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PAGINA LA PRENSA SADADO 19 DE FEBRERO DE 1921 BRILLANTE EXPOSICION del Licenciado don Francisco Aguilar Barquero en la ruidosa demanda de Don Guillermo Steinvorth contra el Banco Internacional El licenciado don Ricardo Jiménez declara que los cheques librados por el Ministro de Hacienda de Tinoco, son absolutamente nulos y de ningún valor jurídico Deseosos como estamos de hacer todo lo que esté a Tampoco se trata de ninguna propiedad del demandante, De hecho la pretensión del ejecutante es que estando él, en No hay alteración de derechos creados a favor de los ciudadanos nuestro alcance, con objeto de librar al pueblo de Costa Risu negociación con el Ministro de Hacienda, fuera de la Cons.
titución, tiene no obstante derecho para reclamar el amparo de ca de la obligación que se le quiere imponer de pagar las ni se destruyen derechos concedidos por ley alguna.
Por consiguiente, así tan de prisa, no se puede abordar el punto, cierto artículo de la misma.
enormes sumas de dinero de las cuales están disfrutando hoy como lo ha hecho el señor Juez.
Presupone el señor Steinvorth que la Ley de Agosto viene a en el exterior don Federico Tinoco y algunos de sus com En priocipio, cuando el legislador se encuentra en frente de un septar una nueva regla de derecho: tal afirmación es errónea.
plices, acudimos esta mañana a la Sala Primera de Apela simple interés invocado por particulares puede forzar este interés indi La Ley de agosto no vino a declarar nulo un acto que antes de esa fecha fuera válido. La Constitución había hecho esa declaraciones, en donde pudimos obtener el precioso documento que vidual en beneficio del interés general. Laurent. La teoria que se alimenta en Primera Instancia es buena, única toria antes de que el señor Steinvorth llevara a cabo su negocio a continuación reproducimos.
mente, cuando hay derechos adquiridos por una disposición; pero cun don Franklin Jiménez, quien al hacerlo asumía mat la repre.
El Licenciado Aguilar Barquero cita en el curso de su cuando, al contrario, arranca de una prohibición, como la del Código sentacion de la Secretaría de Hacienda. El señor Steinvorth, a su expediente el criterio jurídico, al respecto, de un notable es Fiscal, no puede invocarse la retroactividad ni traer a cuenta lo de las riesgo, desatendió la disposición del artículo 17 de la Carta.
tadista. Nos llamó sobremanera la atención el hecho de que leyes ex post facto.
El sabía como el señor Tinoco había llegado al poder y como ¿Qué se entiende por derechos adquiridos?
las ideas expuestas por el mercionado jurisconsulto, fuesen estaban viciadas las elecciones por el gobierno de fuerza de aquel las mismas que LA PRENSA ha venido sustentando en sus Merlin cortesta. Aquellos que han eotrado en nuestro dominio, entonces. Si en esas circustancias negoció o si recibió un cheque que forman parte de él.
firmado por quien no era Secretario legítimo, fué corriendo últimos editoriales. Inquirimos entonces quién era el referido Con relación a estos conceptos, dice un ilustre tratadista español, riesgo.
tratadista, y se nos contestó que el Licenciado don Ricardo Mucius Scevola. Se desprenden dos consecuencias: primera, que para La Ley de agosto lo que significa es la declaratoria del Jiménez Oreamuno.
que haya verdaderamente derecho adquirido es menester que el derecho Congreso de no renunciar el Estado a su derecho de exigir la Ultimamerte, con motivo de la Unión Centroamericana, exista, que sea una realidad, y no sólo una esperanza; segunda, que la observancia de la disposición del artículo 17; y la declaratoria definición de Merlin se refiere principalmente a los derechos patrimo este diario ha tenido ideas en absoluto opuestas a las del señor niales, a los derechos sobre los bienes.
de no revaliuar los actos nulos de que la Ley habla.
