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EL PACIFICO Para la historia AZUCAR DE FAMILIA LA MAS BARATA DE PLAZA. LA MAS PURA QUIMICAMENTE LA DECLARATORIA DEL PROTECTORADO YANQUI en la Republica Dominicana Ferreteria Hotel Europa EN TODAS LAS REFRESQUERIAS en Todas las Cantinas do Buen Gusto PREPAADA EL INGENIO EL TEMPISQUE, LA VENDE SU AGENTE MANUEL BURGOS Considerando: Ung convención fué con Esta ocupación militar, no es empronoluida entre los Estados Unidos de Amé dida con alagún propósito, ni inmediato rioa y la República Dominicana, el dia ni ulterior, de destruir la soberanís do la de Febrero de 1907, del qual el artículo III Ropública Dominicana, wino al contrario, dice: es la intención ayudar a ese país a volver DE HECTOR ESQUIVEI. Hasta que la República Dominicana a una condición de orden Interno, que lo en Puntarenas, y al lado del Muellecito del Estero, so oncuentra todo lo que se deserpon no haya pagado la totalidad de los bonos habilitarla para cumplir las provisiones de referencia a este ramo, y adomás pintaras de varios colores y clases, brocas, pinceles, ete drá ser aumentada aino mediante un acuerdel Empréstito, sa deuda pública no po la Convención eitada, y con las obligacio nes que le corresponde como miembro de do previo entre el Gobierno Dominicano la familia do paciones.
y los Estados Unidos. Igual acuerdo será Las Leyes Dominicanas, pues, quedapreoiso para modificar los derechos de im rán en efecto siena pro que no estén ea con portación de la República por ser condi Aicto en los fines de la ocupación con UNICO DE PRIMERA CLASE EN RUNT RENAS ción indispensable para que nos derechos los reglamentos Begegarion establecidos al puedan ser modifiandos que el Ejecutivo efecto, y una administración legal contiDominicano compruebe y el Presidente de panra en manos de oficiales Dominicanos, Administrado personalmente por su propietario los EE. UU. reconozon que tomando por debidamente autorizados toda bajo la vie EMANUEL MOISO baso las importaciones y exportaciones de gilancia y la supervisión de la Fuerza do los dos años que preceden al on qno so los Estados Unidos que ojorcon el Goquiere hacer la alteración on los referidos bierno Militar.
derechos, y calculados el monto y la clase La administración ordinaria de la jusdo los efectes importados o exportados, ticia, tanto en casos civiles como criminaen cada uno de esos dos años el tipo de los, por medio de las Cortes Dominicanes los derechos de importación que se preton regularmente constituidas, no será late dan establecer, el neto total de esos dora rrumpida, por el Gobierno Militar ahora encontraréis la famosa bien acreditada chos do Aduana en cada uno de los dos establecido; pero los casos en los cuales años, excede la cantidad de dos millones un miembro de las Fuerzas de los Estados KOLA SOTO RAVEN de posos oro amoricano y, Unidos forma parte, o en los cuales haja Considerando: El Gobiernº Dominicaon vuelto desprecio o desafío de la autori no ha violado dicho artículo III en más dad del Gobierno Militar, seráe juzgados que no es posible confundir con otras de una ocasión; y por un Tribunal establecido por el Gobebidas gaseosas Considerando: el Gobierno Dominicano bierno Militar.
do cuando en cuando ha dado como expli Todas las rentas provenidas al GobierPidase siempre la sabrosa y legitima KOLA SOTO RAVEN cación de dicha violación la necesidad de no Dominicaso, incluso derechos imincurrir en gastos extraordinarios inciden puestos hasta el presente provenidos y no tales a la gupresión de revoluciones; y pagados, sean durechos de Aduana bajo Considerando: el Gobierno de los Esta las previsiones de la Convención eoncluiCRESPINA ORIENTAL dos Unidos, con mucha paciencia, y con da el día de Febrero de 1907, por la el deseo Amistoso de ayudar y permitir a cual se estableció la Receptoría Aduanera, la República Dominicana mantener la que permanecerá en efecto, sean de ren LOCION PARA EL CABELLO tranquilidad doméstica y cumplir con las tas inderda, berán pagados al Gobierno estipulaciones de la Convenciós citada, ha Militar, el cual, por cuenta de la RepúLa única que lo fortalece y preserva de las canas; lo aumenta, oprestado al Gobierno Dominicano ciertas blica Dominicana, mantendrá en custodia suaviza y hermosea.
medidas necesarias que el Gobierno Domi tales rentas y hará tod desembolso legal nicaco no ha sido inclinado aceptar o ba que sen noeesario para la administración sido incapacitado aoeptar; y, del Gobierno Dominicano, y para los proConsiderando: en consecuencia, la tran pósitos de la Coupación.
Todas las Boticas de importancia la venden.
quilidad doméstica ha sido perturbada y Invoco a todos los ciudadanos dominiaún no está restablecida, ni asegurado el canos y a los residentes y transeuntes on cumplimiento futuro de la Convención de Santo Domingo, a cooperar con las Fuerparte del Gobierno Dominicano; y, zas de los Estados Unidos on Ocupación, Considerando: el Gobieruo de los Estacon el fin de que sus gestiones sean prondos Unidos está determinado que ya ha tamente realizadas y que el país sea resllegado el tiecupo de tomar medidas para taurado al orden y a la tranquilidad doasegurar el cumplimiento de las previsioméstion y a la prosperidad que solamente Des de la Convención eitada, de parte de puede realizar bajo tales condiciones. La economía es la satisfacción del presente y tranquilidad del futuro la República Dominicada, y mantener la Las Fuerzas de los Estados Unidos en tranquilidad doméstica en dicha Repúbli Ocupació bajo mi mando actuarán según TOME USTED UNA PÓLIZA DE ECONOMÍA, ACCIDENTE ca, lo cual es necesario para tal cumpli la Lay Militar que gobierna su conducta, MUERTE DE LA COMPAÑÍA NACIONAL «EL HOGAR, miento; con debido respeto a los derechos perso Ahora por tanto, Yo, Kaapp, pales y do propiedad, de los ciudadanos Cuotas mensuales de 00, 65. 00 10. 00 para Pólizas de 200. 00, 500. 00 Capitán de la Marina de los Estados Uni.
dominicanos, y residentes y transeuntes 1, 000. 00 respectivamente dos, comandando la Fuerza de Cruceros en Santo Domingo, sosteniendo las Leyes de la Escuadra del Atlántico de los EstaDominicanas, siempre que estas no con Solicite pormenores a los agentes señores: Rafael Paris Puntarenas; Lo dos Unidos de América, y las Fuerzas Ar flicten con los propósitos para los cuales bo y Benavides Esparta; Carlos Miranda, Miramar; y Lorenzo Coin, madas de los Estados Unidos de América se emprende la Oeupación.
mina Unión.
situadas en los varios puntos dentro de la El texto original de esta Proclamación, en el República Dominicana, actuando bajo la idioma ingés, regirá en toda cuestión de interautoridad y por orden del Gobierno do los Estados Unidos do Auérica.
pretación. KNAPP.
DECLARO PROCLAMO a toros los que les interese, que la República DoCaptain Navy, minicana queda por la presento puesta en Commander Oruiser Force, Atlantic Fiest, un estudo de ocupación militar por las TIENDA. ABARROTES. ALMACEN fuerzas bajo mi mando, y queda sometida Olympia, Flagship.
al Gobierno Militar y al ejercioio de la Santo Domingo City, OFRECE VENDER LOS MEJORES PRECIOS: Ley Militar, aplicable a tal ocupación. November 29, 1916.
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