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EL HERALDO.
0:AGENTES DE EL HERALDO. nido bien decretar y decreta: sus propiedades: que semejantes zo de su tierra natal y les intere res en una pieza decente, crmforArtículo Se confiere el grado demandas deben mirarse con el sa su progreso y bienestar. me la ley; separada del edificio de General de División del ejer interés que inspira la justicia y la este elemento debe Costa Ri de los criininales comunes, se lia CARTAGO don Josè Madriz.
cito salvadoreñio al señor Antonio humanidad; y queriendo el Go ca hoy la inayor parte del ea optado por el cuartel Principal.
LA UNIÓN Pinto. Artículo 2o. Tan luego kierno, para satifacerlas, dictar grandecimiento en que se halla; para que se lleve efecto Franco. Vargas como las circunstancias lo permi medidas, con la equidad, pruden ojalá que las instituciones, en saplico Ud. se sirva recabar la HEREDIA PANTOJA.
tan, se obsequiará al mismo señor cia y eficacia que permiten las cir señanza y educación pudieran a orden correspondiente de la SeALAJUELA Lais Barquero. General con una espada guarne cunstancias, decreta: brir con más amplitud nuestras cretaría de la Guerra ATENAS Isidoro Ramírez.
cida de oro, que en la parte exte Artículo Todas. las perso puertas al extranjerc, pues la inCon distinguida consideración SAN MATEU Ezequiel Arce. rior contenga la inscripción si nas a quienes se les babiese su migración constituye una de las ARENAS Francisco Gil. guiente: Gratitud del Gobierno, bastado sus bienes por haberse principales condiciones para el aSoy de Ud. atento servidor.
GUANACASTE Rafael Rivera, Ejército y Pueblo Salvadoreño al rehusado tomar las arma en el delanto de los países.
LIMÓN Felipe Alvarado.
ilustre caudillo del Ejército y Pue ejército que marchaba sobre los Francisco Chavarria La Colonia Alemana, la FranSAN RADIÓN JORADO CRUZ.
blo Costarricense, por la memo demás Estados, se presentarán cesay, Ta Española; respetables Secretaría de la Sala 2a MÁXIMO VÍQUEZ.
rabie jornada del 12, 13, 14 15 reclamarlos ante el intendente go ya en Costa Rica, hacen honor BARBA de setiembre de 1842.
neral deňtro del perentorio término indiscutible esta nación; y qué GRECIA Julio Borbón.
Artículo 3: El presente de de un mes, acreditando su deman sería de nuestro comercio, agriNARANJO Leoncio Bello. creto será puesto en conocimiento da con los justificantes correspón cultura e industria si dichas. coPALMARES Ministerio de Jasticia.
del Supremo (Gobierno del Esta dientes.
Vicente Paniagua.
lonias desaparecieran ahora con do de Costa Rica, tan luego como Artículo La misma inten sus respectivos capitales. Serian San José, de marzo de 1891.
se sepa estar organizado: en el de dencia creará el expediente del muy, reducidos como lo serían las personas que deseen fa las Cámaras Legislativas, en su caso con audiencia del fiscal de Ha también relativamente en la gran sr Srio de la 22 Šavorecernos con su suscrición, a chránimareunión, se comunicará cienda, y concluído el término naciòn Norte Americana en igual la de Apelaciones. El Heraldo les agradeceremos beral Antonio Pinto en forma de dará cuenta con él al Gobierno directamente al mismo señor Ge: prefijado en el artículo anterior, dad de casos.
Cros por lo visto que faltá muEn contestación a la atenta mucho se dignen avisarlo, alagen: despacho te respectivo o la oficina del Artículo La comandancia Supremo para que este califican cho nuestra educación para po notă de Ud. fecha 24 de febrero mismo periódico.
general del Estado hará recono mande devolver los citados bienes te republicanos.
do la justicia de los présentädnis, deruos considerar verdaderamen ultimo debo manifestarle para conocimiento de la Sala 24 de Ape: cen con la solemnidad debida en sus legítimos dueños, y pagar laciones que el Poder Ejecutivo el ejército, al expresado señor Ge Ios rem arios las cantidades San José, marzo de 1891.
no ve razón alguna que justifique neral de División Antonio Pinto, ellos: COMUNICADOS.