En realidad, al tjecutante la nulidad que se le aplica es la Jiménez. Pero ello no quiere decir que no sigamos conside Sobre un cheque mal expedido no se podrían adquirir derechos. del artículo 17 de la Constitución, y no una nulidad creada por rándolo como uno de nuestros hombres cumbres, acaso como La propiedad es inviolable, es claro; mas cuando se trata de lo la Ley de agosto.
la eminencia jurídica más alta que tiene Costa Rica. Por ajeno no cabe la cita que se ha hecho del artículo constitucional.
Hay otro aspecto que considerar. Según lo que ya se ha desgracia, hombres de la talla de don Ricardo Jiménez, adoAl ejecutate le dieron por error o por cualquier otro motivo e sostenido prolijamente, un Secretario de Hacienda, conforme las disposiciones del Código Fiscal, no fi ma cheques, sino que autolecen de ciertos caprichos, de cierto modo de ser en ccisio según la ley. Luego, en nada se afecta el artículo a que alude la cheque que cubra al Banco, siendo otra institución la que debía pagarlo, riza giros fiscales. Cuando se cfreció al señor Steinvorthun nes fatal para la orientación de la vida pública. Tal afirma sentencia: el ejecutante tiene campo amplio para ir contra quien le cheque del Secretario de Hacienda, él debió rechazarlo porque mos, pues no otra cosa nos sugiere el antiunionismo de don hizo un pago mal hecho.
se trataba de vu inodo ilegal de disponer de los fondos del Ricardo. ya que de citas se trata, consigno la de Arturo Gordon, auto Tesoro. Si lo tomó, debió saber que estaba tomando un título ilegal, nulo. La razón o certificación puesta en el cheque por el Hace algunos días un colega de esta capital tuvo a bien ridad indiscutible. El librador puede protegerse. Los bancos, para facilitar los de Director del Baaco no podia curar la nulidad del título. El ejeendilgarnos una serie interminable de improperios, aconsegocios, están cohibidos de estudios minuciosos. Pueden pagar un cutante pretende que, una vez que el Director del Banco puso jándon el estudio de estos asuntos antes de tratarlos, y cheque que parece bueno. Quién, en tal caso, debe sufrir? El sentido la dicha razón, se borró la mancha que pudiera tener el cheque lamentándose de que no «nos metiéramos en camisa de once común y la justicia ordinaria contestan que el librador. Revista de y que no le quedó otro vinculo de derecho que la obligación del varas. Don Ricardo va aún más lejos que nosotros: dice que Ciencias Políticas, tomo 5, folio 423)
Banco de pagar el cheque. Ese modo de ver podría pasar como Una máxima de derecho enseña, que cuando dos personas ino buceo si el ejecutante hubiera venido a adquirir por endoso, en si el pago lo hubiera hecho el Banco, podría el Estado ir centes tienen que sufrir actos de un tercero, aquel por cuya culpa virtud de un contrato de letra de cambio; pero ese no fué el caso.
contra el señor Steinvorth por la acción de pago indebido. ocurrió debe soportar el perjuicio.
El adquirió directamente del librador, pues el cheque dice: El Banco no ha llevado ninguna causa a la Cámara, ni ésta se ha «Páguese a la orden de Guillermo Steinvorth la suma de dos.
JUICIO EJECUTIVO constituído en Tribunal.
cientos veintisiete mil quinientos colones. El Ministro de Hacienda Franklin Jiménez. Es bien sabido que las relaciones Guillerno Stein vorth La argumentación del ejecutante ha influido de modo decisivo en entre el librador y el tomador original no se rigen por las leyes el ánimo del Juez para fallar en la forma que lo ha hecho; y tal argu del contrato de letra de cambio sino por el derecho comercial o contra Banco Internacional de Costa Rica mentación, a juzgar de un notable jurisconsulto, no es el derecho que civil, según los casos. La ley de la letra de Cambio es ley de debe aplicarse en este juicio.
terceros, como lo es la del Registro de la Propiedad. El señor Sala Primera de Apelaciones.
