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PRENSA LIBRE.
AÑO. IL NO 892 SarrJosé de Costa Rica, viernes de Setiembre de 1892.
cada caso Cile por la ESPASA SINGLATERRA Montenegro FRANCIA BELGICA SUR AXERICA TO cts.
DE LA PRENSA LIB BE.
Diario indeperdiente, de intereses generales, PRENSA LIBRE DECRETA: hi reheménte astoración mante bligada entre ambos DepartamenCYDADO ES II DE JUNIO DË 1992.
Artículo 19 Declárase disuelto er: la més amplia libertad prácti tos, contando er Calle 20, Norte, aperto do S215.
el actual Congrass Constitucio Hticos de todos los costarriceses qularidades iniciadas en garantia de los derechos por con él termiparia la serie de irreEDITOR DIRECTOR Sin comentarios. nal.
Francisco Saco.
Artículo Convócase Jas sin excepción. Como base tas Cámara que la trapisz esdamental de esas libertades de tallecida por los procedimientos Asambleas Electorales di la Reinantenido incolnnie el más pre de se Cuerpo, aiujaria a medida CORRESPONSALES.
Damos lụz continuación pública, para que a las doce del ciado de los actos públicos: el del que se aproxidizba el término do Garci Fernández. el Decreto Ejecutivo N29, de día 18 de Setiembre próximo se Julio Carballo Leica gosto ppdojiør el cual se reunan en las cindades cabeceras sufragio, observando una conducens sesstes Esa sempenalizeii Hago de Şaini amaad. Teso Constitucional, y convo marca de Puntarenas y procedan lecciones practicadas, sin preoca idad de la Fación, perduró en el EX EE. UU. ca las Asambleas Electorales a elegir el número de Diputados parme del triunfo de ano o de o Gobierno, para el cual era punto SAMUEL DENCAN. nueva elección de Diputados, las leyes vigentes, en laque les corresponden con arreglo resuelto susteier despecho de Deseaba conocer bien las aspi perniciosas influencias y provocaICA VÍCTOR. PROANO.
y el Manifiesto del Sr. Presi ción siguiente: propor raciones de la mayoría de la Naciones agresivas el imperio de dente de la República expli La provincia de San José elegi ción, para gobernår con ella, im las instituciones.
Administración AGENCIA GENERAL PERIODÍSTICA do en su, ánimo para haber cuatro suplentes.
cando las causas que han obra rá diez Diputados propietarios primiendo así todos los actos de los actos del Gobierno este Suscrición. 00 al mes, dictado tål providencia.
La de Alajuela, siete propieta legalidad impulsando al Estado córi; mas ellos no fuerou sufi.
Numero suelto la prosecución pronta y feliz de ciertos contener la corriente Id. atrasado, 25. Carifa de avisos y remitidos niones que sobre el particular rios y dos suplentes.
Tomaremosi nota de las opi: Moira de Cartago, cinco propieta los más bellos ideales de la verda iniciada por el Poder Legislativo, Precio convencional: viertan nuestros colegas de esta Lá de Heredia, cuatro propie bres.
el ejercicio de las instituciones li legales en qué apoyarse clausurl TODO PAGO DEBE SER ANTICIPADO. capital, antes de producirnos tarios y dos suplentes.
bruscamente sus sesiones acor.
en uno otro sentido. La de Gaanacaste, tres propieBajo los favorables auspicios dando un voto de censura al Po TIPOGRAFIA He aquí las piezas en réfè tarios úo ruplente; y, que lá índole pacífica de los pue der Ejecutivo, trámite que, al no rencia, que tomamos de La La comarca de Pantarenas ele blos ofrece y animado de esos de estar establecido por la Consti Gaceta Oficial No 204, de girá dos Diputados propietarios y scos, contemplé sereno el procesotación, es de todo panto ilegal resultado de la última contien y arrogación de facultades conde jåyer: un suplente.
Artículo La elección de DN da electoral que integró el Con mada por la ley, de la putados por la comarca de Limon gresc de la Nación.
