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LA PRENSA LIBRE NOTAS PERDIDAS lla tiene que tropezar con estaba excluída de las contingen de la casa, reembolsándolo en la que fuera extraño la jurisdicobstáculos insuperables.
Para conquistar la libertad es cias que se cxpone en todo extensión que el pueda ser obli ciun internacional, y porque sennecesario, es verdad, el heroísmo, costumbrados que todo nos país quien se enrola en aventu gado pagar las deudas bona tenció sobre la adjudicación de pero es no menos necesaria la ab lo den hecholos que mandan, ras guerreras; mas el socio Ce fide de dicha Sociedad, debida bienes y derechos; negación; en necesaria la obra difícilmente cambiaremos de rruti ocurrió a la vía diplomáti mente comprobadas, entrando el b) por la persona, que es el itabrillante de los caudillos, pero inodo de ser, en tanto que u lca y obtuvo que el Gobierno de Gobierno en plena posesión de liano Cerruti y no los colombia.
también la obra incansable de na evolución política no ha Italia, su patria, hiciera desem todos los derechos de Cerruti nos Cerruti Ca. que, sin pelas multitudes; importa el valor ga variar hábitos adquiridos barcar en el puerto de Buenaven en los bienes que poseyera en dirlo, quedan favorecidos en el laudo arbitral; que deslumbra, pero importa bajo el régimen de absorción tura parte de la tropa que lleva Colombia.
La condenación contenida en c) por contradicción, pues tras también otra virtud oscura y hu de todos los asuntos por el ba su bordo el acorazado Flamilde, pero más fecunda que aEstado.
vio Gioja. en el cual se refugió el punto fué aceptada por Co haberse hecho una condenación quélla: la perseverancia.
En punto de Banco hipote Cerruti. Terminada la guerra lombia y aun desde mucho an por 60. 000, se hace otra inciercario hay, además, otras ra civil, pudo Colombia atender a tes, había anticipado 10, 000, ta, fundada en que el Gobierno LA PRENSA LIBRE zones que imposibilitar casi sus negocios exteriores, y no sien según se recordará; mas no po. de Colombia destruyó los medios REDACTOR RESPONSABLE, la gestión particular para do su propósito perjudicar ciega día aceptar la contenida en el de liquidar el pasivo de Cerruimplantar aquí tan benéfica mente a nadie, emprendió, entre y con arreglo al Derecho Interna ti y Ca. Si faltaban tales meJUAN MARIA MURILLO importante institución. Ne otras, el arreglo de la cuestión cional, el Ministro de Colombia dios dice el Profesor italianoADMINISTRADOR, cesita ésta una protección es relacionada con la casa de Ce en Washington hizo constar en ¿cómo pudo fijarse la cuantiosa EMILIANO SÁNCHEZ PRADILLA pecialísima de parte del Go rruti, ya por medio de la Comi tiempo su protesta.
indemnización. cómo consi.
bierno, porque algunos con sión Nacional de Empréstitos, Veamos si tuvo no razón el deró el árbitro que la liquidación Martes 11 de Octubre de 1898 tratos con establecimientos suministros y expropiaciones, ya, Gobierno colombiano para no a era posible una vez que quiso que análogos son la rémora prin cuando esto no fué posible, por ceptar el punto el Gobierno saliera garante de ADELANTE! cipal para la fundación de a medio de sus representantes en En primer lugar, por ser una todas las deudas de la sociedad quel Banco, y porque las con Europa. Agotados los recursos cosa la persona de Cerruti y otra por liquidarse. y Otro de nuestros colegas, cesiones que le darían vida para que el pleito fuese fallado la casa de Cerruti Ca. dis d) por error sustancial, prove.
La República, secunda la estable y lozana, han sido en Europa mismo, y demostrada dinción que se estableció cuida: niente de tomar por generalísidca de fundar un Banco de denegados particulares, que la buena voluntad por parte de dosamente desde un principio, mos poderes claramente restriccrédito hipotecario, acerca se proponían el mismo obje Colombia, para llegar a un arre pues que bien podría aceptarse y tivos.
de lo cual hemos hablado to, y siendo nacional la em glo racional y pronto, y para no reconocer en Cerruti su calidad II con insistencia y obtenido, al presa, ya no habrá recelos ni acrecentar los perjuicios que de de extranjero, y como tal, venti QUE FALTA LA RENUNCIA, POR cabo, que ya sean tres, con temores que impidan auxi cía Cerruti estar sufriendo, llegó lar con el internacionalmente, 10 COLOMBIA, DE LA EXCEPCION DE La Nueva Prensa, los diarios liarla en todas las formas firmarse por fin el Protocolo de que con él se rozara; mas no IC NULIDAD.
que aúnan sus esfuerzos fin posibles. Aparte de eso, la París (24 de Mayo de 1886) se era posible lo mismo con e. Ce Oigamos al señor Pierantoni: de que se realice la mejor fun sombra del Gobierno sería gún el cual el arreglo del asunto rruti Ca. casa comercial suje No me extenderé con el obje.
