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LA PRENSA La noche del 28 de abril Don Ricardo Jiménez afirma que él tan sólo portation previene que, si el Congreso se ajustó la Ley tivo; pero Casino Español de tolerancia, debiéramos tener aquí.
Hay quienes dicen que debí haber hecho que se convocara al pueblo a nuevas elecciones. Lo primero que AMALIA DE GONZALEZ SOTO familia pregunto es qué artículo de la Cons invitan a la misa que se efectuará hoy a las 7:30 a.
no puede elegir Presidente, por faltar, por muerte, inhabilidad o renun en la Iglesia del Carmen, con motivo del Segundo Anzcia, los candidates populares entre quienes había de recaer la elección, versario del fallecimiento de don ALBERTO GONZAEse texto es nada nebuloso. Su in. es el 51 de la ley, dice así en lo con hayan de practicarse nuevas eleccio LEZ SOTO terpretación está al alcance de un niño ducente: nes de ciudadanos? si falta dispo de sexto grado. Después de leerlo y de «Se procederá a perfeccionar la sición que así lo ordene, la convosaber que el señor Iglesias vino de ter elección entre los dos que hayan obcatoria sería ilegal. Unicamente po San José, 14 de Enero de 1920.
cero, en el número de votos emitidos, tevido mayor número de votos; y dría tomarse ese camino si la Consticualquier muchacho dirá que el nombre el Presidente del Congreso anunciatución no hubiera señalado medio de de dicho señor no podía ser tomado en rá cuáles son estos candidatos entre impedir la acefalia del Poder Ejecu cuenta por el Congreso. Por supuesto, quienes debe recaer la elección, esa hipótesis no existe, los politicos, que embrollan las nociones Cuando dos o más tuvieren igual porque el artículo 100 de la Constimás elementales y claras, con una fer número de sufragios y algún otro El próximo jueves a las de la mañana se celebrará tución crea un mecanismu supletorio, tilidad de inventiva que envidiaria mayor número que ellos, se anunal establecer que: en la Iglesia del Carmen, una misa por el alivio descandison, replican que tras las palabras ciará quiénes son los candidatos so del alma de don Francisco Soler, que de Dios goce.
hay que descubrir el arcano del sentido que se hallan en esas condiciones. Cuando por muerte, renuncia u de la ley; y, que en este caso, según el para que entre ellos elija el Con otra causa, vacare la Presidencia La familia del joven extinto espera que sus amigos asisoculto sentido de la Constitución, los greso el Presidente de la Repúbica de la República, los Designados, tirán a ese acto solemne de sufragio y recordación.
votos del candidato que renuncia, se ca. Si llegare a presentarse el caso por el orden de su nominación, deshacen y desaparecen como si jamás de que sólo uno de los candidatos entrarán a ejercerla por todo el hubieran existido, y los votos dados reuna las cualidades constitucionales tiempo que falte para concluir el en favor del señor Iglesias se inflan, requeridas, pero que apenas queda periodo presidencials.
hasta revestirlo de la pluralidad que es con mayoría relativa de sufragios, El viático para don Se amplían los efectos necesaria para gozar del privilegio de el Congreso lo declarará eiecte Pre Si el Congreso hubiera procedido a candidato presidencial ante el CongreArturo García Solano sidente de la República.
de un decreto elegir para Presidente de la República so. Se recurre, pues, al argomento de El candidato asi electo forzosamen sea a don Máximo, o sea al doctor la voluntad presunta de los autores de te tiene que ser uno del grupo de Durán, y acto continuo hubiera admi No nos referimos a la extrema El Presidente de la República la Constitución, puesto que la explícita candidatos de que se ha venido ha tido la renuncia respectiva, el ejercicio unción, sino a los gastos de viaje. ha decretado ampliar hasta el 31 falta. Lo malo es que si uno registra blando en el cuerpo del artículo; esto de la Presidencia habría tenido que del joven y digno Gobernador de del corriente mes de enero, como los papeles de los trabajos de la Asam es, los dos primeros que vengan a la corresponder al Primer Designado, en Guanacaste.
blea Constituyente que decretó la Cons cabeza de las votaciones, más aqueobediencia al texto constitucional ciplazo improrrogable, los efectos titución de 1871, o los de las Asambleas llos que tengan igual número de vo tado. De manera, que toda la diferenEl Presidente de la República del decreto Nº. del 28 de octuanteriores, nada encuentra allí que jus tos que alguno de los dos primeros. cia estriba en si la renuncia se aceptó acordó que de eventuales se gire bre último, que exime de multa tifique la tal voluntad presunta, en En ese grupo prelerente no pueden un momento antes o un momento des. a la orden de dicha autoridad la las declaraciones tardías de bienombre de la cual se nos habla. Afir tener bida el tercer candidato, ni pués. Pero esas sutilezas, ese rajar ca suma de (200º, para gºstos de nes que se hagan a la Adminismar que la voluntad de los constituyen los que vengan después de él. No es bellos por la mitad y a lo largo, serán viático a la provincia que va a tración General de la Tributación tes del 71, daba entrada al señor Igle posible que el candidato que, según el buenas en los ritos religiosos, en los sias en el Congreso, es, pues, una afir final del artículo, no reuna las calida conjuros de los exorcistas, más no en tener el honor de ser gobernada Directa, y de recargos las sumas mación arbitraria. Los que tal hacen des constitucionales, sea el tercero, o las cosas de la vida práctica. Declarar por poeta tan conspicuo.