Consideró la Cámara contrari NO se hará cuando esté completa la Era de esperarse, y así se decu lá su decoro continuar en sus fon JOSÉ RODRIGUEZ; Electoral, con arreglo al artículo ce de los antecedentes de aquella ciones legislativas, y con tal fun 157 de la Constitución.
lucha, que los Diputados electos via mento procedió a su clausura PRENSA LIBRE. PRESIDENLE CONSTITUCIONAŽ Artículo Corresponde al entonces, şi representaban la rer dejando pendientes diversos asur Congreso Coüstitucional, en sus dadera voluntad de sus comitentos de gran intcrés público, cuy sesiones ordinarias, practicar el tes, no se sustrajesen al examen solución es perentoria, y coli sorten de los Diputados que de deteuido y escrupuloso de sus polcando al país en circunstancia REPÚBLICA DE COSTA RICA, ben cesar en sus funciones el ulti deres, ni con falsas apreciaciones anormales que constituyen un: mo de Abril de 1894, con arreglo de la Constitución, pasasen siu verdadera ainenaza para el order Considerando que el Con al artículo 67 de la misma Cons miramiento sobre prescripciones público. Esos asiitise cuya sus greso Constitucional, después de titución, terminantes de sus propias leyes, pensión entrabá cl curso ordina dictar disposiciones contrarias Dado en la Casa Presidencial, bonificando procedimientos diver: rio de los negocios públicos, li En este establecimiento que cuenta con un intereses sociales del país, en 25 Agosto de mil ochocientos noventas electorales de provincia. la Constitución, a la ley, y los en San José, a treinta y uno de sos y arbitrarios todos de las jun posibilidad de disenciones inte gran surtido excogido de tipos, se hacen riores en mengua del bienesta Las elecciones practicadas en social y la suspensión. indefinid Hoja sueltas, Programas, Roțios. Anun: prematura y violentamente cauy, dos.
en esta capital y en las provincias de las importantes funciones de cios, Folletos, Máchotes diversos JOSÉ RODRIGUEZ.
surar šas sesiones, dejando pende Cartago, Alajuela y Guana Poder Législativo, reclaman de dientesnegócios de grande interés El Seretario de Estado en los caste, sancionadas de un modo ex mi Gobierno atención pronta y re los despachos de Gobernacion, que exert perentoria resolución.
abrapto por el Congreso, des solución firme.
STEREO Seenido 2o: que las razoJ. VARGAS, pecho de reclamaciones presenta. Estaba en mis facultades encaTodos pueden coma sisensamientos nessa casa en Congreso padas. son testimonio irrecusable de rrilar de nuevo las funciones del de palabra por escrito dio de la imprenta, sin previa coast de certa sestonakson de ca El Secretario de Estado en los los actos ilegales de la Cámara. Poder Legislativo, convocándolo y se das fue despachos de Relaciones Exte.
tan en ci ejercicio de este derecho, en los ron bastantes parastitorizar la MANUEL JDIÉNEZ.
Alejado asi el Poder Legislati extraordinariamente, haciendo cả.
casos y del modo que la ley establezca.
clausura, lo serán para mantenervo, desde su instalación, del verloomiso de su determinación y la iudefinidamente, y en ese con los El Secretario de Estado en los dadero camino de la ley, cedidaun ithponiendo, si fuese necesa Art. 37 de la Constitución.
despachos de Hacienda y bien pronto las exigencias esario, la autoridad que las leyes me cepto ella equivale al abandono definitivo de las funciones de clusivas de partido y el espíritu conféren. Era éste el procediP. PALVERDE. de bandería presidió en el mayor miento aconsejado por quienes no ESPECIFICO. quel Alto Cuerpo.
número de sus resoluciones. Mi consultando el verdadero decoro Considerando 39: que la situa. El Secrejado de Estado en los ción anómala en que la declarato!
