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PAGINA LA PRENSA Sábado 20 de Octubre de 1923 HOMENAJE DE LA PRENSA a los Representantes del Pueblo que propusieron LA LEY DE SANCION del Diputado proponente EXPOSICION talidades de la fuerza no pueden ser jamás argumento Que la asunción de los Poderes Públicos de que admisibles en las contiendas de la Justicia Pero he aquí se ha hecho mérito, tiene el carácter de uga usurpación y que para traaquilidad de los medrosos, en el caso concreto por lo tanto todos los actos realizados bajo esas circunscoacurrea especialísimas circunstancias que a ejan todo tancias por las personas que hicieroo Gobleroo carecen de temor de complicaciones gravosas a nuestros intereses. valor jurídico; SEÑORES DIPUTADOS: Nuestro caso es por dicha enteramente diáfano ante Que aunque se declare la nulidad radical de todas Producto de la revolución libertadora que redimió a el mundo espectador, y las propias Potencias que en las leyes, decretos, acuerdos, órdenes, resoluciones, conce este país del cruel despotismo que lo degradaba y que lo pudieran intervenir en apoyo de latereses de sus súbditos siones, contratos, reconocimientos de deudas, pagos y de empobrecía, la representación nacional que ocupa estas goe esta ley viniera a dañar, están obligadas a eximirse de más disposiciones, senteacias y actos basados en la llama Curules vlene reatada a una promesa de honor que fué hacerlo por la fuerza de sus propias declaraciones ante da Constitución de de junio de 1917 y comprendidos escrlta en la Proclama del Sapoá. La sanción moral y le batirse heroicamente en los campos de Europa decían próximo pasado, sin embargo, la buena fe u otros motivos eatre el 27 de enero de aquel año y el de setiembre gal para todas las delincuencias perpetradas a la sombra hacerlo, y probabao que lo hacían, en defensa del Derecho de conveniencia pública, pueden aconsejar ea ciertos ca.
del régimen usurpador, ofrecida a la Patria como justifi de las pequeñas nacionalidades.
cativo del sacrificio que la revolución armada le imponía sos ratificar algunos de aquellos actos o disposiciones; y tiene que ser norma lavarlable de nuestros actos legisla clararon enfáticamente a los nacionales de ese inmensc da Constitución del de junio de 1917, las sumas de di En efecto, los Estados Unidos de Norteamérica de 70 Que declarada la inexistencia jurídica de la llamaintegrar. Por lo tanto, no han de extrañar mis honorables país, que el Gobierao de la Unión Americana no extende pero entregadas a empresas y a particulares acordadas compañeros eu esta Cámara que como base de la fecunda ría protección alguna a los empresarios que realizaran fuera del Presupuesto decretado en la legislatura de 19:6, labor que estamos obligados a realizar aquí, venga a pre negociaciones con el gobierno de la usurpación; y el Im deben considerarse pagos iadebidos y el Estado tiene de seotar a su consideración ua proyecto de ley que a mi jul perio Británico, entendido de esta declaración emanada recho de exigir de los que de ellas se aprovecharon, la de una severa honradez internacional, así como las otras devolución de las sumas recibidas; cio condensa los anhelos del alma nacional Este proyecto cuyas tendencias me atrevo a llamar Versalles, al rechazar al enviado de la tiraoſa que afrentaPoteoclas que tomaron asiento en las Confereaclas de Por tanto, tuodamentales, no contetupla apetitos de venganza olba a Costa Rica, declararon que este país no tenia Gobierno Decreta: satisfacciones de rencor que el triunfo de la libertad ha venldo a mitigar. No, este proyecto se inspira en ideas habían carecido de capacidad para declarar la guerra al causa contra el ex Secretario de la Guerra Federico y que las personas que en carácter de tal en el actuaban, Artículo Se declara haber lugar a formación de Los que con inquieta curiosidad hemos venido ioves Alemania y entrar a figurar en el rol de los aliados en la Tinoco Granados por el delito de rebelión militar ejecuta. tigando en torno de los brotes morbosos que periódicado el 27 de enero de 1917 y se le pone a disposición de la En lo que a los Estados Unldos se refiere, la cues Corte Suprema de Justicla, para que sea juzgado confor mente aparecen en nuestro campo político y en nuestro tibo no admite comentarlo. por lo que hace a Inglaterra, campo social, hemos debldo constatar que la falta de san cabe afirmar con la más honda convicción que la poderosables de aquel delito me a Derecho en unión de las demás personas responsafermedad que aquellos brotes evidenciao con harta claridad como símbolo de respeto y protección al derecho de los actos ejecutivos, administrativos, legislativos, judiciales y Artículo 29. Se declaran nulos y sin valor algund los En el aspecto político, que preferentemente este pro débiles, y que en asuoto de tan alto interés político para constituyeotes ejecutados por el Gobierao istruso, durante yecto examina, la experiencia nos dice que la grave falta ella rechazó el concurso de nuestro país con tal de no real lapso comprendido del 27 de enero de 1917 al de seconsuetudinarlas contra el sufragio y los atentados a la conocer la personería para comprometerlo, de nuestros tiembre de 1919.
