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EL HERALDO DE COSTA RICA.
CALENDARIO Noviembre de 1894.
ESTE MES TIESE 30 Días.
fesor.
Pte.
tar condición suspensiva de di nuestro litigio, con el pro Considerado el proceso de mites de la cortesía diploferir el estudio del asunto pósito de que una vez cons este asunto y tomando en mática.
hasta que se hubiera resuelto tituída ésta, comenzasen co cuenta la conducta observa Para concluír diré U.
Jueves 15. Santos Eugenio, obispo y el arbitramento en la cues trer los términos él con da por ambas partes respec que yo no tengo más que mártir, y Leopoldo, contión de fronteras entre Co cedidos en las conven to al Arbitro desde su acep una sangre y una patria: coslombia y Venezuela.
En ciones de arbitramento. tación hasta el momento mis tarricenses las dos.
En consecuencia el Minis mo en que debieran ser preCOLABORACION apoyo de esta condición susDe atto. Servidor: pensiva, el Arbitro manifes tro de dirigió los sentados los alegatos, fácil RICARDO FERNANDEZ taba la conveniencia de so Representantes de las dos es comprender la sorpresa Sr. José Maria Sánchez meter la misma comisión Repúblicas la comunicación que causaría al Gobierno de REPRODUCCION encargada del estudio de los fechada en Aranjuez, 11 Costa Rica la determinación Señor mío: Hay que con documentos relativos al liti de Mayo, en la que expre última del Gobierno de CoPOLICARPO BONILLA.
venir en que es hombre gio entre Colombia y Vene saba que, dictado el laudo en lombia; sorpresa que no ha terco. Su carta de ayer lo zuela, todo lo correspondien la cuestión de arbitraje so sido posible desvanecer aún Cuando en Honduras se orgaprueba. Desgraciadamente te al arbitraje entre Colombia metida Su Magestad por los en razón de no tenerse conizó el partido liberal y se funnada nuevo dice en ella; y Costa Rica, para lo cual, Gobiernos de Colombia y nocimiento alguno oficial de daron los periódicos que más porque todo eso lo han repe decía el Arbitro: el estudio del Venezuela, consideraba lle las causas y razones que sir tarde combatieron la administido a la saciedad, el Gobier asunto de que se trata, prin gada ya la ocasión de entrar vieran de base para adop tración del General Bográn y la no y los periódicos de Colom cipiará tan pronto como con ocuparse en la cuestión que un procedimiento fuera candidatura de don Ponciano bia. Ya El Heraldo le re cluya sus trabajos la referi de igual naturaleza le había de toda relación lógica con Leiva, porque era de creerse comendó U. la lectura de da comisión.
sido sometida por los Esta sus antecedentes. La nota en que continuaría siendo el mismo la memoria de Relaciones Posteriormente y fin de dos de Colombia y Costa que el Ministro de España orden de cosas, se creyó tamExteriores de Costa Rica, del evitar interpretaciones con Rica, y al efecto rogaba que en Bogotá contesta al de bien que el advenimiento de oaño 92; pero, señor mío, trarias lo expuesto por el la brevedad posible se sir Colombia, manifiesta la ex tro hombre en el poder, cambiase empeña en beber sólo en Arbitro en su aceptación, vieran remitir la Cancille trañeza que en el ánimo de ría con seguridad la suerte del país. Todos aquellos que forfuentes colombianas. Al fin nuestro Ministro en Madrid ría de Estado los alegatos su Gobierno ha causado a.
es natural que la sangre le pidió al de Estado de España, que presentaran en defensa quel incidente;extrañeza el mamos en las filas liberales, batire. Pero siendo redac Duque de Tetuán, se sirviera de sus derechos y que una explica perfectamente con la del Dr. Bonilla, creyéndole el vez recibidos éstos, el Gobier relación sucinta de los hechos llamado gobernar Honduras, tor de un periódico que se fijar la inteligencia que debía dice costarricense, debería darse la condición suspen ría, como lo había ofrecido, no de Su Magestad procedeq la motivan. En concepto del así porque sus antecedentes cometerse su colombianismo en siva relativa los términos al nombramiento de la co Arbitro no existía RAZON nocidos nos parecían ser satisel bolsillo y resolverse de dentro de los cuales se debie misión encargada de su es ALGUNA que hiciera esperar factorios, como por ver que sus fender, como está obliga ra dictar el laudo, según lo tudio.
aquella determinación; y, por doctrinas, publicadas en El Bien do, los verdaderos intereses estipulado en las convencio Trascurridos ocho meses el contrario, fundándose en Público, revelaban en su fondo de un grupo de costarricen nes referidas. En contesta después de la notificación los procedimientos seguidos de honradez, el más patriótico entusiasmo. Incondicionalmenses, con los cuales mantiene ción, el señor Ministro de anterior, y al vencerse ya el por los Representantes de las te entramos en la contienda eU. el compromiso de hacerlo. Estado le manifestó en nota plazo de cortesía concedido altas partes interesadas, telectoral y por último creímos Para satisfacción de los de 30 de Octubre de 1888, por el Arbitroá las altas parnía resuelto abrir el juicio que el medio extremo, la revolectores. reproduciré conti que no habiendo terminado tes para la presentación de arbitral y abrigaba la espe lución armada, podría realizar nuación parte de la referida arin los trabajos referentes los alegatos respectivos, fueranza de fenecerlo en cum nuestros propósitos.
memoria. Repito y sosten la cuestión de igual indole sorprendido el Gobierno de plimiento de su cometido. Apenas aclararon los albores go que Colombia rompió las que existe entre Venezuela y Su Magestad, por un despa no podía ser de otra manera, de aquel triunfo, se desvanecieconvenciones de arbitraje con Colombia y que mientras cho de 29 de Diciembre, que toda vez que el Representan ron en totalidad nuestras creenextrañeza del árbitro; prue que sobre ella no se dictara en ausencia del Represente de Colombia NO HABIA cias.
