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LA PRENSA LIBRE Su CORTE SUPERIOR MARCIAL.
ne IV.
CAMPO NEUTRAL les dejó de complirse aquel re carro decirlo y de suro e revolucionarios colombianos al te joven y notable escritor gua quisito legal.
garemos que indefensión, no es mando del General Garza se en temalteco se encuentra en su tie El artículo 202 del Código de defensa.
cuentran en nuestras costas del rra de Guatemala. Era ano de ALEGATO PRONUNCIADO Procedimientos criminales común, Atlántico, en el punto denomina los viajeros que de Europa re por el defensor del Sr. Licenciado establece la nulidad para toda do Puerto Vargas, después de ha nían en el rapor Amérique, que Corte Superior Marcial, se Don Félix Montero, declaración que contenga la irreber estado en Cahuita, en nú encallo en las costas de Barran acerca el momento de decidir. mero de cincuenta cien hom quilia. Por fortuna, justo con ante la Corte Superior Marcial gularidad alegada, y como esta sin referirdie al señor Licenciado bres. Que estos revolucionarios tros compañeros, logró salvarse en declaratoria es tácita, la nulidad don Ascensión Esquivel, en de la instrucción debe decretarse carácter de Cunjuez, ni dos de del Toro para hacer de este pun te punto se trasladó Guatematratan de apoderarse de Bocas Articulación de nulidades, die un bote y llegar Colón. De es.
por ese otro motivo. Artículo Fuestros Magistrados, en la revo1161 del mismo Código.
to un centro y asilo de los colomcatoria que conocéis mi articulala.
Protestadas como están, repito, ción sobre nulidades de esa causa.
bianos emigrados, y que éstos tie Gómez Carrillo, centro de poco (Concluye. las demás nulidades resultantes Nulidad, nulidad y nulidad diuna goleta sus órdenes.
regresará Paris, donde redacta III.
del proceso y no determinadas en ce la ley al Magistrado y aquél, tal debe haber llegado a las once La tropa que salió de esta capiuna importante publicación; pero Folios 161 y 162, Dolores Val. lel escrito de mi última articulaque realmente lo es, responde lo ditán, juró como indiciado, estan ción, y obligados como estáis por mismo al pueblo.
de la noche Limón, y en seguida antes, piensa hacer un viaje a esdo detenido es enjuiciado.
el artículo 1161 citado subsahaberse embarcado en el Pediros justicia, si siempre la ta República.
vapor Folios 167 189, Alejo Marín nar las faltas cometidas ine per hacéis hasta al que ignora que la bananero. Alberto Dumois. de la misma línea del Foxhall. y Yanuario Cubillo, juraron mito liacer presente que el ofenDefunción. El martes último indicaros algo en la senmerece; como indiciados, estando dete dido señor don Rafael Iglesias no También cuenta el Gobierno dejó de existir en esta capital el da de vuestros deberes sería nidos.
ha rendido en autos su declaraofenderos gratuitamente.
con el vapor Correo Braulio Ca señor don Pedro López González Tan increíble como punible es ción ad inquirendum, prevenida Sin embargo, dignáos permi rrillo, que es muy rápido, para antiguo propietario del Hotel Es hacer excursiones en dicho litoel hecho de que se haya exigido en el artículo 2:04 del Código de tirme para concluir, decir al pújuramento número tan conside Procedimientos criminales suso. blico lo que yo creo de ese proral y dar las noticias de esa movi. pañol, consecuencia de un atalización.
rable de personas, dicho; omisión que vicia también que del corazón detenidos en ceso.
El Coronel Molina ha estado Enviamos a su familia nuescalabozos, cuando se les conside el proceso. Esa causa de los prevaricatos, raba delincuentes, como por fiv Así mismo me permito llamar es un enfermo de catalepcia y algún tiempo en Talamanca y co tro pésame sentido.
se declaró la mayoría.
vuestra atención respecto al hees preciso que exbale el último noce bien los sitios que se trata de recorrer.
El no estar obligado a declarar cho de no haberse recibido tama suspiro, en desagrario de la Leen causa propia, es una prerroga del señor Licenciado Montero, en Mañana partirá su tierra de poco la declaración indagatoria El objeto que tiene en mira el gislación Patria.
tiva, necesariamente establecida, He dicho.
Gobierno, es el de expulsar los España don Alejandro Títuli, cocontravención lo dispuesto en el revolucionarios de nuestro territo merciante español.
como asunto de gran interés social. por la legislación de todos artículo 805 del mismo Código.
Buen viaje deseamos al señor LUIS Soro QUESADA.
rio, para así guardar la neutralilos países.
daà exigida por el derecho inter Títuli.
San Jose, 28 de Febrero de 1895. nacional con el Gobierno de la gPor qué se ha excepcionado En el deseo de concluir este Costa Rica, si tiepe perfecto alegato y de no abusar más de NOTA: Compareció al acto el vecina República de Colombia.
Bien hecho. Manuel Prenda derecho figurar entre las nacio vuestra generosidad aún se me señor Nicanor Araya, quien de Bartolo Morales han sido sen.
nes cultas y civilizadas?
hace necesario continuar con la manera elocuente y enérgica, proSabemos que don Miguel Ah, señores, si la trasgresión cuestión de derecho; ante todo, testo de la inocencia del señor Salazar, fué encalabozado el lunes tenciados por la policía, por habe de tan sagrado derecho último en el Limón, por creersele abofeteado respectivamente Juá Montero es porque tiene gracia el asunto.
bastante alarmar al ciudadano Declaradas como fueron sin lu También se alegó el hecho de do. acuerdo con los planes de su a na Pérez y Celina Céspedes. maldita sea la Patria!
