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Að in 511 República tie Cosii Rica. América Central LA UNION CATOLICA.
Diario Independiente.
EDITOR RESPONSABLE. La Unión Católica.
REDACTUR ADMINISTRADOR. José Sanchez Hac est victoria que vincit mundum, fides nostru. Joan V, San José, domingo 22 de Julio de 1894.
Tvitnim 5276 duo cel iT2S 2017 reza Fr zomine 20, iói szeme ir medio 20r2m. Mars. XVIII, 20. Id.
Avisas: Id.
Un mes IO 5) 00 10 20 ayer ha CONDICIONES. LA UNION CATOLICA. del pueblo y genuino represen lógica, ni de verdad científica histótante de esta Nación esencial rica porque. Remitidos: Cada centm. de columna. 18 A) No es ciero que la Iglesia por eminentemente católica.
Id. de intereses generales. IO Cada centm. cuadrado (IV. 10 OI sus cánones y dogmatismo exige de Por meses. 25 oo menos.
Las reformas constitucionales.
los sacerdotes sumisión completa y Hé aquí la exposición y conPor anualidad 50 oſo Suscrición: Número suelto.
traproyecto del Doctor Zúñiga: ciega en todo y para todo las déclaraciones, disciplina y propósitos Número atrasado Congreso Constitucional: de la Sede de Roma con renuncia táLa correspondencia debe dirigirse al Adminis La Gaceta oficial de Como miembro de la Comisión de cita de su libre pensar y querer de crador.
publicado tres diferentes dictá la Legislación paso dictaminar so LA UNIÓN CATÓLICA no responde de los costarricenses. Como añrmación gramanuscritos que se le remitan.
menes de las tres secciones en bre el proyecto de reformas la Cons tuita, la niego y daré mis razones Administración: CALLE 19, NOS. 153 159 que, por divergencia de opinio titución, en sus artículos 9, 36, 54, 62 su debido tiempo.
nes, se dividió la Comisión cu y 772 presentado esta Cámara por B) La Iglesia no es poder absoryo estudio se pasó el proyecto varios de mis apreciables y distingui bente, en el sentido que el proyecto La Religión Catolica Apostólica Romana, es de reformas propuestas la Consdos colegas.
le atribuye, y mucho menos extraño ia del Estado, el cual contribuye su manteni titución.
El Congreso Constitucional, etc. la República; pues si alguna docmiento, sin impedir el libre ejercicio en la Repúconsiderando. trina es bien conocida de los costarri; blica, de ningúñ otro culto que no se oponga El primero de esos dictámenes Que las mencionadas reformas censes es la de la Iglesia. cosa muy la moral universal ni las buenas costumbres, es el de la mayoria de la Comisión, la Constitución carecen, en casi to lógica, siendo como somos casi todos (Art. 51 de la Constitución Política. y lo firman los señores don das sus partes, de base sólida y racio católicos.
La enseñanza primaria de ambos sexos es ARGUÉLLO DE VARs, don Nico nal; y que lejos de llenar los vacíos y obligatoria, gratuita y costeada por la Nación. No es cierto que los sacerdoLa dirección inmediata de ella corresponde LÁS OREAMUNO y don LEÓNI corregir los defectos que se pretenden tes sean agentes eficaces de intenciolas Municipalidades, y al Poder Ejecutivo la su DAS PACHECO. Este dictamen ver en nuestra Carta Fundamental, nes contrarias al bienestar, progreso drema inspección.
deja en el goce de sus derechos la colocarán en un terrene más defecy efectiva autonomia de la Nación. Art. 52 ibidem. de ciudadanía los sacerdotes, tuoso aún.
Muy al contrario, la historia los muesTodo costarricense extranjero es libre para II. Que algunas de estas preten tra en todas partes como agentes al dar recibir la instrucción que bien tenga, en pero insiste liberalmente en que didas reformas están en abierta y pal tamente eficaces del bien en todas los establecimientos que no sean costeados con se prohiba hacer propaganda po pable oposición con la misma Consti sus esferas. Dígalo si no la exposifondos públicos.
lítica por clérigos seglares, in jtución, y que mientras ésta no se reción del Congreso de las religiones en (Art. 53 ibidem. Todos los habitantes de la República tienen vocando motivos de religión óva formará en todas sus partes, dichas Chicago, síntesis là más completa de el derecho de reunirse pacíficamente y sin ar liéndose como medio de las creen reformas carecerían de constituciona la historia religiosa.
mas, ya sea con el objeto de ocuparse de negocias religiosas del pueblo.
Nie lidad.
Admitirlas sería faltar al jura III. Que con las consideraciones cios privados, ya con el de discutir asuntos mento que prestamos al entrar por anteriores la adición hecha al artículo políticos y examinar la conducta pública de los también el ejercicio del sufraga uncionarios.
gio los militares en servicio acvez primera este sagrado recinto.
