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EL HERALDO DE COSTA RICA POR DONvaEl Ferala EL HERALDO DE COSTA RICA sino que también el bueno, sue Siguen los preparativos para la fución, son nolas, y de ningún varse de la suya, si no es por le cundir como la Santa Lucía velada beneficio del Hospicio de valor, sea cual fuere la ferma interés público legalmente comDirigida y redactado Incurables.
en potrero descuidado.
en que se emitan. Lo son igual probado y previa indemniza PIO VIQUEZPronto publicaremos el progra mente los actos de los que ción justa tasación de peritos La escuela de ayer le sirve ma de esta fiesta de la Caridad. surpen funciones públicas y de nombrados por las partes, quie.
ahora los hombres que pelealos que pretendan ejercer em nes no solo deben estimar ron por la legalidad;pues mañaDeseamos muy feliz viaje Mr. pleos que no hayan sido confe lor de la cosa que se tome, sino na la enseñanza presente echará Chable, quien se dirige los ridos de acuerdo con lo preve también el de los daños consiflores aun de más esencia entre por vía New York.
nido en esta Constitución guientes que se acrediten. En La Hoja del Pueblo preten los que se monten por la ley las leyes que de ella se derivan. ca so de guerra conmoción inArt. 18. Corresponde exclu terior, no es indispensable que de que su idea de una constitu de la alternabilidad democráti Varias personas respetadas y sivamente al Poder Legislativo la indemnización sea previa.
yente nos causa verdadero es ca.
consideradas en esta sociedad, fue la facultad de acordar la ena. Art. 30. Es in violable el do.
panto. Pues no está en razón. asi decimos que la Hoja ron sorprendidas por la policía en genación de los bienes de pro micilio de los habitantes de la una Cancha de gallos.
Qué espanto nos ha de cau del Pueblo que en su último piedad nacional, decretar em República y no puede ser allasar!. y por qué?
número nos ha hecho el favor falta yendo al cuartel de policía.
Los contraventores pagaron su prestitos imponer contribu nado sino en los casos y con las ciones. Exceptúase de este tre formalidades que la ley presUna constituyente más una hasta de insultarnos, hace percepto el hecho de que por caso cribe.
constituyente menos qué había fectamente en sostener la docTAMBIÉN sabemos que el sábado fortuito, terremoto, incendio Art. 31. Por ningún motide importarnos? Por ventura, trina protectora de la bayoneta, por la tarde fué sorprendida una otro semejante, amenace ruina vo se autorizará la ocupación y ignoramos qué número de con cual es: que un Congreso echa mesa de dados, y que los jugadores inmediata un edificio de pro examen de los papeles privados tratos sociales se apolillan y sir do está bien echado fueron puestos la sombra.
el Ejepiedad nacional, que sólo pue de los habitantes de la Repúblipor da salvarse aprovecharse por ca.
ven de telar las arañas cficio cutivo, y que una Constitución El que ejerciendo autori.
enagenación subsiguiente del dad infringiese esta ley, incu.
sas en los anaqueles de nuestros rota por el idem está bien rota; PUNTARENAS, 28. las p.
archivos que el Presidente no hace mal, fonde el vapor City of New York memento, si el valor del inmue rrirá en el maximun de la pena ble no excede de cinco mil pe impuesta a la violación.
procedente de San Francisco y esUna constitución más, dentro y antes bien ejecuta una gracia calas y cnnsignado a la Compañía 80s. La enagenación en este Art. 32. Es in violable el se.
de poco vendría ser gota de salerosísima, cuando con la pun de Agencias. Pasajeros: Pa caso, comprobada sumariamen creto de la correspondencia esagua en el inmenso océano del ta de su verduguillo hace señas viski, Hauke, Victor Ca te la necesidad y utilidad, pues crita telegrafica; la que fuere desbarajuste.
al pueblo para que acuda la rranza, Dallinger, O. Pe de decretarla el Poder Ejecuti sustraida no producirá efecto En las siete décadas de la in plaza pública y escoja constitu rry, Allen, Jaime Ross, Emivo y hacer que desde luego se legal. y el que la sustrajera independencia hemos cambiado de yentes.
lia Soto, Sra. de Mendiola Boza y verifique y autorice por el órga. currirá en la pena que la ley impone en el art. anterior.
camisa política ocho veces. No, mil veces! de familia, Gick, Gui no correspondiente.
Art. 19. Los funcionarios dón y Sáenz. Carga: 3323 bul.
Art. 33. Todos los habitanPues qué rara cosa hubiera Lo que nosotros queremos tos mercaderías. Correspondencia: públicos son depositarios de la tes de la República tienen el de ser que con ese ejemplo co es mantener en firme que se sacos y paquetes.
autoridad, y la fuerza de sus ac derecho ilegislable de reunirse toe tiene su razón de ser en la pacificamente y sin armas, ya rruptor, de ahora en adelante, mantenga sin desvío la pureza estricta sujeción las leyes. sea con el objeto de tratar res.
que vamos siendo más civiliza de la doctrina. Que vuelva la INTERESES GENERALES Art. 20. Todo funcionario pecto de negocios privados, le dos, estemos al cuido de mudar Constitución, que vuelva el Conpúblico prestará juramento de discutir los políticos, exami.
nos de ropa con mayor frecuen greso y éste decida conforme Cuestion palpitante cbservar y cumplir la Constitu nar la conducta pública de los cia?
los principios y reglas positivas ción y las leyes, formalidad que funcionarios públicos. tenemos razón. El progrelo debe preceder a la investidura más que convenga.
