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EL PACIFICO 10: curra.
renas. Remate! babla el artículo 20, la tercera niente en decir CORRESPONDENCIA fué correcto el gue EDICTO parte del sueldo de un guarda muproceder. En primer lugar, la ley picipal por cada máquina durante no concede las autoridades más SEÑOR REDACTOR DE el trimestre. El sueldo anual de término que el de seis días para de De acuerdo con la orden de la EL PACÍFICO, cretar la detención de los reos, y Gobernación de la Comarca, 198, estos guardas será señalado por la JULIÁN GUERRERO.
de esta fecha y art 10 del Decreto Municipalidad, lo mismo que el de una autoridad como el Agente Prinn! 8, de 13 del corriente, dictado Presente.
los empleados de este ramo.
cipul no tiene autorización para de: por el Supremo Poder Ejecutivo, a Art. XII. La Municipalidad Muy señor mío y amigo: cretar auto de prisión, ni tiene solicitud de la Junta de Educación suministrará sus empleados una Ruego U. dar cabida en su tiempo de levantar una información de este distrito, las 12 del 19 placa de metal que indique el em estimable semidiario a las siguien completa, dada la distancia, En de setiembre entrante, en la puer ta exterior de esta oficina, se remapleo del que la lleva, y las armas y tes líneas: segundo lugar, dado el hecho de utensilios que necesite.
tará en el mejor postor el derecho Firmado «Un patentado y covenir gente armada cometiendo alde gallera en esta ciudad. El reArt. XIII. Los dueños de bumo correspondencia, he visto en gunos desórdenes y vejaciones con matario queda obligado cumplir ceria están obligados presentar La República de fecha 25 del pre los hobitantes de aquellas localida con todas las disposiciones contesue patentes y demás papeles cuan sente mes un comunicado en que des, tuvo perfecto derecho aquella nidas en el citado Decreto, publido sean requeridos para ello por los sin motivo de ninguna especie, y si autoridad de aprehender a los de cado en La Gacela 38, de 13 guardas cualquier autoridad cons por el deseo gratuito de dañar perlincuentes, y enviarlos al superior del presente mes. La base para dicho remate ha sido fijada por la retituida.
sonas que por su edad son dignas de para lo que bubiera lugar. Al referida Junta, en ciez colones, por Art. XIV. Los buques, lan respetos se ofende al señor don Ma ferirnos Los Pueblos, se entiende un año, contado desde la fecha de chas, botes, etc. empleados en la tías Sáenz en su carácter de Admi por ellos a Buenos Aires, Térraba la adjudicación, suma que el rebucería y transporte de concha, nistrador de Licores y Tabacos, ma y Boruca.
matario queda obligado satisfacer llevarán la bandera de Costa Rica, uifestando que el pensaba cerrar la Quid pro quo en la Tesorería respectiva en ese y además una banderita de 50 cen oficina durante los tres días de fiesmismo acto á más tardar dentro Dice un diario de la capital que de tercero día.
tímetros en cuadro, fondo escarlata, tas que se celebran en este puerto fueron nombrados Municipes en AQuien quiera hacer postura o con las letras en blanco y en el mes de setiembre. Bien, el de 10 centímetros de altas por igual señor Sáenz es verdad que pensó don Juan Félix Benilla.
lajuela don Manuel Barahona y OCAMPO.
ancho, bajo pena de multa, y en el ir al interior durante esos días, pe MANUEL MOLINO No colega, eso fué en Puutamástil, salvo caso fortuito fuer ro viendo la distancia que hay enPuntarenas, agto. 20 de 1902.
za mayor tre esta y la capital, desistió de Novelas Art. XV. Las Municipalidades hacerlo no pasando de ser un simHemos recibido tres que se titude Puntarenas y Liberia nombra ple pensamiento, el cual, si mal no lan: Las espinas de un Capitán, rán cada una sus empleados, pero recuerdo, se lo manifesto asi uva nombrarán de común acuerdo al persona de esta localidad, cuando Los apuros de un periodista y Un las doce del día 19 de setiem.
Jefe del Resguardo ésta trató de averiguar con el mistuerto apuntando.
bre entrante principiaré remaArt. XVI. La pesca de concha mo señor Sáenz, si durante esos Gracias al amigo que nos las ha tar las existencias del concurso Max Diermissen, en el local que sin patente será castigada: dias tendría incoveniente en abrir obsequiado.
el despacho aunque fuera por una Continúa ocupó dicbo señor con su estable.
cimiento de comercio. El remaArt. XVII. Al denunciante se hora. El señor Sáenz, me consta, grave de la enfermedad que lo ha te continuará durante los días sile reservará su nombre y se le gra que esta indicación no dió res tenido en cama, don Luis Sando guientes, principiando a la misma tificará con puesta negativa; y esto mi juicio val. Lo sentimos.
hora y hasta agotar todos los bieArt. XVIII. Los buzos de cano dá lugar para herir, como se ha Des inventariados, y se hará por beza están sujetos en la aplicable al hecho, una persona de respeto Sastrería Modelo lotes. Tanto al comercio comg presente Reglamento.