dada esperanza de halagüño fácil que se aventuren sin se sometería al fallo de una Cota las leyes de Colombia, según to de demostrar una cosa que es porvenir para las empresas desconfianza los capitales ne misión mixta internacional, com lo declara el mismo Mr. Cleve de sentido común; saber que agrícolas en Costa Rica. cesarios, y con una buena re puesta de los representantes de land en su fallo, de manera ter los dos Estados que suscribieron. Poner de relieve esa glamentación es posible evi España y de Italia y de un dele minante.
el Protocolo, con haberse obliganecesidad. dice La Repúbli tar los malos resultados que, gado del Gobierno colombiano. En segundo lugar, no podía do someterse las decisiones ca, sería tarea innecesaria, en otras ocasiones y circuns ese fallo quedaban sometidas Colombia comprometerse ni se del Arbitro, que debían ser defiporque todo el mundo com tancias, han dado los Bancos las partes, y el Gobierno de Co comprometió nunca aceptar el nitivas y concluyentes, sin discuprende y sabe que una insti nacionales.
lombia, por su parte, lo declaró fallo que derogara alterara susión ni apelación, no renunciaron tución de esa naturaleza, no Sin embargo, hemos de ha así al Conde Gaspar de Gloria, derecho interno, que eso y no oá la excepción de extralimitación sólo vendría ser medio efi cer presente que no veríamos representante de Italia en Bogotra cosa implica el sustraer ar de poder. Fué la intención de las caz de desarrollo para la a. sin placer que el pensamiento tá, para dar una vez más testi bitralmente de la jurisdicción co partes no discutir las decisiones gricultura, que es la única se realizara por cualquier o monio de su lealtad y buena fé mún una entidad colombiana. dadas dentro de los límites del fuente de riqueza con que tro medio, pues lo que impor. No hizo igual cosa Cerruti, En tercer lugar, y esto es lo compromiso, ni los errores posi.
cuenta el país, sino que tam ta en este casos es el fin: fún quien por medio de su abogado, más importante, fallado el pun bles dentro de los límites del bién salvaría de la ruina a dese el Banco hipotecario, ya pretendió encaminar su antojo to 4º, el árbitro nada más tenía mandato. Las renuncias podían los agricultores cuyas fincas sea en virtud de un contrato el trabajo de la Comisión, lo que decidir, pues nada más lo recaer sobre cosas que hicieran París, parte de las estipulaciones, y no no se encuentran aún en es con una persona sociedad, que ésta no accedió por motivos autorizó el Protocolo de brazos y esperar mejores este detalle ponga tropiezos ción del abogado de Colombia, videntemente por ExcESO DE PO miso. Las partes, con haberse otarla dewenih anar cuenta de la nación no muw. klerns, dimeiswidang per mindaos. vist puhtaleres ndeter antes bien consentadas, sino tiempos. la idea principal.
que el procedimiento se ajustaría DER, de acuerdo con todos los bligado someterse las deci Es indudable que un Ban Sostenemos, con todo, que los trámites elementales y na tratadistas de Derecho Internasiones del Arbitro, aceptaron de co de crédito hipotecario se lo más hacedero es que el Go turales de todo juicio. Cerruti cional, que opinan unánimemen antemano la sentencia en los liuía altamente benefico. a bierno intervenga directa dejó agotar casi el plazo fijado te por la nulidad de la sentencia unites del objeto deferido al juicio hora, sobre todo, no solamente en el asunto, pues si para fallar la causa y deserto del arbitral cuando el árbitro deci de él. Si pues se demuestra que mente por la razón que deja no, se irá dejando para mejo juicio, lo que no fué obstáculo de sobre asuntos no comprendi el Laudo salió de aquellos límimos anotada, mas también res tiempos y. no veremos para que el Gobierno de Colom dos en su competencia.
tes, falta el consentimiento, conporque se impediría con ello nunca conseguido el objeto bia persiguiera la solución del Protestado el punto hizo dición esencial de la validez del que usureros y agiotistas deseado.
asunto directamente ante el de Colombia gestiones inútiles para Laudo. la decisión en que se ha continuasen estrangulando La República ofrece expla Italia, disgustado con Cerruti obtener la revisión de él, DESPUÉS fallado fuera del objeto consenti los desgraciados que hoy a nar sus ideas sobre el parti por la conducta de éste, que se DE HABER PAGADO 50. 000 que do, no puede hacerse extensiva prietan entre sus mil tentá cular, y aguardamos sus ar negó en Roma presentar una QUEDABA DEBER, según el pun una renuncia que únicamente se culos de pulpo, y porque de gumentos para ver de repli cuenta detallada de lo que creye to 49. Esas gestiones se intenta refiere a la materia del comproesa suerte tampoco pasaría carle, si no nos convence. ra adeudársele por Colombia, lo ron ante el Gobierno italiano por miso. No es lícito suponer la ala pequeña propiedad macual tampoco fué 6bice para que el Representante de Colombia en ceptación de un fallo sobre obje.