Ilbertad individual, propició el advenimiento de la traición Artículo 3: No obstante lo dispuesto por el artículo a la hora eu que intereses jamoralinente adquiridos del anterior, se ratificao y consiguientemente se tienen por fir militar el 27 de enero memorable. Si nos detenemos un aquellos gobernantes sin personería, reclamea para salva mes y valederos desde su origen: Dantes liberticidas disfrutan entre nosotros de todos los guardiar el producto de su rapiña la sombra poderosa de a) Los procedimientos y fallos de los tribunales que respetos del patriciado más ilustre; que los grandes capt un estandarte que jamás fué considerado por nosotros co reposen su valldez en las reforms constitucionales y leyes tales acumulados por métodos indecorosos a la sombra Por el honor de la justicia, señores Representantes, y mental de 1871.
emitidas bajo el régimen de derecho de la Carta Funda del Poder son los que mandan eo los dominios de la eco por la conveniencia nacional, os invito a convertir co Ley nomía nacional; que algún déspota cuya innecesaria cruel de la República el proyecto que respetuosamente vengo a leyes, decretos, acuerdos o resoluciones que favorezcan al b) Las disposiciones que se hayan dado eu forma de dad no fué igualada por la barbaridad de los Tlaocos, de someter a vuestras deliberaciones.
la cual fue digoo precursor, ha obtenido luego no desFisco, pero sólo en cuanto le aprovechen, salvo lo que en preciable cantidad de votos eo uoa lucha cívica en la que contrario de esta restricción se disponga.
San José, de mayo de 1920 el contingente de la fuerza armada no estuvo a su servi c) Los pagos hechos a empleados o servidores del cio, llegaremos a la conclusión de que nuestra loseosata José María Zeledón Estado slempre que hayan sido efectuados con sujeciona magnanimidad alentó siempre los avances del mal social las reglas del Presupuesto emitidas en la legislatura de que tantos y tan irreparables estragos acaba de causproos.
EL PROYECTO 1916. es preciso que si un anhelo de renovacióa orienta nues d) Los pagos hechos por razón de suministros al Es tras decisiones, rompamos esa tradición malsana y funde tado con tal de que éstos hayan redundado efectivamente mos sobre bases de sanción la obra constructiva que el El Congreso etc.
en provecho del mismo y que esos suministros no se hayan país demanda de nosotros.
Coosiderando: hecho a cambio de privilegios, concesiones o prórroga de Yo no anhelo, señores Diputados, que hagamos exunos u otros en perjuicio de los intereses nacionales.
perimentar a los déspotas veocidos y sus cómplices las Que el acto de traición militar ejecutado el 27 de e) Los contratos celebrados entre particulares en el torturas físicas y morales que ellos nos infigieron. Tal enero de 1917 por el entoaces Secretario de la Guerra Fe supuesto de la existencia de leyes dictadas durante el re deseo sería indigno de mi pensamiento y su sola expre derico Tinoco Granados que indujo a los militares a gimen que dió principio con el pronunciamiento del 27 de sión causaría afrenta a quienes han venido a este recinto desconocer el régimen constitucional existente para que enero y que no afecten la entidad del Estado en sus ren a realizar labores de Justicia ungidos por el mandato aquél asumiera los poderes públicos, constituye el delito tas, recursos u otra menera cualquiera, a entraden dero popular. Lo que yo anhelo, lo que yo pido, lo qne yo de rebelió, millt que no puede producir cfectos legales gatorla de leyes emitidas antes de la fecha de la usurpación.
me atrevo a exigir en nombre de la salud pública, es que ni constitulr eo pingúa caso tuente de Derecho; Artículo 40Se concede un año de plazo, a partir de se aplique a los culpables la sanción de nuestras leyes.