FRANCO. SÁENZ, la inobservancia de lo prevenido sla Tesorería y Contaduria to que hubieren dado por en el acuerdo número 20 de 28 marán las correspondientes razoArtículo 3: El presente se imde febrero de 1887 en favor del primirá y circulará, publicándose que los cojeunplares, impresos ex Presidente Municipal de Ase. Refutación documentada que se les comuniquen. Lo ten por bandos para que llegue a noASUNTO rrí señor don Antonio Díaz; pero drá entendido el Jefe de Sección ticia de todos. Dado en San Jo.
con el fin de que dicho señor suencargado del Ministerio de Gue: sè, nueve de noviembre de mil ANTONIO Diaz.
fra la prisión en un lugar adeEn apoyo de estos juicios exis rra y dispondrá se imprima, pa ochocientos cuarenta y dos. JoAl ministro cuado pienso que éste pndiera ser ten otros documentos. Veames blique y circule. Dado en la ciu sé María Alfaro.
la casa de don Roberto. Riotte en seguida como faé que el Go: dad de San Vicente, 12. de oc general de despacho, señor Docavenida 7a Este, tres cuádrás al bierno de la República del Sal tubre de 1842. Juan Guzmán. tor José María Castro. Amigo Pro: Este del Liceo de Costa Rica vador calificó er aquella época, Al señor Vicente Guerra. de Toca ahora al señor Gavidia el procedimiento del pueblo de ordea del mismo Supreino Go juzgar de la causa con que vana La Sala 24 declaró haber lagar quien ha manifestado estar defe rente prestar este servicio.
Costa Rica y cómo estimó ai li bierno lo comunico U. para su mente la pretendido lastimar al formación de causa contra. Anbertador de Centro América. inteligencia y cumplimiento. Gues pueblo costarricense; y permita tonio Díaz, y señaló como lugar Dios guarde Ud.
La nota y decreto adjunto ia rra.
me añadir, que, esa política es de en que debía sufrir la prisidn el misma, dirigidos por el Gobierno Por tanto ordeno y mando a mala ley y en cierto modo contra cuartel Principal.
GUTIÉRREZ Salvadoreño a dos Antonio Pinto todas las aut ridades civiles y mi producente porque no cabe en un Para que esa resolución tuviedicen lo siguiente: litares, y en especial a los jefes, buen sentido que el huesped tra ra su debido cumplimiento pasó Estado del Salvador. Depar oficiales y demás individuos del te de berir toda una familia en la primera de las notas que acomNO 617.
tamento de Hacienda y Guerra. ejércits, guarden y hagan guar ocasión que se encuentra hospeda paño al ministerio respectivo.
Señor General don Antonio Pinto. dar al señor General de División do en su propia casa.
Yo queria que Díaz estuviera Casa de Gobierno. San Vicente, Antonio Pinto los honores y pree En fin, cada uno es dueño de detenido en una casa particular Palacio de Justicia. de mar.
Octubre 12 de 1842.
ininares que le corresponded. hacer como mejor le parece pues pero el Gobierno o mejor dicho y propuse la del señor Riotte zo de 1891.
Me bago la honra de poner en Dado en la ciudad de San Vicen sólo él responde de sus actos. don José quería que Díaz fuera sus manos el adjunto despacho te, 12 de octubre de 1842, se xaninemos el escrito adelante: In carcel todo trance.
Puse en conocimiento de la Sala el atento oficio de Ud. del que en este día mi Gobierno halllado por el sello mayor del És a Como para el Sr. Gavidia el cenexpedido en su favor, en obsequiado, y refrendado por el Secreta troamericanismo es una pasión in carcel porque no recordaba que la nota de esta Secretaría. 607 Quería, pués que fuera la 2d el corriente en el cual contesta los buenos servicios que ha rio interino de Hacienda y Guerra. tensa, y aunque no le parece bien existín el artículo 1245 parte III de 24 de febrero último, indicanprestado para la derrocación del (F. Juan Guzmán. Elje hablar de él cuando está fuera de del Código General; tuve la bue do que cree que el procesado An: Tirano de Centro América.
fe de sección encargado del Mi. su país, yo le ruego no espere es na suerte de recordarle esa dispo tonio Diaz puede sufrir, su prinisterio de Hacienda y Guerra del tur de regreso para hacer ese alar sición legal y mi proposición fué sión en casa de don Roberto Rio(F. VICENTE GUERRA, Supremo Gobierno (L. Vicen de y discuta ahora el punto con aceptada.
tte, 72 avenida; Este, 300 varas te Guerra.
