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DIRECTOR ADMINISTRADOR. 00 Número del din. 05 Id. atrasado. 10 15. 00 20 el pasivo EL HERALDO DE COSTA RICA ciencia de los bienes del que quiebras, el acreedor con do meses de la retroactividad HERALDO de COSTA RICA venta de los bonosi Esta es una objeción que brado para cubrir la totali comento vencido, recouocido, precedierav la declaración AGUSTIN LUJAN debiera ser pesada por los dad de sus compromisos, la debe complir el deber de ha de quiebra, y en el párrafo 59 señores diputados, antes de fuga notoria ocoltacion con cer el protesto. poes si para prescribía que la fecha de la BERNARDO MONTERO CH. dar su aprobación al peligro la clausura del establecimien ana simple acción ejecutiva cesación de pagos fijada por Condiciones: so proyecto que actoalmente to sin dejar representante le tal formalidad es indispensa el Juez, obligaría a todos los Suscrición mensual.
tienen en discusión.
galmente autorizado, etc. etc. ble, con mayor razón debe interesados en la rescisión de El Gobierno, con la venta Todas estas averiguacio serlo si se trata de una de actos ocorridos antes de di Comunicados, columna.
de los bonos, adquiere un des que precedía la decla claración de quiebra, que es cha reclaración.
Gacetilias, línea.
Administración compromiso imedi to y pe ración de quiebra, tenían de mayores trascendencias. Como la nueva Ley de Calle 20 Norte, 150 varas al rentorio. Echase encima del inconveniente de dar tiem El protesto por falta de quiebras omite la disposición Norte del Telégrafo.
Da deuda, una obligación que po al quebrado fraudulento pago es el comprobaute me del 50 aparte del artículo 97 EL FERROCARRIL do pesa ba ecbre él, y do para alzarse y disponer dejor de que el obligado está de la Ley anterior de concurAL PACIFICO obstante ello, con todo y ad sos bieres, con graves per en estado de quiebra.
30, y el artíclo 1º de aquella goirir el compromiso de des joicios para los acreedores. La segunda parte del ar dispone que regirán en las OBSERVACIONES. contar los bonos, sin que el La nueva ley contiene es icolo 15 es indudablemente quiebras los títulos VII y Uo modesto proyecto pre ferrocarril llegue so térmi tas disposiciones: muy conveniente para pro VIII del Libro III del C6sentado al Congreso por var do, no se logra lo que se de Art. 14. En caso de futeger los intereses de los a digo Civil y el título IX del rios dipatadus, ha sido lo que sea, no se ven realizadas las ga ocultación de un co creedores y se ba previsto en Libro II del de Procedimienmovió al Poder Ejecutivo aspiraciones generales. merciante que haya cerrado e a disposición lo que no se tos Civiles, eo euanto no sean presenter otro, basado en u esto encierra an peligro su establecimiento que no previó en la última parte del modificados por la misma na combinación que no ins gravísimo.
haya dejado persona encar artículo 14, esto es: la de Ley, es entendido que el cupira piena confianza. El El contratista, teniendo los gada de manejar sus nego mostración del estado de rador cualquier acreedor pre yecto primitivo se basaba en bonos en su poder, bonos que cios y de atender el pago de quiebra con testigos de otro interesado puede ejercitar el que, mediante o empréstito debeu ser pagados, hará to sus obligaciones puede pedir modo satisfactorio, juicio derecho de promover juicio interior, que podría cubrirlo do lo posible para cobrar di la quiebra cualquier acreedel Juez.
sobre nulidad rescisión de chos valores, apelará todos dor, sea no su crédito del actos contratos del fallido el propio ferrocarril, se lleva El artícolo 15 va demasialos medios y recursos y pon plazo vencido. ran los trabajos hasta Santo do lejos en las consecuencias que se refiere el Capítulo II Domingo, con el propósito drá en juego toda clase de Para que el Juez la dedel Títalo VII del Libro III que se origioad, si on solo resortes de fomentar la exportación porque le sea 8bo clare, bastará del Código Civil.
que el acreedor acreedor de un crédito propado lo y la importación por la línea que se le adenda.
demuestre serlo, por cualquier cedeute de obligaciones mer En esta parte es la nueva del Pacífico, para libraroos qué bará el Gobierno medio que aquél estime bas cantiles, pide la declaración ley mejor que la anterior; de cea manera de las altas y en ese caso. qué recor tante, y que pruebe con testi de quiebra.
porque garantiza más los de 808 echará mano si no los enormer tarifas del ferroca gos, los hechos indicados.
rechos de los acreedores con Uo comerciante cayo acti tiene! No se verá obligarril al Atlántico.
Mejor sería para la comtra cualquiera fraude simu vo sea mayor que do perder lo que ha inver probación de los hechos in La operación, tal como se lación.
tido en efectivo en la obra dicados, que no son otros bargo en un momento dado do está quebrado, y sio em MARCIAL.
planteó, había encontrado ge: neral scogida.
del ferrocarril, lo gastado por que la fuga ocultación con puede carecer de efectivo pa la Nación, para el Pero hoy se discute otra clausora del establecimiento, ra cancelar un documento de los bonos!
