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2 LA UNIÓN CATOLICA. COSTA RICA, AMÉRICA CENTRAL.
ca.
do pena de fuego ni Galileo ni Jorda podrá ser político de calle o de plaza, ni la verdad de los dognans, desde luego que no Bruno ni ningún liereje; quc tales altii hacer de la politicit una profesión; pero si ellos han iluminado como un sol la humaciones revelaban ignorancia de la listo debe ser eminentemente político, cuando manidad, en su marcha través de los siria; y que si el Diputado Santos quería dis como pastor trata de preservar su rebaño glos y las generaciones; que los efectos lucurrir seriamente, y como lo demanda la de instituciones políticas contrarias ásu fe, minosos de los dogmas eran manifiestos critica histórica sobre esos asuntos, los su moral. ásu rcligión. desde luego en todas partes; y que esto sólo hacia racuales no podían debatirse en un congreso que tenia que enfrentarse esas institucio zonable el dogma, aunque en si mismo sino en una sesión académica cn duración nes invasoras del campo católico, él y to fuera incomprensible; y que no había nada de largos dias, aunque hubiera necesidad dos los sacerdotes y todos los clérigos te más irracional que la negación de los dogde escribir volúmenes, el Presbitero Tre nian que ser necesariamente políticos; que mas, por la sola circunstancia de superar jos lo invitaba ello. Manifestó asimismo al mismo tiempo que el hombre es un ser la capacidad de nuestra pobre razón; que el señor Trejos, que las proposiciones del religioso lo es también politico; que eso de tal procedimiento equivaldría negar la Syllabus que fueron leidas por el Sr. Dipu imaginar a la política separada por honda luz, el calórico el magnetismo y la electritado Rodriguez, eran altamente racionales quiebra de la religión, es una ilusión, una cidad, tan sólo porque se ignora su eseny la interpretación más perfecta de la justi quimera, un canto que suena bien en oidos cia y naturaleza. ya que se conoce la cia, y la garantía más excelente de las liber acostumbrados melodias liberales; pero existencia de estos agentes naturales, tan tades humanas, sobre todo de las libertades que no es así en la naturaleza de las cosas. sólo por sus efectos, debemos reconocer políticas: que para comprenderlo asi, basta Que si hubiera de concederse mérito a las con mayor razón, la existencia de los dogría examinar seriamente cualquiera de e razones del Diputado Sr. Sácnz, podría de mas, porque no hay paso histórico, no hay şas proposiciones para descubrir cuán erra cirsele en consecuencia de su principio: el tiempo y espacio en donde no se reveleri dos andan los que osan calificarlas de ab médico debiera estar siempre atento a su maravillosamente sus efectos. El señor surdas: que a este respecto, no tendría in profesión, siendo su lugar la cabecera del Diputado Montero guardó humilde silencio.
conveniente de discutir en debido lugar, y enfermo, y en cualquiera hora que el toEn el debate del art. de Reformas no allí en el Congreso, por tratarse del a mase participio en la política, era preciso Constitucionales, el Diputado Trejos expusunto práctico de si el sacerdote puede rechazarle diciéndole:«alto ahi: médico, tu so que el sufragio de un solo grado no era concurrir al sufragio como elector o clegi profesion es curar: no te metas en politi el más eficaz para producir una elección do. Los cargos que el Diputado Sr. Santos El Sr. Diputado Barquero dijo que acertada, porque este sufragio suponía hacia al señor Trejos por el juramento que era católico y que por lo mismo deseaba a una multitud más o menos considerable de había prestado fueron desvanecidos por los sacerdotes en su lugar. El Sr. Presbí personas de diversos caracteres, de difeéste con la manifestación de que él había tero Trejos suplico al Sr. Barquero definie rente edad, y de distintas tendencias; tojurado acatamiento y defensa de las leyes ra lo que significaba para él la palabra ca das fáciles de dejarse fascinar por la voz de la República en general; que como leyes tolico; palabra que no sólo significa la reli exaltada de algún hábil demagogo que tradebían estar conformes al ideal eterno de la gión que se profesa sino también el orden te de imponer un candidato, valiéndose justicia, el cual preside de un modo mara moral, politico y social del Cristianismo. El para ello de promesas de libertad y de ofrevilloso las leyes de la Iglesia, las cuales Sr. Diputado Aguilar no definió y guardó cimientos de dicha y contento a todos los no están en pugna con las leyes civiles, ra humilde silencio. Sometida rotación la ciudadanos, pues era muy posible que tal cionales, justas y equitativas de los pueblos. exclusión del Clero del derecho de súfra demagogo alcanzase triunfo por la propenQue una que otra ley que existiese contra gio, fué aprobada por mayoría de rotos. sión de las masas, en globo consideradas, ria las Instituciones de la Iglesia, no le WEn la siguiente noche, del presen a conmoverse con el clamor de voces de.
