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REDACTOR, ADMINISTRADOR, toros.
pa que sofrir el no ELEBRALDO DE COSTA RICAEL HERALDO de COSTA RICA tendrá que ser juzgado por bar que, en materia civil, la La guerra civil puede in país, tacharlos y aún oponerfuncionarios sospechosos. aptigua legislación española cendiar un país y manteverlo se resueltamente ellos y Fundado en 1889 por Pio Ylques El deudor paede evitar se compadecía, más que la mucho tiempo en constante como consecuencia propender hacer levantar el embargo, poestra, de los desheredados ebullición, pero mientras esa al cambio de instituciones y LAFAEL MACHADO JAUREGUI consigoando la suma recla de la fortona. Pertenecemos guerra do lesione los intere de mandatarios mientras tenmada, las costas y un diez na época esencialmente ses de las naciones extranje ga argomentos en pro de su MIGUEL TAPIA.
por ciento para intereses fu positivista y nada de extraño ras, a éstas sólo corresponde labor destructora reformisEl rico podrá hacer tiene que ella se refleje hasta esperar el cumplimiento de ta, pero los efectos de esa eso: el pobre no.
en la legislación los hechos para seguir enten oposición do trascienden a la Desigualdad ante la ley Pronunciada la sentencia diéndose con el gobierno que esfera de los derechos vincude remate, puede pedirse la Colombia, Venezuela quede constituído. La ic lados en la nacionalidad.
Nuestra legislación hace ejecución de ella, dapdo fiantervención eo semejantes e Los límites entre Colomy Nicaragua al pobre de peor condición za de resoltas; para el rico mergencias es de suwa gra bia y Nicaragoa, si bien no que al rico. Esta es la tesis será muy fácil rendirla y pa En la actoal guerra civil veded, y en el Derecho in están definitivamente marca que nos proponemos demos ra el pobre será dificilísimo. de Colombia ha aparecido ternacional está restringida dos por la decisión de un trar con la brevedad que re Si una ejecutoria no pudie una complicación de carác casos sapremos en que sue árbitro, se ventila en un quiere un artículo de perio re tener inmediato cumpli ter interacional que, presen leo mediar principios huma terreno vedado en absoluto dico.
miento, cualquiera qne sea la tida como hecho lejano, se pitarios.
al apasionamiento banderizo.
Litigar cuesta dinero. causa que lo impida, podrá ha anticipado a los cálculos Pero hay más: conforme Por otra parte, lo que ha simás del pago de costas hay decretarse el embargo de bie fandados en la marcha de la doctrina modernamente do esclarecido y comprobado que gastar en papel sellado, nes, instancia del acreedor, las gestiones diplomáticas. establecida, nn gobierno ex por sólida documentación jumás o menos caro según sea en cantidad suficiente joiSegún parece la interved tranjero no sólo trapa9s los rídica, no poede no debe la cuantía del juicio y ve cio del Juez para asegurar ción de Venezuela y Nicara límites debidos cuando inter destruírlo el empuje de ona ces su naturaleza.
los derechos de aquel. El gua en el movimiento revo viene sino también cuando revolució el apoyo que Todo esto para el rico in deudor podrá librarse de es locionario de Colombia está en circunstancia, análogas on gobernante extraño sumisporta poco; para el pobre te embargo dando fianza por comprobada claramente. Ese reconoce la beligerancia. tre aquella con el intento la cantidad reclamada significa mucho. оо intervención noimporta que Cueodo la guerra civil, ob de ensanchar el territorio de Es verdad que puede ser cincuenta ciento más por haya sido más o menos di serva un distinguido exposi su país por medios que visolicitado el beneficio de lisi ra costas intereses.
recta sólo puede proceder tor, es de aquellas que Harciap de palidad cualquiera gar como pobre; pero para Ya bemos dicho cuán diri de dos causas, ninguna de llock apellida de insurreción, demarcación establecida de ello es preciso que el capital ciles si no imposibles son las las cuales tiene virtod jas las cuales solo tienen en mi esa suerte, unido a los joruales, sueldos Ganzas para el pobre; así es tificativa: la simpatía la ra un cambio de institucio No obstante, DOB resistiy rentas de que se goce, cal que él tendrá conveniencia.
Des de personal en el go mos creer que la referida culados por un año, no lle embargo proveniente de una No es admisible la pri bierdo, sin afectar en nada a intervencióo procede de la gae doscientos cincuenta ejecutoria todavía que mera, porque el perjuicio que las naciones extranjeras, co seguuda causa, porque DO colones.
puede teper inmediato cum en tal caso sufren los iotere mo las guerras de las Rosas, acertamos comprender el Poquísimos serão en Cosplimiento ses del país, cuyo gobierno en Iogiaterra, la de los Güel derecho que asiste ada reta Rica los ue durante todo El pobre poede tener gran interviene en lacha que no fos y Gibelioos en Italia, y volución al simpatizador on año no puedan gapar tan de urgencia de contraer ma le incombe, representa una las de facciones en Méjico y de ella para respaldar sue exigua cantidad. Sin duda trimonio. pues do so le dis pérdida mayor que la Sor América, el reconoci procedimientos con la integananpensarán los edictos que bap cia por eso es que nadie hemos que se obtendrá con el miento que un gobierno exgridad del territorio nacional visto litigando como pobre.
