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An IT. Trim. 1: República de Costa Rica. América Central.
Júm 271 LA UNION CATOLICA.
Periódico Bisemasal Independiente.
ELITOK RESPOSABLE. La Unión Católica.
REDACTOR ADVIXISTRADOR, José Sanchez Hat est victoria que tincit mun1992. fides nostra. Joan v, Ubi enim sunt diw cel tres congregati in Romine mio, ibi Sze ÍT fedto cor.
Whath. XVI, 2010. San José, miércoles 22 de Febrero de 1893 LA UNIÓN CATÓLICA. divino y por la naturaleza misma de crear escíelas, privadas, confiadas id Id.
Szuscrición: Un trimestre.
OVO 00 SOBRE. CONDICIONES.
las cosas, tal enseñanza debe ser diri maestros que sepan ser lo que deben Remitidos. Cada centin de columna. 18 gida inspeccionada ahora pode ser; no simples y absolutos soldados Id. de intereses generales. IÓ LA CIRCULAR NO 147 Avisos: Cada centm. cuadrado (IV. OI esclavos de Inspectores masones, simos con mayor firmeja reclamar en faPor meses. 25 o menos. DEL SEÑOR. MINISTRO DE INSTRUCCION PUBLICA.
vor de la Iglesia tal intervención, cuan no representantes delegados de los Id. Por anualidad so 010 to que tenemos el honor de ver ex padres de familia en la cristiana eduSXúmero suelto.
presamente aprobados todos los acuer cación de sus hijos, hijos suyos y no Lá correspondiencia debe dirigirse al AdministraUno de los deberes más penosos de dos de la Unión del Clero, concernien del Estado.
dor.
un ciudadano que de veras. ama su tes a la instrucción de la juventud, Perdóneme el señor Ministro la du LA UNIÓN CATÓLICA 20 responde de los manuscritos que se le remitan.
patria, de un cristiano que siente ar por el Vicario de Jesucristo.
reza de estas expresiones. que la réder en su pecho el amor ła santa Administración: CALLE 19, NOS. 153 159 Iglesia y sobre todo de un sacerdote quedan por llenar en la enseñanza reEn vista de los vacíos, pues, que acción operada por una decepción es más terrible que el coraje producido que debe rendir culto la Verdad, es el ligipsa en las escuelas públicas, vacío por el combate de un enemigo, deciaLa Religión Católica Apostólica Romana, es de tener que censurar y en alt voz la rado. Ciertamente no esperábamos tan grande, que deja casi nugatorio, y la del Estado, el cual contribuye a su mantenisniento, sin impedir el libre ejercicio en la Re conducta de un conciudadano estimado a menudo peorque nugatorío, pernicio que nuestro amigo nos entregase atapública, de ningún otro culto que no se oponga de todos, de un católico que paladina. so el decreto mencionado, no es pedos de pies y manos a nuestros enea la moral universal ni las buenas costumbres mente ha siempre confesado y defen noso ver que nuestro católico Ministro migos. No nos figurábamos que la dido la santa Religión, especialmente de Instrucción, Licenciado Jiménez. dictadura, tomada, según se decía, paLa enseñanza primaria de ambos sexos es. ora contener los desbordes de los enebligatoria, gratuita y costeada por la Nación. si ocupa una posición social y politica declare en la circular que motiva es: La dirección inmediata de ella corresponde muy elevada.
taş líneas que la principal de las ramigos del pueblo y de su Gobierno, Jas Municipalidades, y al Poder Ejecutivo la suprema inspección.
El primero lo es mi húmilde perso zones que alegaban los padres de fatuviese por resultado, entregar éste en. Art. 52 ibidem. nalidad, á; falta de otras más compé mília para no enviar sus hijos las manos de aquellos.
Todo Costarricense extranjero és libre para tentes, y el segundo es nada mnenos escuelas sostenidas por el Estado, ha Siempre hemos apreciado y, mucho dar al seños Licenciado don Manuel Vi.
los establecimientos que no sean costeados con que el Honorable. señor Ministro de desaparecido por completo. No es fondos públicos.
cente Jiménez; pero en más estima te(Art. 5z ibidem.
Instrucción Pública, Licenciado don doloroso verlo compeler los padres Manuel Vicente Jiménez.
de familia al envío de sus hijos esnemos la verdad y el bien público.
Todos los habitantes de la República tienen Amicus: Socrates, amicus Plato, sed et derecho de reunirse pacíficamente y sin ar Él, al subir al alto puesto que ocupa, cuelas dirigidas a menudo, por maesmagis amica veritas.
entos para conseguir el boton elementos con estrenos hízoros concebir las más halagüeñas tres que no les inspiran confianza, porEscasú, 17 de Febrero de 1893.
políticos y examinar la conducta pública, de los esperanzas. Pronto empezaronáconfir qué en gran número son los mismos funcionarios.
Pre ro, Luis HIDALGO.
Art. 33 ibidemoli. marse con el célebre Decreto de de que nos dejó la masónica, administradit.
de palabra o por escrito, y publicarlos por mes Costa Rica toda aplaudió, y al cual hi usar como arma de empuje las mismas dio de la imprenta, sín previa censura, quedando responsables por los abusos que cometan en el cieron coro tań justiciero hasta los que tantas veces hemos rechazado lo TIGESIYA NOVENA CARTA PASTORAL ejercicio de este derecho, en los casos y del mo mismos liberales. Porque si bien eso gicã enérgicamente en la prensa, en do que la ley establezca.
el Congreso, como opresoras de la lino era sino un paso más, dado en pro Art. 37 ibidem.