ponía en condición de perjuro, porque para te, el señor Diputado Montero manifes magógicas. Que las personas serias que eso estaba allí como Diputado, para propo tó que no podian ser electores ni elegidos se interesaran en la elección, observarían ner derogatoria reforma de leres inmora los que tributaban obediencia ciega su un lenguaje de paz y de convencimiento, les inicuas, como lo son el matrimonio soberano como lo hacían los clérigos. El lenguaje que sólo oirian bien en la multitud civil y la secularización de los cementerios, Diputadenpresbítero Trejos, usando de la que escucha, aquellos personas serenas, leyes que se respetan en lo posible mien palabra. que venía notando en las dis respetuosas y refiexivas, que ya no se patras existan, según el principio de dura cusion: e la Cámara, cierta tendencia gan mucho de gritos ni de pomposos ofrelex sed est lex. Que lo mismo que él han her. quiera sea de soslayo, al clero ca cimientos de libertad. Que la reflexión, hecho los demás Diputados al prestar su juo toligrar. se para conseguir esto no había calmar un estudio comparati so de las enramento; que, dados los principios rojos, tidades la del Diputado Santos, éste sería también porn dad, como eso de la obediencia cie elección; y que era justo que las juntas ejuro, según su procedimiento, por haos. ué el clero obedecía libre y consciente lectorales, para más acierto, para modeleyes constitucionales en perfecta para pénte a las leyes de la Iglesia y su Ponti ración de un entusiasmo fascinador, siemriedad con sus principios. Que 16 fice, y que todos los sacerdotes pueden de pre peligroso, sacasen de su seno aquellas alli en el Congreso varios Diputatículosto mostrar con plenitud de evidencia, el por personas de su mayor confianza por su licos, ellos, según el raciocinia Di qué de su respeto y sumisión la Iglesia, honradez, experiencia y recto criterio, a fin putado Santos, serian tambiepe stüros y cuya sabiduria nadie, desde hace diez de que las representasen en la elección que no concebía cómo pudieran star puere siglos, ha puesto en tela de juicio; que hubiera de hacerse; y no sería esta sentantes de un pueblo, hombres crimina que protestaba interiormente contra la a medida antidemocrática, porque la verdales y perjuros.
serción infundada de que el clero es víctim dera democracia no puede confundirse con El Si, Diputado Sáenz manifestó que ma de obediencia ciega un superior; que la demagogia que generalmente busca el debe excluirse los sacerdotes y los mi ha obedecido antes, ahora y después con entusiasmo de las multitudes para imponistros de cualquier culto del derecho de pleno conocimiento de causa; precisamen nerse, y no la parte reflexiva y seria de las ser electores y clegidos; porque las últimas te porque con su raciocinio comprende mismas. Estas personas escogidas de las clecciones revelaban que el clero se había. que la verdad se encuentra en la Institu juntas populares, pueden hacer ya con mctido en politica, y que en su concepto csción que sirven, y de ninguna manera más uniformidad y con menos exposición to no era misión del sacerdote.
en otras iglesias que descubre ser mise a motines tumultuosos, la elección directa El Diputado Sr. Trejos, replicó que ras parodias del Catolicismo. Que si algu de personas elegibles. Que en tal virtud, ningún particular tenia derecho para ne na obediencia hay libre y consciente, es la él deseaba se conservase la costumbre de gar al sacerdotc católico las atribuciones obediencia la Iglesia Católica, como pu elegir en primero y segundo grado. Que que le conferia su Iglesia; que él sabiq muy diera demostrarse haciendo la comparación se permitía observar, pidiendo venia a los bien hasta dónde llegaba su misigde nascon ciertas obediencias muy curiosas. El señores Diputados que sentían, pensaban estaba muy lejos de ser la que la emata señor Diputado Montero en réplica al señor y querían que los sacerdotes no se ingicaba el Diputado Sáenz; que daria uides Diputado Trejos, observó que la obedien riesen en política, prohibición que ningula Iglesia, antes que a cualquier particular cia al dogma, era una obediencia ciega, na Iglesia del mundo ha hecho a sus mien lo que respecta su misión de sacerdote; puesto que el dogma no se prestaba a ra nistros, que la elección de gobernadores y que era ella quien podía decirle, con me ciocinio ni a libertad de la razón. El Pres jefes políticos debe dejarse al Poder Ejejor conocimiento de causa, el alcance de bitero Trejos responde que el Cristianis cutivo, porque así como al Presidente de sus atribuciones; que la voz católies no de mo nada significa sin sus dogmas, mejor la República toca nombrar sus ministros sigria solamente la religión de la Iglesia, dicho, que los dogmas son los eternos asi al ministerio de Gobernación debe desino también el vasto organismo moral, so princípios del Cristianismo; que éste sin e jársele el derecho de escoger sus inmediacial y politico de la misma; que las nacio ilos seria inconcebible; que el señor Dipu tos servidores. De otro modo el ministenes llamadas católicas no son tales sola tado Montero no podia negarle que el Cris rio de Gobernación vendría ser un cargo mente por la religión que profesan sino tianismo, era lo más libre, racional y cons puramente nominal. Habria, además, el también por su jerarquía y sus relaciones ciente que podía darse en orden institu peligro de altivez de parte de gobernadores sociales politicas; que el sacerdote nociones. que nada era más razonable que y jefes políticos, cuando con causa justa, Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Uzano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y juventud Costa Rica
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