36 carece de fundamento. Además. Art. 33 ibidem. III. Que están en abierta y tertivo en materia de propaganda política no á los que forman el cuerNinguno puede ser inquietado mi perseguido minante oposición también con las se ve, por qué si unos tienen derecho ро de Policía.
por acto alguno en que no infrinja la ley, ni por creencias religiosas del pueblo para alegar motivos políticos puramente ia manifestación de sus opiniones políticas. El segundo dictamen está sus quien legislamos.
temporales, por qué el catòlico, cléri(Art. 36 ibidem)
crito por el Licenciado don AN Considerando estas razones apun go o seglar, no tenga derecho aleTodos pueden comunicar sus pensamientos DRÉS SÁENZ. Éste deja tamtadas en abstracto. y las siguientes de palabra por escrito, y publicarlos por megar motivos espirituales, para él tanen concreto: dio de la imprenta, sin previa censura, quedan. bién los sacerdotes en el goce to más sagrados que los temporado responsables por los abusos que cometan en de sus derechos de ciudadanía, Que la reforma del artículo 99 les.
el ejercicio de este derecho, en los casos y del en su inciso 20 al exigir que para ser pero no quiere que sean Diputa ciudadano se necesita saber leer y esIV. Que la reforma sustitución modo que la ley establezca. los artículos 54 y 62 en sus incisos dos, y defiende los individuos cribir etc. etc. es: a) reducir la ciu Art. 37 ibidem.
19 y 30 son un verdadero contrasenti, Los funcionarios públicos no son dueños sino del ejército contra la exclusión dadanía un minimum exagerado, y do. El inciso I! establece el sufradepositarios de la autoridad. Están sujetos las que pretende hacer de ellos la por consiguiente inadmisible; b) cogio directo; cosa es ésta muy simpáleyes y jamás pueden considerarse superiores mayoría de la Comisión. locar a la mayor parte de nuestros tica y muy realizable en la República ellas.
Art. rg ibidem.
El tercer dictamén está suscri actuales ciudadanos en un nivel infede Platón y en otras secciones. pero rior en garantías al chino turco; to por el Doctor don MARCOS no en Costa Rica: con el sufragio dic) hacer una ley inaplicable en la recto en Costa Rica, la mayor parte ZÚÑIGA, y es el que nos complaPENSAMIENTO práctića, pues saber leer y escribir son de los electores darían verdaderos golcemos en reproducir continua términos muy elásticos en mi conceppes de ciego y los autores del proyección, enviando nuestras felicita to. Si los legos en materia de Meto caerían más de lleno en el escollo Puesto que el principal instrumento de que ciones al joven cuanto inteligen dicina vieran algunas de mis recetas El que precisamente quieren evitar.
se valen los enemigos de la Iglesia es la imprente Doctor Zúñiga, porque su exá buen seguro que me negarian el Las atribuinciso 39 es redundante.
ta, conviene que los católicos opongan la buena la mala prensa para la defensa de la verdad y posición es una concluyente y raderecho de ciudadanía, si lo de saciones del Poder Ejecutivo son termitutela de la religión.
Les deben de los fiches zonada refutación del peregrino ber leer y escribir se atienen. d) desnantes este respecto.
tenerla eficazmente no sólo negando todo auxilio conocer hechos históricos de frecuenV. Que careciendo de base sólida lreapi odismo perverso, sino concurriendo direc proyecto de reformas con que se te repetición. Larga lista de persolas reformas hasta ahora aludidas, la tamente para hacerla vivir y prosperar, cosa que pretende manchar la Constitución nas pudiera citarse que sin saber leer creemos no se ha hecho bastante hasta ahora.
Política de la República, y por ni escribir han sido grandes hombres.
del artículo 72 carecerá también de Enc. de LEÓN XIII.
ella, que en esa exposición el Diputa Comenzad por Homero y tejeréis la do católico demuestra. por la más preciosa guirnalda. e) sustituCALENDARIO. energía con que se opone las ción sin recompensa es aquella de los medidas vejatorias con que, 10, 000.
Artículo único. No admitir ninNo hay en ello justicia, equidad y modo liberal, se quiere estableguna de las reformas constitucionales JULIO. Este mes tiene 3: dias.
razón, no ser que admitiéramos aque aludidas.
cer la más odiosa imposición so llo de poderoso caballero es don di San José, 11 de Julio dei 894.
bre los que, fieles su religión, Dom. 22. SANTA MARIA MAGDALENA, peninero.
Marcos ZÚÑIGA.
tente, san Platón, mártir, san Teófilo. combatimos las ideas de la maldiII. Que el inciso 39 del artículo Luu, 23. San Apolinario, obispo y mártir, san ta secta; demuestra, decimos, ser 9! está fur ar en razones de pura Liborio, obispo, y santa Primitiva, virvaliente defensor de los derechos convenie artido y no de sana DECRETA: gen mártir.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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