Son estos sus raciocicios jurídicos. Steinvorth no es aquí tercero. De ahí se sigue que él no puede desatenderse de los vicios que pudiera haber en la contratación Se ha dicho con acierto, que toda decisión judicial es un raciocinio Así como el artículo 453 del Código de Procedimientos que dió lugar al recibo del Cheque. Al presentar, pues, el cheque en cuya mayor esiá la ley, en la menor el hecho y en la consecuencia Civiles dice cuáles son los titulos ejecutivos y por implicación al Banco, implícitamente garantizaba que el cheque era buen dola sentencia; que hay necesidad de conocer bien las premisas y de proce cuáles no lo son, y el artículo 469 establece cuáles son las ex cumento de cobro contra el Gobierno y que si el Banco lo presen.
der con rigor lógico en la conclusión, porque el más leve descuido cepciones que puede oponer el demandado; y así como el artículo taba a su cobro ante el Estado, éste lo habría de reconocer como induce a una injusticia.
151 de la ley de cambio dá fuerza ejecutiva a la letra protes título de crédito legítimo contra el Tesoro. Ahora, el hecho es, La sentencia del Señor Juez Segundo Civil le niega al Congreso la tada y el 152 consigna las excepciones que caben contra la que el Estado tiene perfecto derecho a rechazar el cheque del más esencial, la primera de sus atribuciones, la de emitir leyes, y para letra protestada, así también otra ley puede restringir el número Ministro de Habienda por ser un modo de pago ilegal. El Banello se funda en una inconstitucionalidad imaginaria, olvidando que sólo de títulos ejecutivos y señalar concretamente casos de excep co, no siendo pagado el valor del cheque por el Estado tendría el que tiene potestad para crear puede hacer alteraciones o restarle toda ciones de que puede hacer uso el demandado. Eso hizo la Ley dere ho de repetir contra el señor Steinvorth, caso de que el chesu fuerza a la ley.
de agosto de 1920. Tratándose como se trata aqui de procedi que hubiera sido cubierto por el Banco; y si cabe la acción recur.
Nuestra Carta establece. art. 73, atribución 13) sin restricciones, mientos ejecutivos, la regla, en teoría es que. Las leyes que soria debe caber la degativa del Banco a efectuar el pago que que el Congreso debe dictar las leyes, reformarlas, interpretarlas y dero.
determinan la competencia y el procedimiento se aplican a se le pide. Del mismo modo, si el pago lo hubiera hecho el garlas. De dónde saca el señor Juez que la ley es nula y de ningún todos los procesos, a partir de su promulgación, aun a aquellos Banco, podría el Estado, en vez de discutir con éste, ir contra el valor, por falta de facultades? Ese criterio, al seguirse, podría trastornar que versan sobr. hechos o sobre actos de fecha anterior. Se señor Steinvorih por la acción de pago indebido. Mientras el eje.
el régimen interno del Estado, dando como consecuencia la no in lepen aplican aun a pleitos en curso. Planiol, Droit Civil. Tomo I, cutanie no demuestre su derecho contra el Estado por ser legal dencia de los poderes, la confusión de facultades. 258. Por consiguiente, es perfectamente aplicable a los la negociación de su cheque, no puede ir ni contra el Estado ni La Carta en su canon 17 sostiene otra tesis completamente diferen presentes autos la dicha ley de agosto del año pasado.
contra el Banco.
te. Las disposiciones del Poder Legislativo o Ejecutivo que lueren Suponiendo que lo dicho antes no fuera un caso de leyes El vicio del cheque, por ser cheque y no giro fiscal, excontrarias a la Constitución, son nulas y de ningún valor; pero eso dista que no infringen el procedimiento de la retroactividad, veamos tendido de acuerdo con las prescripciones del Código Fiscal, es mucho a sostener que le faltan al Congreso facultades para emitir leyes, si la Ley de agosto tiene el carácter de retroactiva.