Este taller se encuentra situado a los particulares, les conviene aque no hace más que cumplir con Art. XIX. El Resguardo Mufrente a la Gobernación, en esta sistir, pues la base de dichos bie: su deber.
nicipal hara visita de inspección ciudad. Es lo mejor en su clase.
nes se ha rebajado en un 50.
toda embarcación de bucería que Siento mucho que mi nombre se FERNÁNDEZ GUARDIA.
Helados valla darse la vela, tomando haya traído colación en este aPuntarenas, agosto 25 de 1902.
sunto que llevando el interés par. En la New York habrán magnínota de su patente y número de ticular de alguno algunos comer. ficos helados todos los inartes por máquinas. Si la patente no estuAVISO ciantes y desviándose de su fin, hala noche.
viera en regla, detendrá los tripulantes y embarcación, y dará venido, como dejo dicho, herir sin razón la suceptibilidad de una Antenoche Hasta el 30 de setiembre próxi.
cuenta al Gobernador.
Art. XX. El Resguardo munipersona honorable.
llegó a este puerto, procedente de mo, recibiré propuestas para la Soy de muy atento servidor Golfo Dulce, don Gregorio Lagu venta errendamiento de (dos)
cipal, siempre que encontrare una embarcación que suponga perteney amigo.
na, Secretario de la Jefatura Poli pailebots y varias lanchas con sus Mig. VÉLIZ tica de aquel cantón.
respectivos aparatos de bucear.
cer a la pesquería de concha, la reLas propuestas pueden ser por querirá y exigirá sus patentes, paPuntarenas, 28 de agtº de 1902.
Saludamos el todo o por parte de las embar peles, etc.
caciones.
Si la embarcación reá nuestros apreciables amigos don sultare llevar concha, deberá indi.
Toda propuesta debe hacerse en CRONICA Juan Granados y don Jesús G6pliego cerrado, y debe venir acom.
car su Capitán, el peso de ésta, su mez, quienes procedentes de Bue pañada de una garantia abonada.
procedencia y el Res.
nos Aires, han llegado a esta ciu.
Bien venidas PRÓSPERO PINEL.
dad.
guardo procederá según las circunsPuntarenas, agosto de 1902.
sean las apreciables señoritas MaEl señor Granados que desemtancias.
ría Luisa y Lola Guevara, quienes peña el cargo de Agente de Policía Art. XXI. El presente Reglaprocedentes de la capital llegaron de aquel lugar, viene con permiso.
AVISO mento, el emitido por el Gobernaayer a esta ciudad. Vaya nuestro En cuanto al señor Gómez, la. 0:dor y las leyes sobre la materia, saludo a esas simpáticas porteſias.
impresos y en cuaderno, serán envez que trae objeto de darse un paCon motivo de aproximarse las tregados los empresarios de pesseíto por la capital, trae unos cuanfiestas cívicas, se previene los veCinematógrafo quería en número suficiente cinos de esta ciudad, procedan en tos quintales de magnifico tabaco, y su Ayer jueves dió una función el todo el mes de agosto entrante, a costa.
Los guardas municipales tam detalles.
empresario. Nuestro cronista dará y una cantidad de excelentes ciga pintar sus casas y la reparación rrillos que expende con un 30 de las respectivas aceras.
bién lo llevarán sobre sí.
de ganancia para el comprador. El 31 del citado mes se practica.
Art. XXII. El Tesorero muniRectificamos ri por la policía una inspección cipal garantizará su gestión con minuciosa, y cualquier propietario En la edición de esta hoja perió.
fianza hipotecaria, gusto de esta dica correspondiente al 30 de julio que no baya cumplido la orden in currirá en multa de diez colones, Municipalidad, que no puede bajar de 25, 000. 00, y que se renovará próximo pasado, dimos cuenta de Se alquila se vende la casa de sin perjuicio de hacer el trabajo anualmente, la detención de unos colombianos, balcón situada frente a la Capita necesario por su cuenta de orden nía de este puerto.
de la policía.
Art. XXIII. Este Reglamento quienes por los informes que nos dieron, atribuímos el proceder derse en Puntarenas con el señor Para precio y condiciones entenempezará regir el 19 de NoEl Agente, viembre del año en cursu. OCAMPO.
miedo de el Agente Principal de don Darío Zúñiga, o en San José FERNÁNDEZ GUARDIA.
Puntarenas, julio 29 de 1002.
Policía de Los Pueblos. Hoy, bien Puntarenas, agosto de 1902.
informados, no teuemos inconveJUAN ORFILA.
Tip. El Pacífico. 0destino, y AVISO. 0con Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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