de publicarse en el periódico trionfo de una parcialidad tranjero hiciera de los con como si se tratara de un fonoficial, con ocho días de ioAntes de la iniciación de política del país extraño tendientes como beligerantes, do poblado por siervos de la go jaicio puede pedirse em lidad que no excederá de interventor granjearía sa pa carácter de neutral, implica tervalo, si no paga ada cap babría perjuicio porque el asumiendo respecto de ellos e! gleba.
bargo preventivo. Para ello PEDRO CARREÑO.
doscientos colones vi bajarátria la enemistad de la parte ría un manifiesto agravio bees necesario depositar el veinde cincuenta. Nada es eso agraviada, de donde po may cho al gobierno constituído, te por ciento de la cantidad para ap rico, y para el noto tarde surgiría la discordia contra el cual se ha puesto porque se pide el embargo. riamente pobre constituye un internacional. La participa en lacha oda parte más CRONICA INTERIOR Al rico le es muy fácil hacer imporible, ese depósito, mientras que el ción de ao Estado en las des meuos considerable de sus Podríamos citar mochos avepiencias domésticas del súbditos. Además, reconoCALENDARIO pobre no podrá verificarlo.
casos más en comprobación vecino tiene muchos puntos cer la beligerancia una id. FEBRERO 1º DE 1901 Establecido un litigio, coal de las desigualdades legales de cootacto con la osrpa surrección es auxiliarla mo quiera de los litigantes puede que favorecen a los ricos y ción de la soberanía.
pedir fianza de costas.
Tiene 28 días ralmente, y op apego de este EI perjudican a los pobres; pero El Estado posee derechos género tiene muchas veces Miércoles, 13. Santos Benigno que es rico siempre encuen baetan los que hemos acumu que no se comunican otros el alcance del que se presta mr. Estéban deGramtra muchísimos que lo fien; lado en este breve artículo. por la simple volontad de en forma de expediciones mont, Gregorio II, pa.
el que es pobre buscará en no olvidemos que, en ma una agropación que se agita armamentos.
pa, Catalina de Rizvano quien le preste tap one teria crimioal, hay penas en su sedo.
zis, vg. y Martiniaroso servicio. la no red conmutables con dipero; el apellidamos con ese nombre que apontamos al principio, La segunda de las causas no, ermitaño.
Lutisticio Sur 4 en Sadición de aquella fianza, a gitario.
pobre tiene que sofrirlas cors que es el sojeto ep que sea la conveniencia tam Mercurio en conj. con lamda rruina los derechos del que porales. en tanto que el rico radican tales derechos, no se poco justifica la lotervención Acuario 7. a, m, estando la esDo la da.
las elude mediante un decem reduce un puñado de cio de Venezuela y Nicaragua Para recasar up Juez bolso que para él es insigni dadanos; es algo más amplio, en el conflicto de Colombia de 1: Instancia es preciso ficapte.
más extenso, que abarca el y menos si, como es muy rativa Así hemos dado en Comisión conmemodepositar cincuenta colones, Se nos dire que las dife conjunto contenido en 808 probable en el presente caso, llamar a la comisión encargada un Magistrado cien colouer; rencias de fortuna originan fronteras sío distinción de se refiere cuestión de fron de la Revista de Costa Rica, es varios Magistrados, ciep desigualdades naturales ine colores políticos. He ahí por teras.
por cada uno de ellos. Para vitables. No lo dudamos; qué la participación de que decir, de los progresos alcanzaLa línea fronteriza con dos durante el difuoto siglo recusar un Magistrado sin pero estamos considerando hablamos do puede justifi. Venezuela quedó fijada por XIX, de grata ingrata recorexpresión de causa, es preci al pobre y al rico únicamen carse aunque se lleve cabe el laudo del Soberano espadación. Segúo dice uno de los so pagar veinticinco colones te en el sogusto santuario de por acceder a las instancias iol, y como sentencia arbi diarios de esta capital, ban al Tesoro Público. Al rico la justicia y creemos que, sugestiones de un bando tral inapelable no está somepuesto renuncias dos miembros poco le importará constituir ante la ley, no debería pesar que procura asegurar el gol tida ulteriores transaccioimportantes de aquella Comiaquellos depósitos verificar con tanta eficacia el poder pe revolacionario por medio des de partido. Una parcia sean admitidas. Ya empezaron deseamos que no les este pago; el pobre no podrá casi mágico del dinero. de varios esfuerzos combi lidad poede fiscalizer hacerlos y a causa de ello! Nosotros podríamos pro Inados.
los trabajar, pues que terminen actos del gobierno de sol bus trabajos, en beoeficio y hon(D. Las Novedades)
La entidad que trella 0 S.
sión y Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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