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24 LA REPUBLICA Domingo 22 de Noviembre de 1970 Es prohibido despedir mujeres embarazadas EL SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD (SINDEU)
Se solidariza con el movimiento que gesta la ANEP por el justo aumento de los salarios de los empleados públicos.
MANUEL SANDI Secretario General Queda prohibido a los patroDo sdespedir a las trabajadoras por el hecho del embarazo o de la lactancia. Todo despido Jus.
tificado que de ellas se haga de.
be ser avisado previamente a las autoridades administrativas de trabajo. dice el artículo 94 del Código de Trabajo, citado por el Ministerio del Ramo como respuesta a una consulta he.
cho al respecto.
DE ACUERDO con la norma transcrita, agrega el Lic. Ricar do Vargas Jefe del Departamento Legal del Ministerio de Trabajo para disolver unllateralmente el contrato de trabajo en estos casos, el patrono necesita tener por base una justa causa, y dar aviso de ello a la Inspeccit. General de Trabajo La inobservancia de la en.
terior prohibición. agrega, fa cujta a la trabajadora perjudi.
cada para cobrar los importes correspondientes al preaviso, au xilio de cesantla, vacaciones y aguinaldo proporcionales, las in demnizaciones correspondientes al mes pre y post natales y, en general, todos los daños y perjuicios resultantes, que lograse comprobar satisfactoriamente an te los tribunales de justicia.
Obligación del Seguro Social de extender dictámenes médicos CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION CNP Señora Ama de Casa. Señor Consumidor. Mejore la dieta de su hogar Prepare deliciosos platos a base de El departamento legal del nisterio de Trabajo advirtió la obligación que tiene la Caja de Seguro Social de extender cer.
tificados de embarazo a soc.
tud de la propia interesada, sin necesidad de intervención del Ministerio.
Esa manifestación la hizo ante la queja de una señora, a quien se le dijo en la clínica que sólo a petición del Ministerio de Tra bajo se podía extender esa certificación. Debe haber error de parte de la clínica, toda vez que esas certificaciones se le extienden a petición de la interesada, para efectos tajes como presentarla a su patrono o a este Ministerio. dice el Jefe del de.
partamento Lic. Ricardo Var.
gas. En todo caso, sj Juego de es ta afirmación nuestra, la clinica no le entrega el correspo) en.
te certificado como es su obligación, en virtud de lo dispuesto por el párrafo último de, ar.
tículo 995 dej Código de Trabajo le agradeceremos hacernoslo saber a efecto de tomar las me didas necesarias con el propó.
sito de poder brindarle una ayu da efectiva en la consecución del dictamen que a usted le interesa.
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