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EL HERALDO DE COSTA RICA ESTE XES TIENE 30 DIAS y soldados romano, y Panfilo, mártires.
Número suelto del día.
anterior PAGO ANTICIPADO.
Dr. Antonio Zambrana.
17 11 33 39 Leónidas Pacheco.
José Astua.
Aníbal de Castro Onoro.
General Garza.
Don Ricardo Fernández Guardia.
91 59 Justo Facio.
José Francisco Peralta.
Francisco Gil.
CALENDARIO haciéndolas extensivas, según su sobre la destinación que el sus mostradores, la miseria, salud. pues se siente bien Junio de 1894 espíritu, toda clase de congre Estado debe darle. la ruina comereial. Lágrimas que nuestras costumbres degaciones religiosas. Pero no lle.
El impuesto es un deber; y de caimán! No son ellos quie mocráticas, que nos tienen Viernes 12 Santos Segundo, obispo Felino teria de larga y no finalizada disgó admitirse, sino que fue ma así como todo deber es injus nes pagan el impuesto; es el tan altaneros, carecen de funto cuando no tiene su par consumidor, los pobres princi damento; pues se ve con clacusión, el artículo que hace un derecho, del mismo modo palmente, que forman el ma ridad que estamos gobernaCONDICIONES referencia a la situación de los Suscrición por mes. 00 congregacionistas que están en el el impuesto que no tiende la yor número, quienes lo pagan, dos todavía por la clase so16 país. En sentidos diversos ha adquisición de un beneficio en tanto que los ricos comer juante más rica y más inAvisos y comunicados, precio convencional. blaron acerca del asunto, si mal de un goce provecho de ciantes se aprovechan del ca tee anda.
no recordamos, los diputados Gon quien lo paga, es injusto. so para trepar los precios. El Vecidnos, señores, queréis zález, Astúa, Segura, Chacón, ADMINISTRACION El impuesto es una infima negociante no tiene otra razón poseerlo todo, gozar de todo CALLE 20, NORTE. NUMERO 128. Loría. Sáenz. don Andrés y don parte del bien que el ciudada de queja, sino que la aduana y no pagar nada? Será naApartado: 376. Carlos) Argüello, Trejos. don no posee, la cual la paga al exhorbitante, menudo prohi tural que los pobres defienMatias) y el ocurrente Presbítero Estado porque éste su vez bitiva, restringe enormemente dan vuestras propiedades, Martínez. Para unos hay que lleEL HERALDO le medio del ejér los consumidores.
asegure por var hasta sus últimos extremos la vuestros cafés. y que construconsecuencia, sacando del país tocito, los jueces, la policía, la Si el Estado de Costa Rica yan los pobres los caminos COLABORADORES DE do elemento aislado colectivo porción que le queda de pa rebajara sus tarifas en un 50070, carreteras para vuestros trans EL HERALDO de las condenadas congregaciones trimonio; y para que el Estado se importaría un 50 070 más, portes económicos. sin religiosas; para otros merecen pueda ejecutar los trabajos co y recogería el mismo valor de embargo, os confesáis y co Francisco. María Iglesias. respeto los intereses creados de munes públicos, tales como impuesto de aduana. mulgáis!
Cleto González Viquez.
las congregaciones existentes; con palacios nacionales y de justi También se ha propuesto la Ah! Cómo irrita tal insenM. Argüello vienen todos, nos parece, en no cia, escuelas, cuarteles, cami contribución sobre la propie satez! yo pido al ilustre Argüello atacar las hermanas de la cari nos de hierro, rutos, puentes dad y sobre el capital. Este parlamento; pido esta plédad. las que se contrae, por etc. etc.
es el impuesto directo, aplica yade de jóvenes diputados intecierto, un artículo determinado De aquí la consecuencia: do en todos las naciones euro ligentes y decididos que dejen del proyecto. nuestro modo de ver, las que el ciudadano que no tie peas y reconocido como el más las antiguas mazmorras ecoEloy Truque.
hermanas de Sion merecen el ne ningún haber, no debe con simple, si no el más justo á nómicas, que no han servido Faustino Víquez.
amparo que algunos diputados tribución.
lo menos el más equitativo. nunca sino para oprimir los están dispuestos prestarles. La Montyon ha escrito: el im Sin embargo, la percepción que trabajan en provecho de enmienda que el señor Astúa pro puesto es una porción de la del primero es muy costosa: los egoístas afortunados.
puso, última hora, al artículo 29 propiedad privada, destinado es necesario establecer primero Yo os pido otra vez aumenCOLABORACION. del proyecto Pacheco, nos pare al pago de la garantía de la un catastro; y la valuación del téis el impuesto del café ce perfectamente razonable. Si totalidad de los bienes priva capital no es posible sino por 00 oro por quintal. Cuando dejaran en pie, por ella, las conECOS DEL CONGRESO dos.