29 Que por consecuencia de aquel golpe de Estado, la promulgación del presente decreto, para la revisiór en Perque de no hacerlo así ¿con qué derecho levanta la Constitución Política del de diciembre de 1871 y las los Tribunales de Justicia de aquellos procedimientos y ta.
remos homenajes a los hombres que murierou por la liber leyes emitidas en ese régimen tueron suspendidas quedan los que no se dictaron de acuerdo con la Constitución de tad? Qué habríamos de contestar entonces al reproche dedo los ciudadanos de la República en manos de una admi 1871 y de las leyes em! tidas bajo ese régimen de derecho, las viudas desamparadas, de los huérfanos que perdieron nistración ilegítima y arbitraria y privados de los derechos Estarán también sujetas a revisión aquellas sectenen las demandas del Derecho tan heroicamente sustenta que la mencionada Constitución consigna contra los abucias de las cuales no pudieron laterponerse recursos de De das por sus padres, el más firme sostéo de su existencia? sos del Poder; recho, por persecuciones o violeoclas de las autoridades Además, aúa teodrá nuestro pueblo que sufrir duran Que dueño del Mando Supremo de la República duraote el régimen de que se ha hecho referencia y las te muchos años las consecuencias económicas del desgo mediante la violencia con infracción de la Constitución y cuales teoga por base jurídic, leyes o disposiciones emi bierno que saqueó las arcas públicas y atrajo Ingentes las leyes, y por los medios que ésta desigoa, el expresadidas por el Gobierno usurpador compromisos sobre la nación; y es posible que mientras Tinoco Granados quedó impune del delito de que se ha Artículo 5º. Los pagos hechos fuera del Presupuesto ese pueblo, inocente del mal que sus malos pastores des hecho referencia en virtud de hallarse protegido por la emitido en la legislatura de 1916, por el Gobierno usor cargaron sobre él, soprota todas las miserias y los dolores fuerza pública de que él mismo disponía en aquel entonces pador, se declaran indebidos y el Estado exigirá por me de una situación que irá agraváodose, contemple el triun.
4: Que normalizada la vida coostitucional del país dio del Ministerio Público, a los que de ellos se aprovefo y el bienestar de sus verdugos y de sus expoliadores y de acuerdo con los artículos 14, 20 e inciso 99 del 73 de charon, la dovolución de las sumas recibidas.
No, señores Diputados, eso sería por nuestra parte a Carta Fundamental, y 154 y siguientes del Código de Artículo Derógase toda disposición que se renegar la alta misión reparadora que se ha puesto en Justicia Militar, procede maodar juzgar por el delito de oponga a la ejecución del presente decreto y en especial nuestras manos de ejecutores de la solemne promesa del rebelión militar al mencionado ex Secretario de la Guerra el decreto N: de 29 de octubre de 1919 Sapoá. Eso sería obligar a las masas. perdido ya el con Federico Tinoco Granados y a sus cómplices y encu trol de su fe en la Justicia y de su esperaoga en la repa bridores; Dado etc.
ración legal a armar sus justas cóleras y a deshonrar con teda suerte de excesos la obra de su relvindicación.
José María ZELEDÓN, RAFAEL CAMACHO Presbo, MA Desconozco entre nosotros los espiritus meticulosos Partido Reformista NUEL BENAVIDES Manuel ZAVALETA, Presbo. que pudierau ergulr ante esta tendencia moralizadora una oposición basada en temores de un posible conflicto inter LEONIDAS ROJAS Juan Monge, ERNESTO Gonzá naclonal, al anularse ciertos negociados Infames llevados LEZ, MATAMOROS NARCISO BARBERENA, ELÍAS a cabo entre el desgobierno de los treiota meses y alunas La Secretaría y Tesorería General del Par Leiva, ARTURO VOLIO Nicolás ORLICH URBINA, empresas extranjeras que en esos negociados procedieron HERMENEGILDO ZAMORA, Luis BedOvA IV. BOLÍVAR con absoluto desprecio de la honradez más elemental. En tido están intaladas 100 varas al Norte de la Imtesis general puestro decoro de Representantes de Costa prenta Nacional, en los bajos de la casa de alto MONTERO, RUPERTO SAENZ, MAYORGA CLÍMA Rica nos manda afirmar que la conciencia de nuestro De co PÉREZ, JUVENAL Fonseca Carlos Mene: recho está por encima de todos los peligros y que las bru lopuesta a la Pulpería La Aturiana.
SES Pbro.
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