Al día si Qué prendas serán esos de gar, por el señor Fiscal Sustan que el señor Ronulfo Macis al ra migo el Gral. Garza.
Si no hemos de hacer mucho, ciador de Guerra, las nulidades tificar una declaración sobre los guiente fué trasladado esta casujetos.
ante tanto motivo, para que ese objetadas últimamente, se siguió mismos hechos políticos, ante el pital, y encolabozado en el Cuarse repita malditos mi apelación, fué admitida y no. Juez del Crimen de esta provin tel de Policía. Afortunadamente Angélica Valverde, joven sin sean la vida y el derecho en Cos tificada là admisión; pero aquel cia y el 26 del corriente, afirmó, no se encontró motivo suficiente ta Rica!
funcionario cuando ya estaba que aquella declaración no era para tener preso al señor Sa pática, quiso suicidarse con lát Por lo contenido en los párra inhibido de conocer; cuando sólo soya.
lazar, y fué puesto en libertad, dano, quien sabe por qué motivi fos insertos y en fuerza de los ar lel superior podía decir sobre la Luis Soto QUÈSADA.
Los médicos lograron salvar gumentos hechos, solicité en mi apelación revoca su anto y me El Teniente Coronel don En EL CRONISTA. citada articulación del 10 de Di deja estático.
rique Cooper ba sido encargado CRONICA.
ciembre: que se declare que los Será esto, señores, un penúltide la Comandancia de la plaza de tribunales militares son incom mo prevaricato?
Cartago, durante la ausencia del Semillas para hortaliza, petentés para conocer del simple todas clases, se venden en c: Yo creo que sí. El Fiscal Sus. Colombia y Costa Rica. Aseñor Molina.
de Richmond, precios delito de asesinato frustrado que tanciador de Guerra, prevarico, áſ las seis de la tarde del miércoles se imputa mi defendido: que se luz de pleno día y és muy fácil último pasó por Cartago, con diEnrique Gómez Carrillo Es competencia.
declare que el auto motivado de justificarlo, con solo decir, que rección al Limón, un tren conduprisión es nulo de pleno derecho; Vos, previa la apelación de necho ciendo 50 soldados, al mando del AVISOS NUEVOS.
y que, igualınente se decrete la de estilo, declarásteis que aquella Mayor don Rafael Quirós.
pulidad de la instrucción. era procedeute.
En la Estación del Ferrocarril, Como se ve del párrafo VI de Mas. interin qué sucedió? una multitud de curiosos y curiu.
mi escrito respectivo, rechacé to Que el serior Magistrado Licen sas esperaban la llegada de esa da otra nulidad de orden público, ciado don Ezequiel Herrera, to tropa.
como objeto de la misma articu vo bien votar en el sentido de Era de oir los comentarios que lación en ejercicio de tal ges que, no habiéndose adherido el alli flacían algunos corrillos.
Del punto de Los Nances, jurisdicción de Esparta, me roba tión, vine en ampliar los motivos Licenciado Montero, yo defen Qué de exageraciones y asercio hace doce dias, dos caballos: uno muro salpicado, grande, con una de nulidad, manifestando, qué la sor; no tenía personería para res sin fundamento! Unos de lota al lado derecho en la nuca y una protuberancia en la frente de la instrucción procede tam apelar de hecho y mi apelación cían que Federico Mora y el Ge el otro, rosillo, grueso y viejo, marcado en la pierna del lado de bién, porque varios declarantes no era improcedente.
neral Garza, con tropas de Nica tar, con un fierro parecido a una copa.
dijeron sobre generales de ley con Considerado que el Legislador ragua, trataban de invadir CosSuplico de las artoridades y particulares de la República, se las partes.
consagra tanto respeto al dere ta Rica, y que el Gobierno iba a van percibirlas avisarme el lugar donde se encuentran, ofreciends gar los gastos respectivos.
Efectivamente, desde el foliocho y los intereses de los hom: enviar un batallón para atacarlos.
22 al 206 de la instrucción, se bres, que permite la apelación El tren llegó, se detuvo un moSan Ramón, Marzo de 1895.
registran las declaraciones de los hasta para el tercero que no ha mento; y de Cartago se incorpoJosé Solano testigos Ignacio Madrigal, Juan figurado en juicio, con tal que re raron esa tropa, el Comandante no ayance no AVISO.
Antonio Granados, Julio Valver cibo da fins qué hacía, sonores, des de cartell de la provincia, don BOLAS DE BILLA de madera tor de, Federico Madrigal, Abraham el señor Magistrado Herrera? Mateo Molina y 18 soldados.
Conejo, Napoleón Salazar, Nereo Tengo para mí, que violaba la En ese tren iba también el Ge.
Zamora. Joaquín Berrocal, Mar ley, relajando el derecho de ape neral don Juan Bautista Quirós, y toda clase de piezas tín Jiménez y cincuenta más que lación y de defensa.
Ministro de Guerra y Marina, Gerardo Matamoros.
sería fastidioso enumerar por sus si esto no es un último pre Según los datos que hernos ponombres y apellidos, en las cua varicato que venga el señor Na dido obtener, sabemos que varios San José, Calle 26 Sur.
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