un inventario inquisidor y ve eso hagáis habréis hecho gregaciones que estaban en el país cuando se legisló en 84, y De Parieu: El impuesto es jatorio. Hasta ahora en Cen nuestro país un inmenso serviEl debate que sigue siendo de que esa legislación mantuvo en el precio de la protección a tro América solo Guatemala cioque será parte glorificaros, importancia en la actualidad polí: el; si se añadiera la precaución cordada por el Estado los y Nicaragua han tenido el va y con razón, por haber sido tica es el que se relaciona con el de permitir la renovación, sin bienes de los contribuyentes. lor y rectitud del caso para los primeros en todo el muncontrato Jiménez Cruz, lo que aumento, de las de mujeres, pe De Puynode: El impues verificar esos cálculos. do quizá, que hayan aplicaes lo mismo, con las Congrega ro no de las de hombres, con eso to es el sacrificio de una parte El impuesto sobre la ren do este axioma del porvenir: ciones Religiosas. Por ausencia y con dejar entrada franca las de la propiedad para la con ta da un débil apoyo a los Los deudores del fisco son del señor Pacheco no se dis hermanas de la Caridad siem servación de la otra parte.
cutió el martes acerca de su pro pre que sirvan fines de su instipresupuestos de algunas na los señores que lo tienen todo.
yecto, poniéndose en el tapete tuto, encontramos que el intereEtc. etc. En esto están de ciones europeas. Es el deside Los dueños de las cosas una moción del Sr. Orozco para sante asunto que hoy se debate acuerdo todos los economistas. ratum de los liberales france deben el impuesto.
que se declarara nulo el contrato en el Congreso, habria tenido En lo que no están confor ses que querrían deducir de la Los que nada tienen naaludido, para que se derogara allí la solución que el derecho y mes; sobre lo que discuten renta el único impuesto. Des da deben.
la ley que le ha dado fuerza. Pe la libertad reclaman para el por inútilmente desde ha siglos, es graciadamente ellos no realiro según hizo notar, entre otros, venir de Costa Rica.
sobre la base, fundamento zarán este propósito sino cuanel señor Loría, la declaratoria de San José, 31 de Mayo 1894.
en que debe reposar descan do hayan descubierto el meGACETILLAS nulidad no corresponde sino los sar este impuesto. Los unos, dio de cobrar en proporción Tribunales de Justicia; y según hizo notar don Matías Trejos, no EL IMPUESTO y éstos son los más canallas la renta del contribuyente, puede derogarse una ley que en SOBRE EL CAFÉ. Có culpables) han preconizado sin necesidad de hacer en sus vuelve un contrato, sin el asentilos impuestos de consumación: domininios inquisiones insuFuerzas de la insurrección salmiento de la otra parte contratan Hasta ahora ningún Estado harina, vinos, carnes, jabones, fribles.
vadoreña sitian los Ezetas, mete. Sin desconocer la rectitud y ha podido resolver satisfacto ropa, etc; y como en todos los Ahora, pues, y esto tien tidos en la capital. El cerco es prudencia con que procedía el seriamente el problema del im países, los pobres abundan más de la presente exposición tan fuerte y la ciudad será tomada ñor Orozco, encontramos sufi puesto y su aplicación equita que los ricos, resulta que aque recogida, tenemos aquí en muy pronto.
ciente una enmienda del proyec tiva: prueba de ello la multi llos consumen más que éstos Costa Rica el medio de aplicar to Pacheco, admitida ya por su plicidad de sistemas diversos y que, en consecuencia, los po el impuesto absolutamente Puntarenas, Mayo 30. Hoy autor, según creemos, en que se la y 30 fondeó el vapor declara insubsistente toda disposi que rigen en las naciones. Las bres pagan la mayor parte de proporcional, sin la menor ción y todo acto que contradiga divergencias implican el error, la contribución.
inquisición sobre la propiedad inglés Casma, de 357 toneladas. las leyes del 84.
porque la verdadera verdad es Otros economistas han he sobre la entrada, todo lo procedente de Chiriquí, con dia de mar, 34 tripulantes, capitán primera vista, no se notará una, así como es una la ver cho aceptar en las repúblicas cual en el fondo es la misma Reid. Sin pasajeros y consignala diferencia entre esta resolución dadera religión y la verdade americanas principalmente, cosa. qué digo podemos apli do Rohrmoser y Cía. Carga: y la de derogar la ley que sancio ra justicia.
los impuestos sobre los pro carlo? Existe, funciona desde 193 novillos.
na el contrato objeto de la dispu Sin embargo, casi todos los ductos importados, aunque no hace años. Está aplicado, es ta; para nosotros la hay grande, economistas y legisladores que perjudiquen en nada los pro el impuesto sobre la exportasinembargo, porque sólo se deroCOMUNICADOS han considerado el impuesto ductos nacionales que se les ción del café; y funciona adgan las leyes que existen, y en desde el punto de vista de la parezca, y aun cuando sean de mirablemente. nos da caudal RECTIFICACION CONVENIENTE que sanciona el contrato Jiménez justicia, de lo que él debería imperiosa necesidad, como las para pagar las deudas, para Cruz no tiene ese carácter. ser y lo que es aquí y allá, es medicinas, por ejemplo. Cuan salvar el crédito; y En algunos diarios de esta capital se ha afirmado, equivocadamenAyer, miércoles, se admitió el tán de acuerdo sobre la defi do eso sucede, óyese los ne cosa extraña! que él es cate, que ahora dos años cuando tuartículo 1: del proyecto Pacheco nición del impuesto, sobre la gociantes fulminar contra el mino para abolir modificar vo lugar el incendio de Lewcowiczque interpreta las leyes del 84, fuente que debe alimentarlo y gobierno; se les ve llorar junto este admirable instrumento de don Camilo Esquivel, Gobernador SALVADOR. Guerra.
TELEGRAMA he aquí, Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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