no pagadas.
prestan intenciones a los constituyentes cuarto o siguiente, y no es posible, por a uno Presidente y al propio tiempo del 71, y dan suposiciones en vez de estas razones. Primera, porque el sus admitirle la renuncia del cargo; y adrealidades; y, asumiendo infalibilidad en tantivo candidato, del final del artícu nitirle a uno la renuncia que previala interpretación de la Constitución, los gramaticalmente, reproduce sólo mente hace del cargo, son cantidades pretenden imponer su criterio. La ver a los candidatos que se expresan en iguales. De la sesión del Congreso, Convócase a los socios de esta institución a la reunión dad es que la dificultad discutida no el cuerpo del artículo, y que son paen que no hubo declaratoria de Presifue imaginada, y menos decidida, por ra decirlo brevemente. los dos que dente, salió investido don Alfredo Gon general ordinaria que se verificará el domingo diez y ocho del los autores de la Constitución. Lo de hayan obtenido mayor número de vo zález con el poder de Presidente. Eso corriente a las dos de la tarde, en el edificio en que está la voluntad presunta hay que echarlo a to. Segunda, porque, si la mente de fué el resultado práctico de aquella establecido. San José de enero de 1920.
un lado. Seria admisible la conclusión la ley fuera que el candidato tercero o tormentosa sesión. Supongamos que de los civilistas si demostraran que, siguiente pudiera venir a ser segundo er ella se hubiera comenzado por ele.
José Cuesta Morán, dentro del sistema de elección creado opinoro, sería inconcebible que esa gir Presidente, y concluido con la 14 17 Secretario por la Constitución, la única racional de capital, de la transformación arti aceptación de la renuncia del Presi.
es la que ellos presentan; pero eso dis. ficul de lo tercero en segundo o pri dente y el nombramiento de Designata mucho de ser cierto Es perfectamen iner, se manifestara cin embozo en el do. Habría sido distinto el resultado?
te comprensible que, no habiendo ma la ley, en vez de aparecer a Claro que no: don Alfredo González yoría de sufragios populares en xoruz. Tercera, porque si el sustanhabría salido investido igualmente de de un candidato, haya de ser presi texaminado se refiere al últino de los poderes de Primer Mandatario, dente uno de los dos candidatos que le candidatos, al que menos votos por todo el período presidencial. Cau hayan ido a la cabeza de las votacio ulares recogió, la frase queda con sas que producen idéntico resultado, nes. Lo corriente será que los grupos vor a relativa, no se habría em tienen que ser de un valor y de una de Febrero entrante de ciudadanos, que respectivamente va.
por lo disparatada, pues si naturaleza muy semejantes. El gran yan tras aquellos candidatos, represen los las candidatos, menos el último, ardor con que los diputados civilistas Deseosa de proporcionar un rato de solaz a los incanten las más poderosas corrientes de realtiron inhábiles y se eliminaron, se opusieron al modo de proceder de sables trabajadores de esta localidad, la Municipalidad de opinión; y, entonces, poner el poder en relación a cuál podría éste último la mayoria, no fué efecto de que ellos Siquirres ha acordado verificar Fiestas Cívicas durante los Ejecutivo en manos de esos grupos re. ten mayoria relatiua? si el articu pensaran, que era esencial la declaratodías 21, 22 y 23 del mes de febrero entrante. Al ponerlo sultará una cosa bastante llana y natu lo dice lo que yo entiendo que dice, ria o elección de Presidente. La expliTal. En cambio, ponerzo en manos de la cospetencia es que la ley rechaza cación es otra, y muy obvia. La reen conocimiento del público, se invita por este medio a un candidato que, por razón del núme la idea de que, a medida que se van sistencia fué en ellos un movimiento aquellos que quieran honrarnos con su presencia.
ro de votos obtenidos vino a ser el descartando los primeros candidatos, de estrategia. Sabían de sobra que el Siquirres, de enero de 1920.
tercero o cuarto o quinto, seria entre suben los de abajo a ocupar los luga: procedimiento adoptado por sus conLA COMISION gar el gobierno a las pequeñas mino res vacios que dejaron aquellos. El trarios obedecia a la mutua desconfianM. 11 al 25.