nos de los que cuentan con NOTAS INTERNACIONALES se dieran Cerruti, en calidad de Roma, y se encargó el estudio del tos que fueron excluídos del arbirecursos para comprar por anticipo 10. 000.
asunto al Profesor Augusto Pietramento.
la milésima parte de su va El incidente italocolombiano Así las cosas, todavía se pres rantoni, Catedrático de la Real Lo demás es historia muy color lo que otros no pueden que terminó sin bombardeos, tie. to Colombia firmar un nuevo Universidad de Roma, antiguo nocida. No habiendo obtenido sostener; mal, éste, que, arrui ne importancia general para los arbitramiento para que fallara Presidente del Instituto de Dere. Colombia oído sus propuestas nando a muches, es causa de países hispano americanos, debi en la cuestión el Presidente de los cho Internacional, honorario de para reparar un error que atacaque los ricos aumenten su ca les personajes en la comedia del Estados Unidos de América, que la Universidad de Oxford y Sena ba su misma soberanía, aceptó pital en proporciones desco Derecho Internacional. Una vez lo era la sazón Mr. Grover dor del Reiro, hombre de reputa: bajo protesta el fallo arbitral, munales, acabando así, poco más se dió el espectáculo de la Cleveland. Los poderes conferición europea y de respetabilidad única cosa que le era posible, á poco, con la conveniente fuerza como argumento, y como dos éste por las partes le da no discutida. El ilustre Profesor inopinadamente se presentó en distribución que aún tiene la última razón se ha dado aquella ban atribuciones de Juez senten estudió largamente el asanto, y Cartagena la escuadra italiana riqueza entre nosotros y con antigua y siempre nueva: Porciador para declarar qué recla en lo que se concreta al punto órdenes del Almirante Candia.
el equilibrio de las fortunas que él es grande y porque usted maciones tenían carácter inter 5, cuya revisión se pedía, hace ni, en actitud tan veladamente que es la base de la prospe es chico y, últimamente, porque nacional, y cuáles debían remitir constar el hecho de que el árbitro pacífica, que las bandas militares ridad general.
yo lo mando.
se los Tribunales de Colombia, no penso, como era su deber úni italianas ejecutaban al pie de la Pero el colega no está de Es poco conocido en Costa Ri sin ingerencia ulterior en éstos.
co, averiguar si la demanda era estatua de Bolívar el Himno Naacuerdo en cuanto a que sea ca el asunto que ha dado lugar DICTÓ SU FALLO MR. CLEVE de carácter internacional, sino cional colombiano, lo que se creel Gobierno quien haya de la llegada Cartagena de la es LAND EN VÍSPERAS DE ENTREGAR que se limitó a asignar una inyó gratitud engendrada por la llevar a cabo ese feliz pensa cuadra italiana, y creemos de al. EL MANDO SU SUCESOR, y comdemnización determinada, y que ayuda prestada al acorazado vamiento, pues ello correspon guna importancia dar sobre el prendía el fallo ése dos puntos los términos limitados del poder, había interpretado erróneamente rado al entrar en la bahía. Aderá la iniciativa particu. ciertos detalles que bastan, sin principales: el 4º que decide la olar y está demostrado que los comentarios, a formar un juicio bligación en Colombia de pagar examinando si Colombia renun pues de un momento a otro, el quello era engañoso y pérfido, considerándolos omnimodos; y Bancos nacionales dan funes exacto, Cerruti 60. 000 por pérdidas Almirante presentó un ultimatos resultados.
Ernesto Cerruti, socio de una y daños en su propiedad indivi ció en sus estipulaciones a la exfecto, la iniciativa particular como tal sometida a las leyes del ca, durante el año de 1885. los que han tratado el punto, y del pago que había de hacerse Comprendemos que, en e casa de comercio colombiana y dual y como socio de Cerruti cepción de nulidad, aposa su dictum en que, so pena de bombartámen en la opinión universal de deo, se exigía el pago de 20. 000 como garantía y buena cuenta es la llamada fomentar los país, tomó parte en la guerra de el EN EL QUE HUBO EXCESO DE concluye en dos partes: intereses de la agricultura y 1885 y sufrió, como todos sus poder, que dispone que, por Cerruti por causa del artículo otros muchos que con el bie socios restantes, perjuicios pecu cuanto el Gobierno destruyó los del Laudo de Mr. Clevelad. No nestar público se relacionan; niarios durante la guerra citada. medios de que Cerruti liquidara Que el vicio de extralimitación se accedir a la más imprescindimas ya es sabido que aquí a La razón social Cerruti y Ca. el pasivo de la Sociedad, él debe de poder es evidente en el punto ble dilación, ni se atendió a penas si existe tal iniciativa estaba sujeta, según dijimos, a protegerlo y garantizarlo contra a) por el objeto, pues el árbi que ya estaban en poder de un y cuanto se encomiende e la legislación colombiana y no toda responsabilidad por deudastro se le excluyó el juzgar todo lo Banco algo más de 65. 000 para Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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