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REPUBLICA DE COSTA RICA AMERICA CENTRAL El Pacífico CONDICIONES, Este periodico saldrá los dias miércoles, viernes y domingos.
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Año II PUNTARENAS, MIÉRCOLES DE AGOSTO DE 1898. 109 EL PACIFICO sabemos cómo se piense más tar de la Repnblica que estuvieren en de pueda ser bastante una sola Cor actual servicio, dejando abolido el te para cada Provincia.
fuero atractivo.
COLABORADORES Se establece el Jurado de califi Después se ocupa de la responsacación en todo lugar en donde hu bilidad de los funcionarios públicos, SECCIÓN EDITORIAL biese Jueces de 19 Instancia. y para exigirsela establece el juraLicdo. Salvador Jirón Se comprende desde luego que mento que deben prestar al poseel Jurado conocerá sólo de los jui siouarse de su destino.
cios escritos, mas no sabemos si el Es la forma del juramento, la CONSTITUCION se establece para lo civil y criminal simple protesta bajo su palabra de o sólo para lo último, como gene bonor, de ser fiel la República, DE LA REPÚBLICA DE CENTRO ralmente se tiene hoy.
cumplir y hacer cumplir la ConstiAMÉRICA.
Se dispone para los Jueces y Ma tución ateniéndose su texto, cualgistrados que no pueden ser trasla quiera que fuesen las leyes, decreHabrá también Cortes de Apela. Idados otros destinos sin su con tos, órdenes resoluciones que la ciones en cada Provincia, que como seutimiento y que tampoco pueden contraríen; prometiendo además el sabemos ya, Provincias son las qne suprimirse ni disminuirse los suel exacto cumplimiento de los deberes hoy con Estados, y antes eran Redos de disfruten.
que que el empleo le impusiere.
públicas.
Las mismas calidades que para Esta es una garantia que afianza Esa es la forma de juramento di ser Magistrado de la Suprema Cor la estabilidad de los que bayan a viene más en conformidad con la li te, se exigen para ser de las de pe ceptado un puesto judicial, despren bertad religiosa que se garantiza y diéndose de otros medios de subsis no es de dudarse que se acepte y laciones, pero éstos sólo duran cuatro años aunque pueden ser reetir en su mano estaría ejercer. sirva como norma para casos iguales.
lectos.
Sigue el proyecto como el Título De esa manera, se armonisa No parece esta disposición toma XXIl que habla del Tesoro Nacio es consecuente con los principios da cuerdamente estimando la ex nal, en cuyas disposiciones no hay que se sostienen.
tepsión que los Estados de hoy y nada notable, sólo sí la prohibición Pocas son las constituciones que Provincias de mañana, tienen, para al Poder Ejecucivo de celebrar con a pesar de contener mayor libertad sujetarlas una sola Corte de Ape, tratos que comprometan los fondus como la de que ahora se trata, sean laciones.
públicos sin previa publicación de tan explícitas en ese sentido, pero Si algo se debe facilitar es la Ad propuesta o licitación pública, ex sí las hay; y era esta una de las e.
ministración de Justicia, y de la ceptuando los casos de estado de formas que allá por el año de 1890 manera que se establece para la fu guerra. 1891 sostuvimos en la exposición. tura República unitaria de Centro Sobre el Ejército y la Arınada es de un progecto que elaboramos deAmérica, será lo más difícil y cos. el Título que sigue, y establece la bido la iniciativa de otro que se edad de 18 a 50 años para prestar publicó en San José.
No porque se unen los pueblos servicio. si entonces lo creíamos la en su gobierno, se disminuye el nú Contiene en sus demás disposi altura de los adelantos alcansados, mero de sus habitantes y de sus De ciones lo mismo que es regla común hora cwo siete anos más, no podepartamentos. Son los mismos; y si en todos los países, y claramente mos menos de considerarlo necesaboy en cada Estado existen varias resuelve que el fuero de guerra solo rio, y como el único aceptable en cuCortes, y ellas son necesarias, no alcansı los individuos del ejércitolyo sentido aplaudimos la reforma.
toso.
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