta, ocupó el rrillo, Asdrúba) Ocampo Ocamgenrin, se han dado las decla4 Jorge Bonilla Dib lugar inmediato inferior, al po y José Bonilla Dib. Provin Gonzalo Solórzano Gonzales ratorlas, tanto de Diputados co ultimo que resultó electo.
cia de Puntarenas: Rafael Paris Rodrigo Brenes González mo de Regidores, correspondienSteffens, Maria Guevara Fallas, Teresa Zavaleta Duran tes a los elecciones de 1953, 1958, conocida como Mireya Guevara Pedro Arauz Aguilar 1965 Caso de que esa persona no Fallas, Pedro Gaspar Zúñiga y Antonio Jacob Habitt pudiere ocupar la vacante se Danjel Barrantes Campos. Pro Rafael Solórzano Saborio Las disposiciones de referencia lomará por orden descenden vincia de Limón: José Manuel PROVINCIA DE PUNTARENAS expresan: te, a quienes aparezcan en la Esna Miguel, conocido como Asis Robilio Duron Picado misma papeleta.
Esna Miguel y Reginaldo Adol ce: Romijlo Duron Picado Rafael Paris Steffens Art culo 134. La elección Artículo 138. Si quedaren fo Mackwell Kenede, conocido como Reinaldo Maxwell Kenne9 Edwin Muñoz Mora Maria Guevara Fallas de Presidente y Vicepresi plazas a llenar por el sistedy. Por el PARTIDO DEMOce: Mireya Guevara Fallas dentes de la República, se ha mn de cociente, la distribu10 Carlos Manuel Villalobos rá por el sistema de mayoría ción de las mismas se harh CRATA CRISTIANO: Provincia Arias Pedro Gaspar Zúñiga establec do en el aparte pride San José: Jesús Manuel Fer favor de los partidos en el mero del artículo 138 de ja nández Morales. Por el Partido orden decreciente de la ci11 Longino Soto Pacheco Gonzalo Segares Garcia Constitución Política.
ACCION SOCIALISTA: Proyinfra residual de su votación, cia de San José: Manuel Mora 12 Manuel Jiménez Borbón Gonzalo Lizano Ramirez Ia de Diputados a la Apero incluyendo también a Valverde y Marcial Agulluz 0samblea Legislativa o a una aquellos partidos que apenas 13 Guillermo Jiménez Ramirez reljana. Por ej PARTIDO UNI6 Edgar Chaverri Solano Rlcanzaron subcociente, coConst tuyente y Regidores FICACION NACIONAL: Pro14. Rafael Angel Valladares mo ai su votación tota) fuere Danjel Barrantes Campos por el sistema de cociente y vincia de San José: Longino Socifre residual subcociente. La de Sindicos Mora to Pacheco, Manuel Jiménez Bor PROVINCIA DE LIMON por mayoria relativa de cada Si aún quedaren plazas sin bon Guillermo Jiménez Rami 15 Hernán Ramón Castro distrito llenar, se repetirá la operarez. Rafael Ange) Valladares Hernández José Manuel Esna Migue Mora clón que se expresa en el 8Hernán Ramón Castro Articulo. 135. Cociente es 16 Oscar Soborio Alvarado ce: Asts Esna Miguel Hernández, Oscar Saborio Alla cifra que se obtiene divi.
parte anterior varado y Rolando Laclé Castro. endo el total de votos vallEste misma sistema se e17 Rolando Laclé Castro plicará en el caso de que ninProvincia de Alajuelo: Alvaro Rogelio Pardo Joche dos mitidos para determinaAguilar Peralta, Oscar Chavarria guno de los partidos alcance 18. Manuel Moro Valverde da rcción por el número de Pol, cociente. Fulvio Rodriguez Sogot playas a llenar mediante Reginaldo Adolfo Mackwell ls y Gonzalo Monge Herrera. 19 Jesús Manuel Fernández Kenede misma Provincia de Cartago: Ro Morales Es del caso indicar también, dojfo Lelva Runnebaum, Rogeljo Su cociente es el total de 20 Marcial Aguiluz Oreliana sa Suhrociente es el total de vo Tribunal se contrae a aplicar Carazo Paredes y Emilio Piedra que en punto a esta materia el cc: Reinaldo Maxwell Jiménez. Provincia de Heredia: Kennedy is válidos emitidos a favor la Ley, sin que le sea dable es21. Manuel Carballo Quintans de up nartido que, sin alcanzar tablecer procedimentos distinRodrigo Hernández Vargas. Provincia de Guanacaste: Jorge BoComuniquese esta declaratococjente alcanza o su tos a lo dispuestos por ella, de nijlo Dib, Rodrigo Brenes Gonzana a las personas eleclas, os por el cincuenta por ciento manera que el principio que esdez y Pedro Arauz Aguilar ProPROVINCIA DE ALATEPLA como ambién a Jos poderes Ejede beta tablece el artículo 95. Inciso 6)
vincia de Puntarenas: Gonzalo Se cutivo Legislativo y Judicial In de la Constitución Política, que sértese copia de la misma en Edear Arroyo Cordero el bio de Actas y publiques Arula 136. El cociente dice: en el Diario Oficial y shcociente para la elecclo de una Asamblea Consti Articulo 95. La ley regu2 Carlos Ugalde Alvarez tuyte, se forma tomando Francisco Steny Mesa com dividendo la votación Jara el ejercicio del sufra3 Claudio César Araya co dividendo la votación togio, de acuerdo con los siRoviriguez Jurn Redriguey Ulloa Alida del pals: para la egulentes principios: Jeren de Diputados, tomando Jose Forhånd, Yglesta. Vom al la votación totaj vá11 5)
clón Nacional TOTALE4 Gonzalo Gómez Cordero da de la respectiva provin y 6) Garantías de represencla nara la elección de Relación para las minorias. no lenie Residuo Jose Fabio Araya Vargas MR. Yglesia, gido es, tomando la votación de la aplicación de este In hl da del contón res.
21 Orgmismo, sino orientador Ajvaro Aguilar Peralta Alvaro. Pinto López pertvo del criterio del Legislador. 1 10 firulo 137. En. Jos casos 1 7 Oscar Chavarria Poj Juan Espinoza Espirza de unción por cociente y En consecuencia, no procede sittente, a cada SRIO partido atender la solicitud de inter3 Fulvio Rodriguez Sagot que haya concurrido a la vo pretación del artículo 138 del 6 the on se le declarará electo Código Electoral, formulada por Nº TRIBUNAL SUPRE enrrien de su colocación los señores Marcial Aguiluz 01 9. Gonzalo Monge Herrera MO DE ELECCIONES San Jo en la papeleta, por el elec. rellana y Juan Guillermo Brese, a las quince horas y trein torado de que se trate, tan pes Castillo en la expresada con 10Francisco Morales ta minutos del seis de marzo de tos candidatos como cocientes dición. Publiquese en el Diario Hernández mil povecientos setenta. haya Jogrado. Primero se ha Oficial, Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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