EL CONSUMO CRECIENTE DE BEBIDAS ALCOHOLICAS Ninguna autoridad puede arrogarse faculta de la causa verdaderamente popular, Þertad, ahogadoras de la paternidad, des que la ley no le concede.
de la instrucción cristiana de los nidestructoras del magisterio, hostiles (Continría. Art. 16. ibidem. ños, que todavía dejaba grandes vaá la Religión verdadera; saber, artiLAS DISPOSICIONES DEL PODER LEGIScios en ese terreno, era al menos, culos de la llamada Ley de Educación LATIVO DEL EJECUTIVO QUE FUEREN Luego la salud de que parecen gozar los bebedorés es apariencia, y la CONTRARIAS LA CONSTITUCIÓN, SON paso adelante, no sólo en pro de la común que no pudo defender ni su NULAS DE NINGÚN VALOR, CUÁLQUIERA Religión, que es el mayor bien de los autor cuándo se metió en el Congre apariencia engaña.
QUE SEA LA FORMA EN QUE SE EMITAN.
En cuanto la opinión de que el LO SON IGUALMENTE LOS ACTOS DE LOS pueblos, sino también de la Constitu so. no es desconsolador ver nuesQÚE USURPEN FUNCIONES PÚBLICAS, ción y de la Democracia. Así los tro señor Jiménez adoptar, contra la beber da fuerza, dice el mismo (el LOS EMPLEOS CONFERIDOS SIN LOS RE pueblos, en sus entusiastas y magnífi Religión y la patria potestad, hasta Ilustrísimo señor. Egger. CiertaQUISITOS PREVENIDOS POR LA CONSTITU cas manifestaciones, lo dijeron; así en una circular del Ministro de la Admi mente, después de la bebida se sienCIÓN LAS LEYES. Art. 17 ibidem. su Memorial de agradecimiento el cle nistración que en todo sentido ha sido te aliento y fuerza. Pero esto no es Los funcionarios públicos no son dueños sino ro alta. y. claramente lo proclamó. En verdaderamente masónica impia, in fuerza verdadera sino solamente una depositarios de la autoridad. Están sujetos efecto, todos una, a la vez que nos constitucional y opresora. qué nos excitación. El alcohol irrita por un las leyes y jamás pueden considerarse superiores ellas.
mostrábamos justamente agradecidos, queda que esperar cuando sabien tiempo el cuerpo, cuyos nervios y mús Art. 19 ibidem. por los grandes principios proclamadas de la existencia de tantos inspec culos desarrollan entonces una enerHe jurado cumplir y hacer cumplir la Cons dos en los considerandos del referido tores y maestros indiferentes y aún gía mayor. Después de la irritación útución y las leyes de la República: solemne promesa, síntesis la más completa que puedo Decreto y por el contenido del mismo, impíos, que manejan más bien tensión sigue el relajamiento, la présentar en mi. programa de Gobierno. notábamos que para que no quedase destruyen la educación, llega decla excitación de las fuerzas debe ser paJOSÉ RODRÍGUEZ. ilusorio y surtiese efecto pleno, y de rar que las escuelas privadas que se gada con una debilitación de las mis(Discurso inaugural de de Mayo de 1890. veras llenase las justas y muy justas han creado al calor de la aversión con Cuanto mayor fué la irritación, aspiraciones de nuestro honrado y la que la mayoría de los padres de famitanto mayor será el abatimiento. ΕΙ borioso pueblo, no bastaba el restable lia miraban las escuelas oficiales, por remedio de restaurar las fuerzas es el CALENDARIO.
cimiento de las asignaturas religiosas estar proscrita de ellas la enseñanza reposo y el alimento. Excitar la naen las escuelas públicas, sin excep de la doctrina cristiana, no tienen hoy turaleza con medios irritantes es lo tuar los de segunda y profesional enrazón de ser. Como si la enseñanza mismo que fuetar un caballo en lugar FEBRERO. Este mes tiene 28 dias.
señanza, que el Decreto no comprencomunicada por maestros, que los hay de alimentarlo, es lo mismo que hacer de sino que era también menester muchísimos, ignorantes y hasta incré.
gastos que consumen junto con los inMier. 22. Témporas (4 yuno. LA CATEDRA DE que los encargados de tales asignatu dulos, pudiera ser cristiana!
tereses también el capital, es decir, la SAX PEDRO EX ANTIOQUIA. Santa Margaras no burlasen, por ignorancia por No, señor Ministro, la confianza no fuerza vital.
rita de Cortona, san Pascasio. Del Anti malicia, la voluntad del pueblo y de su se impone, se inspira. De suerte que. Fortificarse con un trago puede guo Testamento: Matusalén.
Gobierno. Por lo cual, temiendo que permitanos contradecirle: en el esconsiderarse como cosa inocente, y, si Juey. 23. Vigilia (4yuno. San Pedro Damiano, tal sucediese, se le pidió al Gobierno tado actual de las escuelas oficiales, se hace sólo excepcionalmente, no seob. confesor y doctor, y santa Müburga, visque no sólo extendiese la enseñanza aún de las primarias, hay muchas, rá tan dañino, pero siempre será pereligiosa todos los grados de Îns donde los padres de familia no pue ligroso, porque es el camino por donCuarto creciente a las a.
trucción. sino también que en la elec den, en conciencia, no deben enviar de muchos han llegado a la embriaVier. 24 Témporas. yuino. SAX MATÍAS, APÓSTOL. San Modesto y san Meiesio, obisción del personal docente fuese aren sus hijos; debiendo más bien impo guez. Al principio bebe uno para fordidala autoridad porquien, por derecho nerse los más penosos sacrificios para tificarse, después por costumbre, des.
un mas.
gen.
pos y confesores.
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