La conducta del Dr. Bunilla ba de ese rompimiento es el el fallo y se procediera al tante de Colombia en Ma HECHO OBSERVACION ALhecho de que Costa Rica se nombramiento de una nueva drid, dirigía al Arbitro el Mi GUNA RESPECTO DE LA SU ha sido insoportable. motivo por ha negado hasta la fecha comisión, no debía comenzar nistro de Relaciones Exte PUESTA CADUCIDAD de las el cual, existe entre nosotros un hondo abismo difícil de allanar.
reconocer la caducidad ale regir la aceptación del ar riores de Colombia, por con convenciones de arbitraje; hay Don Policarpo al mendigar la gada por Colombia.
bitraje que habían solicitado ducto del Ministro de Espa más, él se apresuró maniintervención del Gobierno de Tiene la palabra don Eze del Gobierno de el de na residente en Bogotá, en festar que presentaría en su Nicaragua y hacer que sus inquiel Gutiérrez: Costa Rica y el de Co el cual manifestaba los de oportunidad el alegato en fa fames huestes llegåran humi Así arregladas las dificul lombia.
seos de su Gobierno de cevor de los derechos de su Na llar, escarnecer y a destruir tades que motivaron la sus Esta aclaración bien ter lebrar una nueva convención, RECONOCIENDO ASI QUE nuestra amada patria, vilipenpensión de las gestiones en minante del Arbitro, en per ción sobre el particular con ESTABA INICIADO EL JUI diando su honra nacional, ha daА tabladas en Madrid, se reno fecta armonía con los térmi la República de Costa Rica, CIO ARBITRAL. pesar de do pruebas de su ambición valvaron éstas con fecha 19 de nos de la aceptación, fué co ya que en su sentir había es que esto es EVIDENTE, ante gar, de la inmoralidad y desverMayo de 1887 por medio de municada por nuestro Minis pirado el término dentro della declaratoria terminante güenza que le son característiuna comunicación suscrita tro, señor Peralta, al Minis cual podía válidamente dic del Gobierno de Colombia cas.
El Dr. Bonilla se concreta por los plenipotenciarios don tro de Colombia residente en tar sentencia el alto Arbi de haber caducado los podeManuel María Peralta y don Madrid, en nota de de No. tro. Esta manifestación del res conferidos al Arbitro, el satisfacer de lleno sus odios y Carlos Holguín, en represen viembre, sin que entonces ni Gobierno de Colombia se Gobierno de Su Magestad se venganzas personales, sembrantación de sus respectivas re después presentara objeción deduce terminantemente de ha creído desligado del com lo miseria. El roba, asuela, inpúblicas y dirigido al Gobier alguna sobre el particular. la importantísima comunica promiso de llevar término cendia y inata; protegido por las no de acompañándole El 16 de Marzo de 1891 fué ción dirigida al Represensu cometido, sintiendo a la sombras de la noche, fusila y copia auténtica de la conven resuelta la cuestión de lími tante de Costa Rica por el con la opinión manifestada apalea; su sed es insaciable.
ción adicional firmada en Pa tes entre Colombia y Ve señor Duque de Tetuán, Mi por aquel Gobierno, la cual, Tal ha sido y continúa sienrís, en la que se le declara nezuela. Con este motivo él Distro de Estado de Su Ma. sinembargo, respeta y acata. do la conducta del probo Gobercompetente para seguir cono Ministro de Costa Rica, en gestad, en 22 de Enero Ya lo ve señor Sánchez, nante, del regenerador de Honciendo del arbitraje propues comunicación fechada en Ma del corriente año, en que le como fué su país de , quien duras, como hace que le llamen sus asalariados escritores.
to y dictar fallo irrevocable drid 17 de Abril de ese trascribe la enviada al Mi rompió bruscamente y sin inapelable en la cuestión de lí mistno año, solicitó del Ar nistro residente de España fundamento alguno las con cia se cometen por la real orden ¡Cuánto escándalo injustimites. El Gobno. de en bitro se nombrase, de acuer en Bogotá, en contestación venciones de arbitraje. La del bien llamado Jefe del nota de 19 de Junio del mismo do con lo expuesto al acep la del de Relaciones Ex manifestación del represen partido liberal de Honduras. año, contestó aceptando el tar el cargo, la comisión de teriores de la República de tante de España no pudo ser Por eso mismo en situación cargo de Arbitro, pero con la estudio que debía conocer de Colombia.
más franca, dentro de los lí análoga la nuestra, Madam vez NO ESTAR CONFORME Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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