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LA PRENSA LIBRE Diario independiente, de intereses generales, órgano de la Empresa Tipográfica. La Empresa será de un modo solidario Editor responsable del periódico, legal y moralmente. Artieulo 33 de los Estatutos de la Sociedad. AÑO Administrador y Redactor, Juan Fevzáz.
San José, 11 de Julio de 1889.
Oficina imprenta.
Galle de la Universidad, 90.
22. 24.
Julio de 1889.
blo.
cencia y 00 tres veces. 01 convencionales.
CALENDARIO. El derecho de reunión. fecha referida de 1868, última e tará la tentación de reglamentar degenerar toda libertad política, tapa del bonapartismo.
los y restringirlos.
y ponéis la policía por encima de No hay más sino seguir punto La historia, repetimos, de este la Carta fundamental, sometienpor punto las disposiciones de derecho, desde la revolución de do su sello el cumplimiento, el Jueves 11. San Pío papa, y mr. san Evidentemente, el Licdo. don Sabino, san Abundio.
Angel Castro, como otros esesa ley para que se compruebe lo 1789 no es en realidad más que ejercicio de todos los derechos Viernes 12. San Juan Gualberto, critores ameritados del partido que decimos.
la historia de las trabas de todas políticos.
bad Santa Marciana, virgen y mr. san Ahora, en tesis general, y con clases puestas por la ley la faNabor; san Felix mrs.
que rige los destinos del país, no testando la prognnta de si es cultad de reunirse los hombres, tarde. De hoy al 14 lloverá y tronari du como expone su doctrina el articu el mandato (sic) constitucional, ción de la sociedad humana, su Lana Nena las y 26 min. de la piensa privada y particularmente suficiente garantía tal derecho que es casi ponerlas a la forma EPusde el seños Elegaivel sor Presidente de Gosta Rica?
ro, del 15 al 18 hará buen tiempo llove lo titulado Los derechos indivi convendría para el ciudadano, pa fin primero y esencial.
rá poco.
duales garantizados por la Consra el uso de su libertad que el Ni en los verdaderos pueblos titución, y la facultad del Estado para reglamentarlos, de autor envolviera evitándole a la vez blos bárbaro cristianos de la editorial de La República núpensamiento del legislador se des de la antigüedad ni en los pue Con esto epígrafe apareció el LA PRENSA LIBRE desconocido.
dudas originarias muchas veces dad Media se puso obstácblo al mero 855, de junio próximo paviene al estadio del periodismo con la in Pasando por encima de los lar de la arbitrariedad. repetiremos ejercicio de ese derecho, ni el sado, en cual se pretendió detención de servir it los intereses del Pueguísimos párrafos del muy elabo lo indicado este respecto por estaba consagrado en carta mi mostrar que el Licdo. don AscenSaldra luz todos los días con exceprado articulo, vamos concretar nosotros, saber, que se apli texto legal alguno.
sión Esquivel podía ser Presidención de los subsiguientes fiestas religio nos al en que se dice: Por eso que la ley común.
sas de guarda á los feriados según la ley. un gobierno previsor no debe conInvención de los tiempos mo te de esta República, y como do¿Es suficiente garantía, preLes columnas estarán abiertas ln dis tentarse con consignar el derecho guntamos nosotros, el derecho dernos y de los gobiernos previ cumentos justificativos se insercusión de todo asunto de interés y utilidad de reunión; debe aspirar, debe ha natural no consignado hoy en sores parece esa restricción.
taron párrafos de algunas consEn Inglaterra es verdad que tituciones, una petición y varias particulares, con tal que los escritos se cer todo lo posible para remover código alguno que sepamos, de contengan dentro de los límites de la de obstáculos, para evitar abusos, en alimentarse, convendrra para el para las reuniones que tienen por resoluciones.
