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INDUSTRIAS CAMARA DE INDUSTRIAS ORGANO INFORMATIVO COSTA RICA SAN JOSE. COSTA RICA FUNDADA DA EN 1943 TOMO II NUMERO OCTUBRE 1970 Estudio integral sobre la industria y sus implicaciones en la economía nacional EL N S La idea surgió, precisamente, durante las visitas que apadrinado conjuntamente por la Asamblea Legislativa, el están realizando a industrias nacionales un grupo conside. Banco Central, la Cámara de Industrias, el Ministerio de rable de señores Diputados. Realizar un estudio objetivo, in. Industria y Comercio e incluso la Universidad Nacional tegral y exhaustivo sobre el proceso de desarrollo indus que, a través de su Departamento de investigaciones Ecotrial que experimenta el país y sus implicaciones en la vi nómicas, podria ser la Institución a cuyo cargo estuviera da económica nacional. Al principio fue sólo un comentario gran parte de la investigación en sus aspectos más técnl.
pasajero. Luego la idea tomó forma y, finalmente, tanto el cos y económicos.
Sr. Presidente de la Asamblea Legislativa como los otros Muchos documentos podrían servir de base a esta inSrs. Diputados presentes y los Directivos de la Cámara de Industrias, coincidieron en la importancia y significación vestigación. En el presente, según hemos sido informados, el Departamento de Estudios Económicos del Banco Cende un estudio de esta naturaleza, lo cual permitiria en fortral, en un programa conjunto con el Banco Interamericama contundente evaluar los resultados de la industrialización y hacer un balance sobre la política nacional de fomen.
no de Desarrollo (BID. está terminando un estudio íntimamente relacionado con este mismo tema que nos ocuto al desarrollo manufacturero.
pa, lo cual serviria para adelantar las investigaciones y La Cámara de Industrias, en forma oficial, ve con gran tener diferentes puntos de vista sobre el proceso industrial por el que atraviesa nuestro pais en esta trascendental etasimpatia esta iniciativa. En oportunidades anteriores nues.
tra Institución ha encargado estudios de este tipo a profepa de su desarrollo.
sionales de vasta experiencia y reconocida capacidad. Los Al buen pagador no le duelen prendas. La CAMARA resultados están ahí y constituyen una constatación obje. DE INDUSTRIAS y el INDUSTRIAL COSTARRICENSE tiva, racionalmente fundada y demostrada sobre el impacto aplaude esta idea e instan a los organismos correspondiendecisivo de la industrialización en la economia nacional. tes a seguir adelante y concretar definitivamente esta No obstante, indudab emente seria de un gran valor el que iniciativa que, no sólo es importante para el sector indusel pais pudiera diisponer de un análisis integral realizado y trial, sino incluso y quizás más para el pais en general. L COSTARRICENSE El Protocolo de San José no se aplica en todos los países centroamericanos, con grave perjuicio para la industria nacional dificil la venta de los productos en mercados exteriores altamen te competidos.
Eso ocurre cuando el aire to davía se encuentra impregnado de las bellas frases y de los bue nos propósito del Simposio Cen troamericano para el Fomento de las Exportaciones recién ce lebrado en esta ciudad de San José.
El dia 29 de agosto del presen te año, fue depositado por nues tro Goglerno, en la Secretaria de la ODECA, el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, co munmente conocido como Proto colo de San José, que grava con una 30 de los aranceles vigen tes Ins importaciones proceden tes de fuera del Area,. que los países centroamericanos hayan realizado o vayan a realizar des pués de esa fecha. Hasta cse momento las materias primas in dustriales hablan estado exentas del pago referido impuesto deb!
do o que en el mismo Protocolo se estableció, de acuerdo con el Artículo Unico Transitorio, que, mientras los cinco pnises no hu bieran depositado sus respecti.
Vos instrumentos de ratificación en la sede de la ODECA y. por consiguiente, dicho gravamen no se explicara de manera general, uno varios países no po drian castigar con ese impues.
to adicionaj a sus empresas por que ésto rompería la relación de competitividad, más o menos existente en el Arca.