rías, seria ir contra el sistema deino sistema de la ley es otro Ellacierra za con que se miraban los fernandistas crático, que propende siempre al go la puerta del Congreso al candidato y los duranistas. Estos pensaban que bierno de las mayorías. La teoría civisi don Máximo obtenía la declaratoria que viene, como vino el señor Iglesias, lista da número en la loteria presidencial de tercero, después del tercero; y de Presidente, se agarraría a ella y no a esos candidatos de grupillos sin sig. obligi al Congreso a no salirse de los la soltaria, a pesar de su promesa su nificación, de partidos extravagantes candidatos a quienes la opinión favo de renuncia; y los fernandistas, a su vez, compuestos de unos cuantos adheren reció con el primero y segundo lugar. abrigaban parecidos temores, con res Convócase de nuevo por no haber habido quorum a todos tes, que muy a menudo aparecen en las Det modos, para adınitir la tesis pecto al doctor don Carlos Durán; tal los miembros de esta Institución para la Asamblea General luchas electorales. Algún periódico ha civilis hay que darle inuchas vueltas era, por desgracia, la ie que enton. Ordinaria que tendrá lugar el domingo de febrero próximo dicho que, en las últimas elecciones, un a lo loext legales, reto:cerlos y pa ces inspiraban los solemnes compromi.
a la p. en el Salón del Edificio Metálico, con objeto de elector excéntrico votó por el señor sur por un verdadera alquitara, sos de los políticos. Para tranquilizarse guilar Barquero y otro, por don Alberon dar cuenta de la marcha de la Sociedad y de elegir la DirecSen. lo ello hay que adın tir, den mutuamente, fernandistas y duranisEchandi. Supongamos que el señor tas, se ideó la combinación de acepta.
to lietotencia que debenos guartiva debe funcionar en el presente año.
que Acosta no hubiera salido electo, y dar spec os pareceres que difie ción de renuncias y dispensa de declaSan José, 12 de enero de 1920.
que ni el ni el señor Soto accptaran ren de los nuestros que si el Congreso ratona de Presidente, que, en realidad, su posible elección, por parte del Con de 1914 no le reconoció título ai señor era innecesaria habiendo previa pre.
JENARO CASTRO MENDEZ. SECRETARIO greso. Se presentaria, entonces, la Iglesias para aspirar a la Pres deucia, sentación de renuncias y compromiso Enero 13. IO misma dificultad de 1913. Con la teohizi un al interpretar la Constitución, de ser aceptadas. Los civilistas contaria civilista, la presidencia e rrespondel in no Jerecho de juzgar reclama ban con la falsía humana, o mejor dideria al señor Aguilar o al señor do por quienes sostenían la tesis con cho, tica; y, al empujar a sus adversachandi. Podría alguien sostener que truria. Acertó a nii juicio: pero, de rios a la votación presidencial, jugaban en ley y razón, el voto aisladd todas medos, no pula cometer design su última carta. La objeción constituelector que votó por uno de 50 el Congreso, porque sólo se comete cional era un simple pretexto; un es pores tiene la virtud de dar Presidente cuando se infringe una ley clara, ter pantajo de milpa. No veo, por consi.
al país? Teoría que se presta a esos minante, indudable. Yendo uno arri. guiente, en virtud de qué principio riesgos no puede salir de nuestro sis constitucional hubiera podido yo pedir mado al texto estricto de la Constitema constitucional sin violencia, cotución, la risponsabilidad va salva. al Congreso que convocara a nuevas mo sale el fruto de la flor.
Sabi lo es que los dos grandes partidos elecciones.
Hay en la ley electoral un articulo de los Estados Unidos de América se Mas supongamos que hubiera creido que si bien no está hecho para el caso indan la distinta manera de inter yo que era llegado el caso de vetar. La Municipalidad de Alajuela necesita una persona idode renuncias de los candidatos, que pretar Constitución. Los demócratas Examinemos ahora las dificultades de nea para que se haga cargo de la Administración de su Planta ocurrió en 1914, si tiene parentezco a la interpretación estricta ese intento. Es evidente que mi veto estrecho con el caso en que, debido Eléctrica. Se paga buen sueldo y pueden ofrecerse algunas olas constitucionales; mien no podría ser resuelto antes del de el Congreso perfeccionar la elección los republicanos usan una in mavo; y más evidente aún que el otras vene jas. Para pormenores, entenderse con el Gobernaque dejó incompleta el pueblo, se is extensiva y muy amplia. de mayo el poder presidencial habría dor de esta provincia, pero se advierte que será inútil presenplica la dificultad por ser inhimille istocritas echan en cara a sus salido de mis manos y pasado a las galmente, para la función presidencial del señor González, u otra persona, tarse sin atestados que comprueben competencia del aspirante.
Baris que sus tales implicaciones uno de los candidatos entre los cuales evos textos constitucionales, 50 en su calidad de Primer Designado.
Alajuela, 13 de enero de 1920, ha de optar el Congreso. La renuncia El Artículo 98 de la Constitución es or legítimas interpretaciones, pey la inhabilidad parecen, para el de o llegan al estreno de calificar de wuy terminante: so, accidentes que piden el mismo opello y desmán culpable la doctri.
RICARDO JIMÉNEF Tratamiento. El artículo referido, que na republicana. Ese mismo criterio. Continuard)
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