El autor de ese remitido, al de le pulerited mis perfectas. una palabra, para que ese derecho ciudadano que volviendo los objeto petición suscrita por más Lo de interés general juicio de la se ejercite y concurra.
al tiempos de Licurgo se reglamen de veinte personas al monarca o que se le dió el carácter de ediAdministración, se publicará gratuite. triunfo de los principios liberales taran las comidas y que el go al Parlamento, se exige que tres torial, creyendo que, cual Tribumente; lo demás se insertará conforme a y prosperidad de la Nación. bierno previsor manejara una ba jueces de paz la mayoría del nal Supremo, había dado un fallo la tarifa siguiente: tería de cocina y estableciera la gran jurado las autoricen, según en última instancia y que causa Jamás hemos visto en materia COMUNICADOS.
de habas negras para todo leyes de Carlos II, y de Guiller ejecutoria, lo hizo reimprimir en sopa tan importante como trillada, bicho viviente. mo y María, pero para cualquier folleto en la Tipografia Nacional, En la primera página, cada un pensamiento más hueco y va Pero entrando de lleno en la otro fin, no se necesita autoriza haciéndolo circular por todas par columne. 00 cío de fundamento lógico.
En las demás páginas, cada cuestión de prineipios liberales ción semejante; y en los Estados tes y por medio de policíus, etc.
columna.
Precisamente, un gobierno pre verdaderos, según éstos, es nece Unidos no existe tal restricción, pesar de pretenderse que ya risor, representante y encargado sario dejar sin pacto ni liga los ni la legislatura nacional podría ese punto está pasado en autoriAxUNCIOS.
del pueblo soberano, en vez de individuos en el ejercicio del de hacerla, porque la enmienda pri dad de cosa juzgada (es decir, por Cada 50 palabras fracción, remover obstáculos pretende a recho de reunión.
mera de la constitución lo prob su autor. creo que esa cuestión 00 hora ponerlos al ejercicio del de El concomitante derecho de a be. Las constituciones de los Es aún no ha sido resuelta en pro Excedente por cada palabra. recho de reunión, que por su con sociación pacífica tiene que verse tados han seguido el mismo prin ni en contra, de una manera deRepetición, 50 020cepto mismo y según la naturale por otro aspecto. La asociación cipio; y como la práctica de al finitiva: en mi concepto, todos los Abonos, mes trimestre ete, za humana, vale exactamente lo que dió Cromwel el poder en el (por más de un siglo) ha acredi documentos que sirven de apoyo SUELTOS.
mismo que el derecho a la exis primer período de la revolución tado sus ventajas, la filosofía po lá la argumentación que se hizo tencia de la Sociedad, y si poner de Inglaterra; la que hizo de Ro lítica puede aceptarlo como uno en aquel editorial, dan un resulArreglo especial reglamentos y trabas al ejercicio bespierre un poder tan siniestro de los fundamentos de un siste tado contraproducente.
de esa facultad natural, es prepa en el segundo momento de la Re ma de instituciones libres. Si el autor de ese editorial huPor abora La Prensa Libre tendrá rar el triunfo de los principios volución francesa; la que en Chi González. biera sido consecuente con sus mero, y después cuatro sin alteración de liberales, la paradoja sería capaz le convirtió de libertador en die Dos días después de la prime mismas palabras, pues en un páprecio.
de espantar al más tranquilo y tador O Higgins; la que, más ra sesión del Jeu de paume, has rrafo dice: adviértase que el Suscrición y Expendio. benévolo publicista, á cualquier tarde, contribuyó en la Repúbli ta donde se había ido refugiando texto Constitucional no deja op1 año. pago adelantados escritor público, que son cosas y ca Argentina erigir la tiranía el derecho de reunión, el rey qui ción ni libertad alguna. La ley 00 personas enteramente distintas.
de Rosas; la que, en todos los so expulsarlo de allí también, y es fatal, no admite repulsa. 75 El proyecto presentado por el movimientos revolucionarios, in Mirabeau dijo M. de Dreux Bré al examinar los documentos de 00 Secretario del ramo la conside tenta siempre encaminar la revo zé: Deelaro que si os han encar un modo imparcial, se hubiera Nimero suelto 10 ración del Congreso, es copia ser lución, concluyendo por monopo gado de hacernos salir de aquí, dicho: En rigor, ni don José vil de la ley de de Junio de lizar sus beneficios, no es la li tendréis que pedir órdenes para María Esquivel ni su hijo don 1868, que nació del decreto espe bertad de asociación, la que se emplear la fuerza, pues no aban Ascensión, se pueden considerar Al fin de cada mes se obsequiari los cial dietatorial de 25 de Marzo de funda en el derecho natural de donaremos nuestros puestos sino como costarricenses naturales.