un vicio que da, de conformidad con la letra del artículo 152 como la que impugna la sentencia.
de la Ley de Cambio y con su espíritu. lugar a la excepción Los Jueces en armonía con la Carta y la Ley Orgánica de Tribuna opuesta como perentoria. Esa excepción se fundamenta en la les, no podrán aplicar leyes, decretos o acuerdos gubernativos que sean disposicion del artículo 55, que viene a ser, aplicáadola al caso, contrarios a la Constitución. EL COYOLAR. que aun el tomador de buena fe se perjudica cuando de la letra aparece circunstancia que manifieste que el trasmitente carece manifiesto el error grave en que haya incurrido la Cámara, señalando la inconstitucionalidad, de modo que ne quepa reparo de ninguna clase.
SAN JOSÉ. Teléfono 533 de derecho para disponer de la letra. En el presente caso esa falta de derecho era aparente, puesto que, ua Secretario de Ha.
Los artículos que cita el señor Juez, 26, 38 y 50 de la Constitución, Surtido completo de toda clase de maderas Precios los más bajos cienda no dispone de los fondos nacionales, ea Costa Rica, por mostrando infracciones, no autorizan, por carencia de justificativo, el de plaza Se atienden órdenes a domicilio y Provincias.
medio de simples cheques. juicio que pronuncia.
Tiene facultad el Congreso para emitir leyes; y como es delegado Situado en la Calle Contral, frente al Hotel Washington.
No es título ejecutivo un cheque que adolece de todas las condi.
por el pueblo no se discute su perfecto derecho para disponer lo que 10000e0e000 0000000000000000000 ciones apuntadas.
crea conveniente acerca de la Hacienda Pública; y es precisamente de De otro lado, el fin del juicio ejecutivo es obtener el pago me lo que se ha ocupado, evitando con el decreto, las malversaciones, las filtraciones ilegales de lo que pertenece a todos. Arts. 65 y 73, fracción LA REINA DEL BAILE diante el remate de los bienes que se hayan embargadu; y en un juicio en donde se ha declarado sin lugar el embargo, por prohibición de la 13 de la Constitución. La Profesora de Bailes ley, qué base queda para sostenerse. Artículo 494, Código de Proce.
Si el Congreso no tuviera facultades para legislar en estos asuntos dimientos. de Hacienda, seria inútil el examen de los informes anuales que se prescriben. Atribución 11 del art. 73 ibidem. MARY CLEGHORN Por todo lo expuesto, me he alzado de la sentencia; pido a la Sa.
la, respetuosamente y en nombre de la ley, que la revoque en su oporSi el Congreso estuviese en las condiciones en que lo contempla tunidad.
la sentencia, tampoco podría prover a nada de lo que se ordena en el artículo 132 ibidem.
Garantizando enseñar tres clases de Bailes en ocho lecciones, aún San José, 18 de febrero de 1921.
La disposición que el señor Juez deja de aplicar, po vino a declarar a las personas que nunca hubiesen bailado. Ofrece sus servicios, comnulidades de lo que antes fuera válido, sino a ordenar que se cumpliese prometiéndose a dar clases a domicilio y recibe órdenes en el Hotel Ita.
estrictameate lo que las leyes apuntan en relación con los fondos públicos No media retroactividad en el punto en discusión, porque ninguna lano en los altos de la casa esquina opuesta a Herrero y Co. o por (f. Juan Rafael Chacón teléfono llamando al número 754.
ley arterior ha dispuesto que se pueda girar en la forma que lo hizo el. Francisco Aguilar Barquero señor Secretario de Hacienda.
pannennocens00000000000000000000000000000000 Para aplicar el mandato del Legislador, precisa, pues, poner de STRUCK ALVARADO Deposito de Maderas ABOGADO IMITADA POR TODOS Cerveza Traube IGUALADA POR NINGUNO Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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