Por cuanro: he tenido bien migo que soy de contraria opiEn consecuencia contesta el al Este del Liceo de Costa Rica También el Gobierno de esta pión expedir con esta fecha el decreto como separatista, hasta tan Ejecutivo la Sala, pero en su y anteponiendo que el Poder Edel tenor siguiente.
República de Costa Rica en aten to que la convicción me haga com contestación se ve algo así como jecutivo no ve razón alguna que El Presidente Constitucional ción que muchos costarricenses prender que el påtriotismo ha su una lección un regaño, concluí justifique por parte de esta Sala del Estado del Salvador, considefueron despojados injusta y vio cedido a las ambiciones simboli dos con un seco Dios guarde alia inobservancia del acuerdo nº rando: el señor coronel Anto: lentamente de sus bienes, se vio zando la unión Centro Americana Ud.
120 de 28 de febrero de 1887; que nio Piato a la cabeza del ejércio precisado, dar una ley para que No existiendo motivo que pu La contestación de la Sala es he recibido orden de contestarle heroico y pueblos del Estado de todos pudieran recobrar sus res diera excusar mi súplica, envío digna de los honorables Magis lei los términos de sol Costa Rica, ha salvado a los de pectivas propiedades. Al efecto por separado al señor Gavidia tiados Trejoš, Serrano y León La Sala más de la Unión Centroamerica. la letra dice: se éuitió el decreto no CIII que los números 230, 246 y 330 de La Páez, ella los honra altamente. ver sobre sus pasos cuando se na de las desgracias de una san Prensa Libre, en cuyo diario Te acompaño las notas para convenza que en ellos hay in grienta guerra civil en qué juten Dicja reglas para que sean bé tratado el asunto de unión de que las publiques.
corrección; pero de la misma mataba sumirlos el difunto General devueltos sus dueños, los bienes los Estados de Centro América y Tuyo nera lo está para sostener sus disFrancisco Morazán y sus cómpli que les hubiesen sido quitados pa Pacto celebrado últimamente en OCTAVIO QUESADA.
posiciones cuando observa que ces: que tan eminente servicio en ra la expedición del General Mo Sin Salvador, teniéndose con esellas responden a las prescripcioque se ha ahorrado la sangre, la razán sobre los otros Estados de to por corrido el traslado.
nes legales.
destrucción de las. ropiedades, Centro América.
Para concluir, voy consignar Cree encontrarse en el segan las violencias, y el trastorno co El Jefe Supremo provisorio del junas pocas frases referentes NO 607.
do caso al ordenar que la prisión mún de los pueblos, es nn deber Estado Soberano de Costa Rica, lextranjerisino.
del ex Presidente Municipal de sea apreciado con testimonios ine Considerando que muchos cos Yo llamo extranjeros esas a Palacio de Justicia. Febrero Aser se haga efectiva en pieza quívocas de gratitud y reconoci tirricenses de los que ocuparon ves de paso que se hali apeado 24 de 1891.
desente y segura fuera del edifiinitnto; y que el medio más ade las inontañás por no marchar en hoy en este suelo para volver Icio de los criminales comunes, ceado y satisfactorio de ese testi el ejército que se denomipo Na levantar su vuelo mañana en re Señor Secretario de Estado en el por no haber aun uno destinado monio es el de incorpor. honro cional, fueron injusta y violenta conocimiento de su antiguc nido; despacho de Justicia.
exclusivamente la prisió: de los samente en el ejército del Salsa mente despojados de sus bienes, pero las personas que se encuenfuncionarios públicos, como lo esdor, al caudillo de la victoria al y vendidos estos por la cantidad tran entre nosotros establecidas y La Sala 28 de apelaciones, por tablece el artículo 1249 del Cócanzada en los memorables días que ofrecieran las personas en vinculadas no pueden considerar resolución de ayer decretó auto digo de Procedimientos.
12, 13, 14 y 15 del próximo pa quienes se remataran: que por es se en la categoría de extranjeros motivado de prisión contra el ex El acuerdo que el señor Minissado setieinbre, en uso de las fa te procedimiento bay familias su para el efecto de tomar parie en Presidente Mónicipal del cantón tro crée inobservado, destina un coltades extraordinarias de que se mergidas en la miseria, cuyas in la cosa pública, porque ya han de Aserri, señor Antonio Díaz; y lagar en las cárceles públicas pa.
balla iu vestido el E, ha te ldigencias claman porel recobro de la loptado esta patria en reen:pla lermo esa prisión debe sufrirla ellra la prisión de las personas de :0:Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica
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