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REPUBLICA DE COSTA RICA AJIERICA CENTRAL El Pacífico CONDICIONES.
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SUSCRICIONES: Por un mes. 00 Número suelto. 10 Comunicados grem mitidos palabra. 02 Avisos precio comenczonal Todo pago se kari adelantado, la suscrición se robrará al fin de cada 7205 PERIODICO DE INFORJLACION EDITOR RESPONSABLE CARLOS CLAVERA Año II PUNTARENAS, MIÉRCOLES DE NOVIEMBRE DE 1898, NO 147 eso.
EL PACIFICO se conoce y debe aplicársele las ie se na hecho uso aquí, sin intención yes que le comprenden, debe enten de violarlo.
derse que al decir de la exportación hemos dicho sin la intención COLABORADORES que para que se le favorezca como de violarlo, porque no puede supoSECCIÓN EDITORIAL las leyes especiales lo disponen, es nerse otra cosa entre dos naciones Licdo. Salvador Jirón el interesado quien debe alegarlo; amigas.
nunca hemos querido decir que el Bien se entiende que esto es casi Gobierno donde ran esas merca un sarcasmo decirlo de parte del «LA REPUBLICA»
derías, no pueda hacerlo también. Gobierno de Nicaragua, o mejor diNos ha honrado este periódico de pues al hablar de Gobierno bieo cho, de parte del General Zelaya, la capital dando atención nuestro claro lo dijimos que es al que dá la que no ha perdido ni perderá ocaartículo del 23 de Octubre próximo ley, que no está en su obligación sión de manifestar su inquina por pasado, en que manifestamos no hacer distinción.
este país.
estar de acuerdo con su opinión res Si el redactor de La República Así es que si hemoş querido popecto al Tratado con Nicaragua, ha querido ver eso confuso para nerlo en parangón con este GobierParece creer el estimable colega darle otra interpret:ción, eso es co no, no es más que por diplomacia y que nosotros hemos pretendido dar sa que solo ha estado en su volun porque en abstracto así debe hacerse lecciones, y muy lejos estamos de tad y no en la nuestra, que bien al tratar de un asunto como este.
claro hemos hablado.
La República, pues, no ha estaPara abordar la coestión, natural No hemos negado en absoluto do en lo justo al atacar nuestra opiera que sentáramos las premisas que que el Gobierno de Nicaragua haya nión, ni lo ha hecho como se debía, debían dar la razón de nuestra con violado el Tratado con su decreto porque hace aparecer dadosos, conclusión, y por eso digimos de lo que de 1! Julio último, y basta para ceptos claros, que no se prestan son las leyes en general y de lo convencerse de ello, ver la compara. la iuterpretación y giro que ha que.
que es la importación y la exporta ción que hicimos de las disposicio rido darles.
ción, para los efectos de conocer el nes que se han dado por ambos Go Las infracciones del Tratado que origen de la mercadería; pero de biernos, y como concluimos dicien de parte de Nicaragua se han coninguna manera por instruir quien do: Si de una y otra parte, pues, metido de manera más alarmante y bien sabemos que no lo necesita. se han dado leyes que al parecer seria el año pasado, eran suficientes Sentimos que vo se haya tomado violan el Tratado, si se ve que esta para algo más que la declaratoria el sentido de nuestro trabajo, tal no ha sido la intención, creemos de su caducidad; y sin embarg. ya que debe respetarse mientras el tér vimos la prudencia y tino con que Es tan corto y tan conciso, que mino de la denuncia no se venza este Gobierno obró, conducta que imposible se nos hace creer que des No es, pues, que nosotros penseen nada ha menguado sus derechos pués de leerlo, se olviden sus cun mos que el decreto que impone de y sí dádole más importancia.
ceptos y se haga omisión ahsoluta rechos de exportación no viola el que conduciría, pues, que hoy, de ciertos párrafos, y se dé distinta Tratado, si ese derecho se exije lo por hechos de menos trascendencia interpretación otros.
que se exporte para este país, sino se aconseje un paso más avanzado.
Ahora, si hicimos la diferencia que no creemos en razón que eso No vemos qué, y menos estanentre la importación y la exporta sea bastante para declararlo cadu do ya denuuciado el Tratado, que ción, por cuanto la primera sin co de hecho en un todo, si de la no depende más que del vencimienque se alegue su procedencia ella misma libertad de poder impuestos! to del término, que es una fórmula cual es Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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