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EL HERALDO DE COSTA RICA.
Dirigido y redactado POR DONEl Heralão.
EL HERALDO DE COSTA RICA el espíritu de la Constitución acusan y reclaman, están fuera justa solicitud, y que reciban para señalar términos a la inte de juicio, el Congreso así lo de Reproducimos con gusto las maestras que aludimos, rrupcióu que deba sufrir el ré clara?
el artículo que va enseguida y siquiera en sus últimos años, la PIO VIQUEZ gimen constitucional. también queda justificado que tomamos de La República recompensa de que son dignas Si pues, la ley que ahora ha el señor Rodríguez, de haber del 12 de este mes.
por sus virtudes, no menos que emitido el Congreso es regla mantenido sus destierros y con Estamos en un todo de acuer por sus servicios a la edución mentaria, ésta no es necesaria, finamientos, después de resta do con lo que en él se expresa, popular.
está por además. La Constitu blecido el régimen constitucio y creemos que sería un acto de ción lo dice todo, y lo que im nal. El artículo es una arma estricta justicia de parte del porta encontrar hacer es hom su favor, que tiene punta has. Estado asignar las señoritas COMUNICADOS REGLAMENTACION bres que desempeñen bien fun ta para ir contra el departamen. Castro la dotación mensual que REFORMA? ciones de diputado. Hombres to judicial, por aquello de ha se pide.
LAS MEMORIAS II que llenen con lealtad y decoro ber admitido un recurso de haHe aquí el artículo: En fin, el Congreso está comel departamento legislativo; que beas corpus interpuesto por un PRELIMINAR Pensión merecida puesto de personas que saben no sean accesibles los influ penado ejecutivamente, durante Vamos realizar un trabajo entender las cosas, y sentir el jos, o instancias corruptoras del un periodo anormal, pero legianhelo grande de obrar de mo. departamento armado; que si timamente creado.
Varias señoras de esta capi: que creemos altamente patriódo que haya firmeza en sus pro ha de haber suspensión del ré Sin duda, esa ley ofrece por tal presentarán muy pronto al tico.
ductos, por lo menos firmeza ju gimen constitucional, conforme una parte indole de reforma Congreso una solicitud encami El estudio serio y desintererídica, tomando ahora esta pa la ley, declaren con valor y muy sustancial, y esto la pone nada que se conceda una pensado de los informes relativos labra en el concepto de legal. honradez liasta qué punto lle en peligro de ser ilusoria y de sión a las Sritas. Dolores y de la administración de la cosa púAsí, pues, parécenos trabajo garán las restricciones y peli mero lujo; por otra establece lo rónima Castro, quienes por más blica, realizado sin prejuicios, y de sobra argüir ahora respecto gros de la vida civil y políti que está claramente, aunque en de cincuenta años han sido maes sin prevenciones, en vista de lo tras de primera enseñanza y hoy de si la ley en cuestión está vaca. manera tásita, establecido por ciada en su propio molde o por La Constitución dice clara la Constitución favor del Con: por su aneianidad no pueden que esos documentos dan de sí, ya ganarse la subsistencia. privado el ánimo de la pasión ventura en molde ajeno, que mente, suspender el orden cons greso su Comisión para cada Aunque la ley de pensiones adversa favorable, que tanto pueda dar ocasión reclama. titucional. huego, es reforma caso concreto.
ni la de Educación Común, no monta.
ciones fundadas.
decir que la suspensión no pue aun nos parece superior en preveen el caso presente, pues La prensa suele torcer, y en Si esa ley reglamenta, enton. de comprender más que las ga ese punto delicado, el espíritu las Sritas. Castro no han sido ello cumple un fin político, los ces ya no cabe duda de que es. rantias individuales consigna de nuestra ley fundamental. maestras pagadas por el Esta dictámenes del recto criterio, ya tá bien emitida en la manera das en los artículos tales y cha. Solo exceptúa en lo absoluto do sino por los particulares, nin aplaudiéndolo todo, ya ponienque la Asamblea lo ha ejecutales de la misma ley fundamen una garantía de la suspensión: guna razón de equidad podría do total e inconsiderado veto do. Pero si reforma, si de al. tal.
la inviolabilidad de la vida. En establecer diferencia entre los gún modo entra herir entraEl Congreso de mañana po todo lo demás deja campo an merecimientos de los educadolos actos del Gobierno.
ñas de fundamentales disposi dría decir, llegado el caso, esa cho la acción del Legislativo. res de la juventud por el hecho En buena teoría administraciones, pues cómo no hemos de ley es inconstitucional y no la es fácil comprender de prisa, de no haber servico a la nación tiva debe comenzarse por enexpresar en tal caso, el senti respeto, porque no pasó por los que situaciones pudiera llegar ni percibido sueldo de ella; pues, tender que para hacer una crímiento que nos da ver que nuestrámites legales.
a haber tan difíciles, tan ame bien mirado, educar al pueblo tica saludable de las cosas de tros diputados, que han sido la El Orden Constitucional le anazantes de la integridad y del en establecimientos privados es Estado, hay que considerar que gorda esperanza de su partido, barca todo, y aunque de sostenerlo así resulten los peores aborden y prosperidad de la Na aliviar al Estado de una de sus no existe una institución humaocupen su precioso tiempo en ción, que suspender mucho más cargas y servirle indirecta y des. na perfecta, y es en el seno de labrar cosas que no han de te surdos, ello es el caso que esa la cámara legislativa, donde dener peso para descender de los expresión subsistirá en firme, de lo que suspende esa ley ac interesadamente.
bien que las maeslimbos del entusiasmo generamientras una ley reformadora, tual, no sería sino una gran be sentirse palpitar sereno el comucho más grave que una ley necesidad y una sabia pruden tras de escuelas privadas perci razón, ajeno de odios complador.
cia.
ben, por lo común, un sueldo Pero volvemos decir que la reglamentaria, no venga echarcencias, y donde habría que la abajo.
