Debido a los elevados costos del mantenimiento de las imágenes, se ha restringido su acceso solo para las personas registradas en PrensaCR.
En caso de poseer una cuenta, hacer clic en “Iniciar sesión”, de lo contrario puede crear una en “Registrarse”.
Miércoles de Junio de 1970 LA REPUBLICA Detenidos camiones camiones ticos en frontera con Nicaragua trucciones de variar la situación como está Las mismas manifestaciones del Director de Integración, Dr.
Gilberto Rodríguez que anotamos anteriormente, son poco pro misorias de un buen arreglo a corto plazo.
Funcionarios del Ministerio de Industria y Comercio, no obstante, se mostraron optim stas so bre las posibilidades de llegar a un buen entendimiento, Viene de la página PRIMERA Incluso dijeron ellos que la BLICA que su preocupación es tervención para ver si las difiSITUACION GRAVE aplicación de la ley de Impues muy grande por los problemas cultades desaparecen, El viceministro to no afectaría las exportacio que Nicaragua ha hecho al inde Industria y nes desde Costa Rica y otros par greso de sus unidades, cargadas LA SITUACION DURARA Comercio, Lle. ses, pero al parecer lo que se de mercancías, con motivo de Jorge Sánchez dijo fue una cosa y lo que está la vigencia de un impuesto nue Tal como están las cosas exisMéndez, declaró ocurriendo es otra.
vo cuya forma de cobrar no fue te el temor de que la situación ayer a LA REdefinida oportunamente, ción Nicaragua se mantenga inPUBLICA que PREOCUPACION Tras de hacer estas manifes definidamente, pues el titular del la situación es taciones para nuestro periódico, Ministerio de Industria, Economuy grave pues Transportistas centroamerica se dirigieron al Viceministro de mía y Comercio, Dr. Luis el libre comer nos, que tienen oficinas en nues Industria y Comercio, Lic. Jor Martinez, se encuentra viajando cio con Nicara tro país, dijeron a LA REPU ge Sánchez, solicitando su in por el Japón y no se tienen insgua está inteTrumpido a causa de las medidas tomadas por funcionarios de SANCHEZ Gobierno de ese pais.
El Lic. Sánchez Méndez so puso ayer en contacto telefónico con el Director de Integración de Nicaragua, Dr. Gilberto Rodriguez, a quien entero de los problemas en la frontera reportados por transportistas costarri censes, solicitándole al mismo tiempo intervenir de inmediato para permitir el paso de los camiones que se encuentran detenidos arbitrariamente, QUE HAYA CRISIS El funcionario nicaragüense respondió, según el informe que se nos dio a conocer, que Nicaragua no permitirá el ingreso a ese país de productos nuevos y que hará que estalle una crisis para ver si las cosas dentro del mercado común centroamericano se arreglan.
En cuanto a los otros productos, dijo que los transportistas no han satisfecho el impuesto sobre las ventas que se les exi ge pagar en la frontera y no cuando lleguen a la aduana de Managua. El impuesto sobre las ventas, como ya se había dicho, es de un sobre el valor del articulo.
Esta placa es más que una marca comercial.
CONFUSION Rosago SAN JOSE COSTA RICA Los problemas han surgido porque Nicaragua no definió la forma de aplicar la ley de cobro de impuesto sobre las ventas. Se dijo que funcionarios dicas habían estado en San José durante varios dias estudiando la forma en que aqui se cobra el impuesto y, posteriormente, el Asesor Económico del Gobierno de Nicaragua, Dr. Mauricio Baca, informó aj Ministro de Industria y Comercio, don Claudio Alpizar, que el impuesto se cobraria en igual forma que aquí, es decir, en el comercio. Pero las cosas, al parecer, han variado.
Derechos que asisten a agentes vendedores Según la doctrina más generalizada, los agentes vendedores se presumen trabajadores, para efectos laborales, siempre que se encuentren subordinados a las órdenes del patrono.
Esa circunstancia se da en la práctica, dice el departamento le gal del Ministerio de Trabajo, cuando el agente tiene que seguir instrucciones del patrono o de sus representantes, relatiyos a las ventas, rutas a cubrir, rendición de cuentas, precios de los articulos, condiciones de cré ditos, etc. Esta subordinación se puede resumir en la facultad de mando, fiscalización y disciplina que el patrono puede ejercer sobre sus empleados y que es lo que caracteriza la relación laboral. añade el Lic. Vargas Hidalgo, jefe del departamento. POCO IMPORTA pues en la especie, que la labor la realice el trabajador sin estar sujeto a horarios fijos, puesto que, si tra baja por cuenta propia queda a su conveniencia obtener el maximo de rendimiento, lo que importa y lo que lo convierte en trabajador de la empresa, es la subordinación Jurídica en que se encuentra respecto a ésta.
Como trabajadores los agentes vendedores, gozarán éstos de todos los derechos laborales que consagra el Código de Trabajo, a saber, salario mínimo, descanso semanal, vacaciones anuales, feriados, aguinaldo, segu ro contra enfermedad y riesgos profesionales, pago de prestaciones legales en caso de despido injustificado, etc.
La placa con el nombre de Rosago que colocamos en todos nuestros muebles, es más que una marca comercial.
Es un verdadero símbolo de experiencia, calidad, elegancia, comodidad y funcionalidad.
La colocación de la marca es el acto final de un largo proceso. en esta pequeña placa va todo nuestro orgullo de fabricantes.
Rosago Sirviendo a Centro América desde Costa Rica.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.