Art. 34. El derecho de peso de los últimos tiempos ha heQue el Presidente de hoy no TITULO III tición puede ejercerse indivi.
Art. 21. Todos los funciona dual colectivamente, pero el cho comprender a los jefes del dé mal ejemplo al Presidente SECCIÓN UNICA rios públicos son responsables que los que, este respecto Ejecutivo, que los Congresos no de mañana.
Del Gobierno.
por la infracción de las leyes, tomaren el título de Pueblo en el ejercicio de sus cargos, y se arrogaren su representación, sirven, y que ellos son ilumina Art. 13. El Gobierno de la GACETILLAS dos que pueden con más expela acción para acusarlos es po sufrirán el maximun de la pe.
República es popular, represendición y acierto dar de puntatativo, alternativo y responsapular.
na impuesta al del delito de seArt. 22. La fuerza railitar MR. MORRELL. Ha muerto la ble, y lo ejercen tres poderes está subordinada al poder civil: dición.
piés al contrato social de su disedad de 72 años este npreciable ca que se dominarán: Legislativo, es esencialmente pasiva, por lo gusto y sustituírlo según su an ballero americano.
Ejecutivo y Judicial; todos in. cual jamás debe deliberar.
tojo, o, por lo menos, virtud de Durante 25 años de residencia dependientes entre sí en la órVARIEDADES Art. 23. En la República no constituyente por ellos convoca en el país, de los cuales 17 desem bita de acción que les demarca se reconocen títulos heredita.
da.
peñó el Consulado de los EE. UU. esta Ley Fundamental.
rios ni empleos venales ni se MAXIMAS PARA DISCUTIR Esto es sencillo y claro de en esta capital, rivió la vida del TITULO IV permite la fundación de mayo.
trobajo honrado Su ocupación era razgos.
Discutiendo con los amigos, no comprender. Si cuando éramos el comercio, que explotó con probi SECCIÓN PRIMERA Art. 24. La pena de infamia expreses jamás tu juicio en forma gente campesina y por lo mis dad jamás desmentida, cifrando De las garantias nacionales.
ro es trascendental. Se prohibe irrebatible.
mo dormida, por un quítame de siempre su mayor y más legítimo Art. 14. Nadie puede arro. el uso del tormento y la pena Trata de exponer tus opiniones ahí esas pajas, de un par de orgullo en el cumplimiento estricto garse la soberanía; el que lo hi de confiscación.
sin herir de frente las del adversamordiscos solíamos rasgar de todos sus compromisos.
la ciere, incurre en el máximun SECCIÓN SEGUNDA rio, de modo que la discusión proceEl señor Morrell tenía un carác de la pena que el Código Penal más perendengada ley fundaDe las garantias individuales da casi como los soliloquios inteter austero: era muy parco en pala señala como castigo del parri.
mental, ahora, que ya somos bras, pero pródigo en buenos he cida.
Art. 25. Todo hombre es irrumpidos y alternados.
gual ante la ley.
No respondas inmediatamente gente de ciudad con gasto de chos.
Art. 15. Ninguna autoridad Art. 26. La ley no tiene elas razones que te opone el amigo modas y otros buenos gustos, Sentimos su muerte.
puede celebrar pactos, tratados fecto retroactivo. Exceptúase irritado: piensa finge que piensas: aqué mucho ha de ser que la convenios que se opongan a la pedal si fuere favorable. no hay cosa que mejor sirva apabuena costumbre medre, y no TAMBIÉN lamentamos la muerte la soberanía independencia Art. 27. Todo hombre es li. ciguarlo y mantener la discusión dejemos que grite en paz, ni la de doña Alejandrina Tourret de de la República. El que comebre en la República: no puede en línea recta.
Marsicano.
tiere este atentado es traidor, ser esclavo el que se halle bajo Cuando el amigo levante repenprimera noche de su nacimiené incurre en la pena señalada el imperio de las leyes de la Natinamente la voz, baja al instante to, la más perifollada constituEl sešor Gobernador debe de en el artículo precedente.
ción.
la tuya; es una advertencia eficaz ción?
estar enfermo, días hace que no le Art. 16. Ninguna autoridad Art. 28. Todos los costarri que los refrena más que todas las Bien está que ahora el señor vemos por la calle del Río de la puede arrogarse facultades que censes estrangeros tienen en palabras.
Rodríguez no rompa con las muerte.
la Ley no le concede.
la República el derecho de li. Gesticula lo menos que puedas, buenas usanzas y prácticas reDon Camilo, no nos relegue al Art. 17. Las disposiciones bre locomoción, siempre que se y pon las manos en los bolsillos en olvido. Como otros hijos de vecino, de cualquiera de los tres pode hallen sin responsabilidad le los momentos de mayor animación: publicanas. Los que vengan detenemos derecho que se compon res que constituyen el gobier gal de ninguna especie. lo que dicen las manos es muchas trás no dejarán de hacer lo ga nuestra calle, que se encuentra no de la República, que fueren Art. 29. La propiedad es in veces más irritante que lo que dimismo. No solo el mal ejemplo en un estado lastimoso. coutrarias la presente Consti violable: ninguno puede pri cen los labios. EX DISCUSION. Continór. del cargo. Continuará)
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