ñanza, revista de Instrucción publica, 1852, hijo legitimo de la ley reac cada hombre realizar con sus por el poder de las bayonetas.
Veamos qué dicen las constituciencins. literatura y artes. que contendra cionaria de 19 de Junio de 1849, afines en propósito y doctrina lo Estas palabras fueron precisa ciones de 69 y 71. Son también 32 píginas, en francés, prolongado, consecuencia del movimiento in que cree necesario para el triun mente citadas por Garnier naturales los habitantes de la prodle mnterial escogido y ameno.
surreccional de 13 de Abril del fo del derecho y para la organi Pagés en la discusión de 12 de vincia de Guanacaste que se leNOTA. Nuestra edición diaria alcanza ya mismo año. Esa última ley, tem zación normal de los poderes pú Marzo de 1868, de la ley que aho beren establecido definitivamente 1, 501 ejemplares y su circulación seporal primeramente, suspendió el blicos. Asi Washington recha ra copia el señor secretario de en ella, desde su incorporación rkesinemada y exneta, condiciones de suma derecho de reanión y produjo la zó la presidencia de los Cincina Estado en el despacho de Gober esta República hasta el tratado importancia supresión general de los clubs; tos, que dieron crigen los nación, para reglamentar el de de 15 de abril de 1858, celebrado fué prorrogada por nuevas leyes dos grandes partidos actuales de recho de reunión pacífica. con Nicaragua. Según el texto en 1850 y 1851, y en fin, el gol la Unión, por tener un objeto El de Febrero de 1848, espíritu de este inciso, para Agentes de La Prensa Libre.
pe de estado de Diciembre hizo distinto del que debían tratar de Malleville sostuvo que la ley no que los habitantes de Guanacasdesaparecer hasta el principio del realizar las asociaciones políticas impedía los ciudadanos reunir te se consideraran naturales de Don Francisco Flores Encarnacion por derecho de reunión, que se llevó dentro de la organización jurí se libremente. Duchatel, mi Costa Rica, era indispensable que también consigo el resto de las dica del Estado.
nistro de lo Interior, sostuvo que se hubiesen establecido definits Eduarto Fournier, libertades públicas. Luis Bona Pero el derecho de reunión y la autoridad encargada de la po vamente en aquella provincia Carlos Abris parte emitió el decreto, padre del asociación, limitado por sí mismo licía tenia el derecho de impedir, desde el año de 25 (fecha en que Jusz Vega patrón y modelo del gobierno con su objeto para fines pacifi cuando el orden público parecía fue incorporado Costa Rica. Sas Rasos.
Pedro do Escada previsor, en la fecha indicada, ab cos. es histórica y científicament compremetido, toda reunión po quel departamento) hasta el año Sagot.
rogando la ley de 28 de Julio de te ilegislable, inalienable, absolu litica. Odilon Barrot dijo en de 58: ses que de una manera SANTO DOSESGO 1848. que consagraba, reglamen to (en su esferal y anterior y su tonces, entre otras brillantes co definitva habieran estado estaBaba Herrera tado su ejercicio, el derecho de perior toda ley: es uno de esos sas, que nuestro contrincante de blecidos durante los 33 años que Colomero Ficoreunión. Este régimen dictato derechos naturales tanto más só biera leer y que nuestros dipats trus arriere del afin 25 15.
Biel Art riel, en que se aplicaban los ar. Edamente establecidos euanto me dos no pueden ignorar, en el ca. En la solicitud que don José Clito Bonills La Usis Jus de Cercedes tículos 291, 292 y 294 del código nos se refiere ellos el legisle so aetual: Sostengo que si sa Maria Esquire elevó al Poder Francisco penal el delito de reuniones, der. pues, como dica un pablicista, berdináis este derecho a la facul Ejecutivo dato 63, páciendo la Carilo murió rere dar lager al dechado desde el momento que los arme tad arbitraris de la policia, de carta de naturalem dies desde. Dugo Pratelli. de los Perales previsores, en la en una constitución, esperimen permitir o no la reunión, hscéis el so de 1851 ingree esta Re 09 91 semestre. trimestre. mes.
de comercio Alvardo.
CATAGO ALLJUELA.
HEREDIA PUXTARESAS.
LES GRECIA NARANJO PALATES Federies Sinoz ATENAS ESPARTA Sus 30 Laat DEHO SAS DEB PALUSO REF