Pero lo que más nos mue exiguo de los padres de familia, Cámara ha de haber meditado Ahora decimos que como nin ve pesadumbre es ver cómo sin que por eso sus servicios contemplar el ánimo tranquilo mucho y seriamente sobre el punto; y que pues ella decreta, guna letra declara que el orden declara esa ley, que las faltas dejen de ser valiosos. Las seño del juez ciego los alicientes, lo probable es que tenga razón constitucional sea suspendido cometidas por gobiernos ansio ritas Castro por un peso cin sordo a los clamores del partidasos de fastidiar al adversario cuenta centavos cada alumno, rismo siquiera en las comisiones, más definitiva que la razón com en todo el país, el Congreso espolítico, tienen excusa y justi. enseñaban las nociones que for ya que en el debate, especie de prendida en la sétima atribu tará en su derecho cuando seficación constitucional. man la base de la educación manifestación enérgica y bación del Congreso. El único fale territorio la suspensión, No, señores. El Ejecu que se da en los colegios y detalladora de contrapuestos aspidice claramente que la suspen como se practica en otros paítivo ha tenido siempre el deber más establecimientos del Esta raciones y tendencias, ha de tosión de que habla dicha atribr. ses. decimos también que sode formar expediente que justi do. Cuántas personas que hoy ción jamás ha de comprender bra en el artículo III de la ley marse la bandera política en la garantía consignada en el ar que discutimos, tod lo que se fique su conducta, y de dar con figuran en buena posición, de.
una mano y blandir con la otra tículo 45, título III, sec. seg. refiero a la amplitud de la fa.
él cuenta al Congreso; y en nues. ben sus primeros conocimiende la Constitución.
cultad de acción que tendrá el tro concepto, está claro que los tos esas modestisimas maes. la espada del furor divino que Luego, dejó en pie que todas Ejecutivo, una vez suspendidas actos de Gobierno llevados a tras que ni siquiera se atreve. la elocuencia pide, para que el cabo durante un régimen anor. rán vanagloriarse de ello! parlamento, ese monstruo multilas otras pueden ser compren las garantías. didas.
mal, no pueden trascender la El Congreso Nacional debe capitado llegue al fin decidirEl IV y de los artículos, di.
vida constitucional.
tener en cuenta, fuera de las se en uno otro sentido, su nosotros decimos que de ese gamos francamente que nos deDicen que el señor Rodríguez razones apuntadas, la de que voto. decirle sí no, al ejecumismo parágrafo se desprende sesperan. Valen por la justi.
vetará ese establecimiento.
en igualdad de circunstancias tor de las leyes.
fácilmente que el Congreso tie ficación más redonda de los acne la facnltad tásita, pero per tos del Ejecutivo consumados Pues en caso de él, nosotros se han concedido otras pensioLos tres Poderes supremos fectamente metida en el espíritu el año anterior contra los que lo acogeríamos. De un lado es nes, con sólo la diferencia de de la Nación constituyen el Gode la disposición, para trazarle tuvieron la desgracia de ser corre el gran peligro de ser que las señoritas Castro, no han cobrado un centavo del Te. bierno, representante de la solímites la suspensión del or considerados como conspirado estéril; del otro es la mejor essoro Público; y esto más bien beranía nacional en la aplicaden constitucional, cada vez res, enemigos del orden públi pada que pudiera ponerse en que se presente el caso.
sus manos para tajar las recla dable mérito que hace las an miento del orden social.
nos parece un nuevo y recomen ción del Derecho y el cumpliY cierto y muy cierto es que ¿Para qué ordenarle al Ejemaciones de Buenaventura Cacianas de que venimos hablan El Congreso de los Diputaallá en los tiempos del general cutivo que levante expediente, razo y Ricardo Fernández.
do, acreedoras de mejor derecho dos, como centro legislador, es Guardia, llegó a ser uso la de y de cuenta con él al Congreso? Pero no habíamos querido ir la protección del Estado.
indudablemente el eje y enterminación de lo suspendido; y Pues no será para que el señor tan fondo.
Muy recomendable es la con dentadura en que descansa En realidad el Congreso está dacta de las señoras y demás que así era corriente expresar Rodríguez diga: luego queda resobre el cual se inueve la máaún si los tribunales ordinarios conocido que no he estado en compuesto de hombres que en personas que han encabezado que daban no con facultad para la obligación de hacerlo, una tienden lo que hacen.
la solicitud que se ha de quina gubernamental.
preseguir funcionando. Porque el vez que el Congreso reconoce El Poder Judicial es la válDeseamos, sin embargo que sentar en favor de las señorítas Congreso está perfectamente, que ha faltado disposición obli haga lo mejor; y que se nos di Castro.
vula, el regularizador de Watt lo repetimos. autorizado por gatoria; y los que se quejan mega si reglamenta reforma?
Ojalá sea bien acogida esa en el intrincalo mecanismo.
Se sabe muy CO.
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