En la actualidad el referido Impuesto de Estabilización Eco nómica correspondiente aj Protocolo de San José, está siendo cobrado únicamente por los Go blernos de Guatemala, de El Sal vador y de Costa Rica, con lo que se produce la misma situa clón injusta y discriminatoria, en beneficio de dos países remi.
608, que los redactores del men cionado Articulo Unico Transito rio tuvieron en mente prevenir evitar En relación con este probjema, el dia 13 del corriente mes, el Presidente de la Cámara de In dustrins, señor Carlos MI Zec.
ca Sequeira, coincidiendo con preocupación igualmente sentida por las demás Cámaras y Asocia ciones Industriales del resto de Centroamérica, integrantes con la nuestra de 1o FECAICA, se dirigió al señor Ministro de In dustria y Comercio indicándole las razones por las cuales nues tra Entidad considera inconve.
niente la aplicación del Impues to de Estabilización Económica sobre la maquinaria y equipo, materias primas, productos se mielaborados, envases y combus tibles, que no se produzcan en Centrounérica y que los indus triales importen de terceros por ses, en tanto exista un solo miembro del Mercado Común que no lo aplique La medida evitaria muchisimos problemas que, con ese mo tivo, han surgido en el sector in dustrial, el cual hace pocos afios cra el más vigoroso dentro de la economia nacional y hoy se encuentra bastante deprimido y, en algunos casos, en franca crisis.
Las solicitudes de cxención que los industriales presenten al Poder u Organismo Ejecutivo, invocando alguna de las causa.
les contenidas en los Artículos 6, 7, 10, 11 y 12 del Protocolo de San José, deberán cumplir, conforme al Reglamento al Pro tocolo sobre Medidas de Emer.
gencia para la Defensa de la Balanza de Pagos (Articulos 10, 11 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19; 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27)
que próximamente será aprobado por los Ministros de Econo.
min. una lan larga serie de re quisitos y comprobantes que, prácticamente harán imposible la obtención de la exoneración.
Este caracter restrictivo se ha ce especialmente evidente a tra vés del artículo 14 del indicado Reglamento por el que las exoneraciones del Impuesto de Esta bilización Económica podrán ser concedida por el Poder u Orga nismo Ejecutivo con una reduc ción porecntual de hasta el 60 del valor del impuesto La Cámara no está solicitan do ningún nuevo incentivo sino simplemente que se dejen lag cosas como estaban hasta que sean Igualadas las Condiciones para todos. La aplicación del im puesto del 30 sobre las materias primas está constituyendo un duro golpe para muchas in.
dustrias cuya posición competitiva con relación a otras empre sas del resto de Centroamérica ha sufrido un grave deterioro.
En edición de lo expresado en las lineas anteriores, existen in dustrias cuyos esfuerzos por ex portar afuera del Area centroa mericana se han visto neutrali zados al encarecerse el costo de bus materias primas y resultar Reiteradamente la Cámara de Industria advirtió al gobierno so bre los cfectos ininediatos que Se deribarian a la puesta en vi gencia del Protocolo de San Jo sé, fundamentándose en expe.
riencias habicias con anteriori.
dad. Electos los cuales están casionando al pols una merma considerable en su volumen de exportaciones y una reducción notable en el ingreso de divisas.
Por tales razones, una vez más, la Cámara de Industrias estima indispensable que el Gobierno de la República se decida a res tionar la suspensión inmedinta de la aplicación de Impuesto correspondiente al Protocolo de San José, a la importación de materias primas industriales y de equipo para aquellas cmpre sas que se encuentren acogidas a los beneficios de la Ley de Pro tección y Desarrollo Industrial, o del Convenio Centroamealcano de Incentivos Fiscales, mientras Ja situnción totalmente onomala que existe en la actualidad, no se defina en forma satisfactoria.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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