PROTESTA. Don Pedro combinacióo, que será apro dejar al prudente arbitrio del plazo vencido.
bada indudablemente por el Conveogamos, pues, en es Juez la admisión de cualGutiérrez, ruego de don Juan Si no se halla en el caso Blas Veoegas, veterano del 56, tas dos conclusiones: Congreso quiera otra prueba y no exi del artículo 14 que hemos que no sabe firmar, protesta Se trata de la venta de los 1: La venta de los bo gir forzosamente ha de ser insertado, el caplimiento de contra uo artículo que apareció bonos emitidos nos es insuficiente pera lle testimonial la que se rinda.
el Go por lo dispoesto en el artículo 15 el domingo en El Derecho, fir.
bierno, bonos cuyo valor llevar el ferrocarril so térmi Art. 15. Si un solo a puede ser terrible.
mado por don José Blanco ga algo más de dos millo po, porque faltan por con creedor con documento venciruego de don Juan Venegas.
Lo más natural, en situa Dice el referido soldado, que ba Des de colones.
truir las dos terceras partes; do, reconocido por el deudorción semejante, es que es visto con indignación que em con esos dos millones loego el proyecto propuesto hecho ante notario y proce solo acreedor, presentado con pleando la mala te se use de su de bonos vendidos con su co As ineficaz dente de cbligaciones mercan documento veocido, entable nombre para hacerlo aparecer rrespondiente descuento, se La venta de los bo tiles, pidiere la quiebra, el acción ejecutiva, embargae como autor de conceptos com espera llevar feliz término uos, creando obligaciones pe. Juez la declarará.
bienes, los subaste y se pa.
pletamente contrarios sus y remate la redentora obra rentorias y orgeotes contra Igualmente la declarará del Ferrocarril al Pacífico.
deas políticas, que auoque no el Tesoro, es un peligro de aun cuando el documento no pero no que arroide del todo gue capital, intereses y costas; sabe escribir ni leer, no ha de lo menos esas son las gae el ferrocarril 09 rea da esté vencido, si el acreedor up comerciante que tenga jado de imponerse del fraude.
cional esperanzas, reales ilosorias, y pase ser empresa demuestra con testigos de bienes más que soficientes FELICITAMOS nuestra del Congreso.
extranjera.
otro modo satisfactortio jui para pagar.
simpática amiga, la señorita Celi Pero estadi mos algunas Nos parece que hay solicio del Juez, que el comerDa García, por el brillante resul: cifros.
dez y lógica en los razona. ciante ha cesado en el pago Dispone el artículo 19 de tado de los exámenes de la cla Si se examinan los docu mientos que hemos expuesto corriente de sus obligaciones, la Ley que, en el auto en que se que ha sa cargo tiene en la mentos oficiales, el valor del Toca pesarlos la legisla que ha dispuesto de todos se declare la quiebra, fije el Escuela Elemental wista de es ferrocarril construido basta tura revida para que se sal de gran parte de sus bienes, Jaez con calidad de ta ciudad.
el presente, asciende nos ve de la gravísima responsa en una forma sospechosa ra y en perjuicio de tercero, NUESTRO estimado amigo cuatro millones de bilidad que en el porvenir pesos.
que facilita la ocultación de la época en que hubiese el don Alberto Masferrer, ex cola sólo se han construído pueda gravitar sobre ells.
esos valores.
allido cesado en el pago co borador de esta hoja, ha sido 2008 32 kilómetros, faltando nombrado Cónsul General de Código de Comercio rriente de sus obligaciones, y El Salvador en la República Ar por terminar algo más de para geotina. Celebramos mucho. escincuenta.
pensable para que on tee variar la fecha del estado de te nombramiento. Masferrer, cabe preguntar en este dor de una letra de cambio, quiebra, en virtud de averi por su cultura inteligencia, caso: si con lo gastado no se Antes de ahora era moy de ova libranza de op va guaciones posteriores; pero el puede desempeñar con brillan ha podido llevar el ferroca dilatado el procedimiento que le pagaré, tenga acción e máximum de la retroactivi tez el cargo que le ha sido en rril sino basta Río Grande, debía preceder la obtención ecotiva, el protesto por falta dad en ningún caso podrá ex comendado es decir, hasta un tercio de de declaratoria de quiebra, de pago, becho con los que ceder de seis meses antes de SE NOS dice que la reunión la distancia del trayecto to cuando ésta no se solicitaba tal, 4cómo es concebible que por el mismo quebrado.
sean responsables al pago, la fecha en que se solicitare que estaba anunciada para el do.
mingo, de la Sociedad Italiana pueda llevarse el ferrocarril calidad de acreedor legítimo. Arts. 481 y 509. Había que comprobar la incluso el pagador directo. la quiebra.
de Socorros Motuos, no pudo hasta su término, sio contar la cesación de pago de las La Ley de concorso de Soponemos qne si ocorre 1865, en el párrafo del ar Es de sentirse que haya tan po verificarse quorum con pada más qua con la deudad vencidas, la insofi lel caso del art. de ley de tículo 97, disponía que los 6lco entusiasmo entre los miem ACTUALIDADES pago de Por aho Ley de quiebras exige como requisito indis. facolta al mismo Juez III por falta de Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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