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PrensaLibre FERROCARRIL DE COSTA RICA Año San José de Costa Rica, jueves 31 de Agosto de 1893.
N: 1331 93 39 14 11 31 13 31 Por disposición de la Directiva del Ferrocarril, y de conformidad con la ley que autoriza esta Empresa cobrar en oro de Costa Rica los fletes locales y de importación y exportación, la siguiente tarifa regirá desde el de Setiembre de 1893.
FLETES DE IMPORTACION SE DIVIDEN EN CLASES y SEGUN SE CALCULEN POR PESO POR MEDIDA.
1! paga 20 oro de Costa Rica por 320 21. 75 1, 000 II: 17 POR PESO.
18. 45 IIT: 15. 20 IV. 11. 95. b paga 50 oro de Costa Rica por pie cúbico.
POR MEDIDA II 0. 30 (III 0. 22 CLASIFICACION. Esta clase comprende los siguientes articulos: Canales de metal, cerveza, cornizas de metal, bocima y ejes sueltos, loza, mantequilla, maquinaria para nserrar y acepillar, calderos y sus chimeneas, marcos de puertas y ventanas, ginger ale, pailas, sacos en fardos prensados, tubos de hierro y verjas de idom. Pertenecen además si esta clase todos aquellos artículos que se calculan por peso y que no están comprendidos en las subsiguientes clases II. III. y IV.
It: Alambre de cerea, arroz, azúcar, uscavad, armazones de casas de metal que no midan más de 24 pies de largo por de ancho, acero en barras, bacalno en tambores, medios tambures cajax, carne de cerdo y de res, cimento, clavos de hierro, frijoles, grumpas, hierro galvanizado para tochos, hierro en barras, hurina, manteca macarels en barriles, medios barriles o cuñetes, sal común.
IIT: Estearina, grasa ordinaria, parafina, pez rabia, sebo, soda cíustica.
IV. Afrecho, abonos, avena, carbón de pieira y coke, cebada, centeno, heno en fardos prensadlos, hierro en lingetes b Todos aquellos artículos que se calculan por medida y que no están comprendidos en las clases II by Ilfo pertenecen a la clase b.
II Arados, arinnzones de cama, nzadones, baldes en cestos, coci as y útiles de idero, corchos, escritorios, esquineros, estantes, flores artificiales, fósforos, gradis, loza de hierro, lavator os, mesas, palas de hierro, refrigeradores, rastrillos, willas, sofás cóntodas.
III Artxculos de junco, wentadores para café, botellas y frascos vacíos, ejes encajonados, escolas, garrafonds vacio llenos do vinagre, molduras orados, palus, de inadera, pasta alimenticias, rurlus ile carrela (tamaño ordinario se uri a razón de 10 pies cub. por rurda) vehículos, ruedas y lanzas de iden.
MADERA.
Pagani 16 oro de Co ta Rica por mil pes superficiales.
TARIFAS ESPECIALES.
Abonos maíz, importados antes del de Abril de 1894, por una sola persona o razón social, en lotes quo no bajen do 10, 000 kw. por cargom nto, pagarán por 1, 000 kilos 8 oro americano, lo equivalentes en monoda del país al tiempo de arrib Sal común y trijoles en lotes cada uno de 20, 000 Kos, más, y bajo las mismas enndiciones especificadas en la tarifa especial do abonus, pagará 12 ori americano por 1, 000 kilos.
Harina y arroz, que se importen de Nueva Orleans por una persona er fotos que to bajen de 20, 000 kilos por cargamento de cala articulo, pagar 21. ro americano por 1, 000 kilos. Esta stima incluye el flete de mar y se deberá pagar en Nueva Orleans en la moneda expresada. Los gastos de desembarque y despacho en Limón no entra en esa suma.
TARIFA DE EXPORTACION.
Hule y cueros prensados y en farlos pagarán 821. 75 oru de Costa Rica por 1, 000 kilos. Cafo pagará el mismo Heto, 3. 15. por tonelada de 2, 240 libras inglesas si se paga en puertos de destino.
TARIFA LOCAL Granos, productos agrícolas y mercaderías en general pagarán a razón do 21. 75 contavo ora la milla por cada 1000 kilos, centavo per pió cúbico, szún convenga los intereses de la Empresa. Entre Cartag, Alajuela y estaciones intermedias, el flote local so calciuri solamento por peso.
Dulce en adolos para la Fábrica Nacional do Licores y café en fruta, pagarán solamento 15 centuvos por milla, los 1000 kilos.
Mulera. En distancias menores de 60 millas, pagarán lox 1000 piés superficiales razón do 22 cents. or) por milla. Arriba do osta distancia de pagarán 15 centavos puur eadainilla adicional Ganudo en prie: Enballus Mulas oro por cabeza Burrus Ganado vacuno. 50 oro por cabeza, cuando la partida no llega diez cabezas y si pasa de ese námora 1. 60 por caboza.
Terneros de menos de seis mesus que van con la vaca no cuentan ni pagan flute. Por torneros de Als meus se cobrará 1. 25 por cabeza.
Ganado fino importado que exiga acomodo especial, pagarh precios convencionales. La empresa, salvo caso do accidentos que no ubodezcan fuerza mayor, no rex pende de los daños que pueda sufrir el ganado durante el tránsito.
Se permite que un mozo acompañe al ganado cuando el lole pasa de veinte cabezas.
Carneros, cabras y cerdos pagarán razón de 25 por cabeza.
Aves de corral y pájaros 10 centavos por cabeza. En jaulas 22 centavos por pió cúbico, CARROS ENTEROS Bajos condición que los intesados carguen y descarguen los carros, se entregarán a los precios siguientes: Por ladrills, madera, piedra tejas, carbón vegetal, muebles y útiles domésticos, no cobrará a nuzón de uchonta centavos oro por milla on trayuetos menores 40, y arriba de esa distancia, 10 centavos por cada milla adicional.
Trozas. En trayectos de menos de 20 millas, 50 centavos por milla, y después de esa distancin 30 centavos por milla adicional.
Leña Primeras 40 millas razón do 40 centavos. Después 25 centavos NOTAS.
La Empresa se reciva el derecho de color por peso por medida, según convenga más si un intereses, todos aquellos artículos que no se han especificad en las clases y Piezas bultos que miden 216 25 pies pagará a 10 P8 ás que el precio de tarifa: arriba do 25 pies p.
Esta tarifa regirá hasta nuevo aviso y podrán introducirse modifier iones si la Empresa lo estima conveniento.
La Empresa no responde de danos o perdidas clave por incendio a merouderins que se encuetran en tránsito en las bodegas lol Forrocarril.
Los precios en que no se especifica la clase de moneda, se deben, en todo caso considerarse como en oro de Costa Rica Empresa publicará remanalmente en el número del Domingo de La Gaceta. el rocargo que sobre el oro do Costa Rien se cobrará, y que debe estar de acuerdo con el tip de cambio de esa semana Para mrjor comodidad, se imprimirá una tabla que indique los recargos que corresponden vi enda tipo de cambio. ara la semana que principia el de Setiembre de cobrará 120. 183 do recargo que corresponde al cambio del 140 ps sobre Londres, tomando la base legal de 45 oro F. IV. Bornemanız, Administrador General.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.