Gobierno, respetuoso la ley y áſde la Cámara, qnerían se obliga DR. HALL ria del Congreso coloca al país, llos principios, dėjó pasar como se sus miembros desempeñar IGLESEAS por su abstinencia indefinida, perbuenos, actos ilegales de aquel funciones cuyo ejercicio rehusan, Cura Infalible ſudica sus intereses y comprome Pogler, para evitar conflictos y comprometiendo en ello la dignitrastornos, en bien de la paz pů dad nacional, que imprueba en te su tranquilidad.
MANIFIESTO Considerando 40: blica y de ia estabilidad de las sus Representantes la deliberasi bien el que DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA instituciones; y si las inedidas más cióu forzada y establece como baPoder Ejecutivo está autorizado Costarricenses: arbitrariasde la Cámara no halla se fundamental de Gobierno la para convocar extraordinariamente al Congreso, tal procedimiento Desde mi exaltación al ejerci ron eco en el Gabinete, no desper. independencia de los Poderes.
El peso de esas consideraciones no puede adoptarse en el presente cicio del Poder que me fué confe taroa en él la oposición que merePor ese mismo deseo el ha llevado ineludiblemente mi caso, porque ese Alto Cuerpo ha rido por los pueblosde la Repúbli cían: tarta calma Gobierno dictar el decretu 9 declarado ya que es contrario ca me he propuesto gobernar con Gobierno miró con su decoro continuar en el desem la Constitución y lalayse inspirar que actos suyos revestidos de de fecha de arer, en que se depeño de sus funciones, y el em me en las necesidades de mis con completa legalidad fueran impro clara disuelto el Congresu Vaciopleo de la autoridad en estas cir ciudadanos, dejando manifestarse bados por la Cámara, y la vez, e nal y se manda proceder la elecEl Gran Remedio cirse, sería realmente contrario al público.
cunstancias, para obligarlo reu de un modo libre el sentimiento mitiera ésta ciecretos en abierta ción necesaria para reponerlo.
ent posición la ley fundamental y al So quiero ui debo asumir otras PARA LA CURACION decoro de la Nación y afectaría la No han bastade nijlat violencia sentimienio general de la Nación. atribuciones que aquellas que la Por el buen nombre de mija ler ne sciala; encargado de made Espermatorrhoea Dębilidad Nerviosa; Exe dignidad independencia de a desusada con que la apreusa ha tesos sexuales, Perdida del Poder de Pro quel Poder.
censurado todos los actos de esta tria y lioner de mi Administra tener el orden y le garantizar el creacion, Impotencia, Affecciones de los Considerando 3o: que es deber Admivistración, ni tas tentativas ción, estaba interesado en man imperio de la Constitución, es mi Rinones y DECAIMIENTO PREMATURO del Gobierto conservar el orden puestas en juegoicontra el orden tener la coexistencia de los dos autoridad la lluvada proceder. Nueva Vida, Salud y Fuerza: público y proveer a la marcha re público, desviam Gobierno Puderes, Ejecutivos y legislativo, el parente caso, en que los guiar de las instituciones, emo del sendero eosturional que me propuse rehuir los condic (Repris otantes de la Nación a.
viendo para ellu los obstáculos iné impulsado desde el triunfo tus que éste prorocaba, 12 cuatr: balonan su puesto y suprime, que se le cpongan.
obtenido en sa eleceita. 2: Gobierno, a cuota mi perfectamente a la Repúblic: Por tanto, y de acuerdo con el Sin otro desso ocene! bieuestar sona, on de manter acca zase 13 oszta página BRANDE MEDICINE COMPANY, 34 WEST 23RD STREET, NEW YORK. EUs Consejo de Gobierno, progreso de mi patris, ha sido donde fuera posible la arussia Policia y Fomento, NUESTRO ESCUDO, SUBS icter permane riores y carteras anexas, dando responsables por los abusos que come racter del Despachos de Guerra Maana, ios13 (DESPLES. LANTES)
Getur. Actos de tayer wurde Susur Claver AS AUD del Dr. Wat Dr. mdr trueFotoper ESTE MARAVILLOSO MEDICINA!
CONSULTAS GRATIS, DE VEXTASY LAS PRINCIPALS FARCAS DE LOS P283siZDO STATE Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica.

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