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PERIODICO DE NFORIIACION EDITOR RESPONSABLE CARLOS CLAVERA Año II PUNTARENAS, VIERNES 20 DE ENERO DE 1899. 171 கன EL PACIFICO Impuestos cantonales Milla marítima No parece sulta que almacenes de primer cr frio todos los estahlecimientos que der pagar como si fueran de segun sacan patentes, ordenando se hagan do, y que sacan patentes de segun efectivas las multas por falta de pada tiendas de primera.
go en el tiempo de ley, y nombranA más de eso, los derechos vi do on Procurador, quien se le deQueremos continuar la tarea que gentes son relativamente exiguos ben señalar previamente sus atribunos impusimos en nuestro primer en comparación con los que rigen ciones, para que fiscalice y cobre a artículo Finanzas Municipales y al en otras poblaciones de importan los deudores murosos.
efecto, vamos ocuparnos de los cia paralela la de Puntarenas, y Un gravamen trimestral de cinco impaestos establecidos de los que se prestan fácilmente, excepción de pesos por cada restaurant, y de dos debep crearse.
los de vinaterías, que se haga en tres por cada uno de los otros esEs innegable que la actual tarifa ellos alguna variación, ya. disminu tablecimientos que dejamos marcano obedece plan alguno y que la yendo unos, ya aumentando otros dos sería justo, y con el producto experiencia está demostrando la ur en pequeña escala, variación insig de él habría para pagar el gasto gente necesidad de modificarla y de nificante para los que los paguen y que ocasione la creación de la plaza llevar a cabo su reglamentación de muy productiva para el Municipio. de Procurador.
modo que se cobren todos los dere Uno de esos impuestos, el de tachos, inclusive las multas por falta quillas, está destinado aumentar de pago en tiempo oportuno. los fondos escolares sin embarEn la actualidad hay impuestos go, las taquillas solo están gravaque, como el de aseo de las calles, das con 00 al año.
Cada vez se hace más notable la jamás han sido satisfechos por nin sino que con ello se tratara de fo falta de una ley terminante que iingún propietario de bienes raíces mentar el vicio.
pida se continúen cerrando terrenos ubicados en la ciudad. Los gastos Establecimientos hay que nunca de la milla marítima no destinados de la Policía de Higiene pesan so han tenido patentes, debido a la ne la agricultura.
bre los fondos municipales, y se re gligencia en la vigilancia, mejor Hay disposiciones vigentes que pite con frecuencia el caso de que dicho, la falta absoluta de un em indudablemente fueron dictadas con se aseen propiedades particulares y pleado especial encargado de fisca, la mira de asegurar el uso de esa que de los fondos comunes se cubra lizar.
milla solo los salineros, pescadeel valor del trabajo.
En todas partes de la República res, constructores de embarcaciones De acuerdo con disposiciones ter pagan derechos los restaurants, sas y los que se dedican al cultivo de minantes del Municipio los impues trerías, barberías, carpinterías, etc. productos agrícolas; ésto último con tos deben ser abonados en los pri y sólo aquí en Puntarenas no están el objeto de procurar el abastecimeros quince días de cada trimestre, gravados, pesar de que los restau miento de víveres los habitantes y quien no lo efectúe así debe re rants, por ejemplo, hacen tanto o de Puntarenas.
caerle una multa. Pues bien, suce más negocio que los hoteles y que Acontece hoy, que so pretexto de de a menudo que pasan los ocho éstos abonan religiosamento cada cultivar cacao y otros cereales, cie.
días estipulados y que la multa noj trimestre su taxa respectiva. rran grandes cantidades de terrenos Opinamos, pues, que la Munici que convierten luego en potreros, La tarifa señala derechos especia palidad actual debe proceder inme abusando así de la ley con gravísi les los almacenes y tiendas según diatamente a subsanar tales faltas, mo perjuicio de los objetos que se sean de 10 20 orden, y, como ni haciendo una reglamentación equi ha destinado la milla, y principalunos ni otros están clasificados, re tativa de los impuestos, clasifican lmente de la agricultura.
se paga.
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