p. 1

Guardar

Ano II.
Hepriblica de Costa Rica rica entr.
im 1156 LA UNION CATOLICA.
Diario Independiente.
REDATOR. José Sanchez EDITOR RESPOXSABLE.
La Unión Católica.
1gXISTE Antonio Lehmann, s tistoria yut tincir 1924. rides nosire.
joar V, San José, viernes de Octubre de 1896.
Uhienim sunt wsdl 1745 2017. 11: in nomine meo. Di sin. Spruni (Mac. XVIII, 29. Sus arcas. 10 20 51 ADMINISTRACIOX Banco, que aparece publicado en gi Cada mes deberá publicarse la situa. las necesicaces de cambio 2amenta: la ción de todo banco Emisor.
CALLE 19. SCR, 105. 153 159.
La Gaceta de ayer, y lo mismo existencia de moneda de plata nacional, el El capital efectivo de los bancos estable Gobierno acuñará por cuenta del Banco y haremos con el proyecto de ley cidos en la República, antes de entrar en hasta la cantidad necesaria en piezas de Apartado del correo, 147.
sobre moneda, tan luego sea pula circulación la nueva moneda nacional de valor, ley y peso, iguales a las que actualoro, y que no baje de un millón de pesos, mente circulan, el codo parte de las baCorresponsal en Paris para anuncios y re blicado.
clamos: plata actual, se tendrá, para el efecto de rras de plata que el Banco tiene boy cz MR. BELORETTE: rue Caumartin, 5i.
JUAN BAUTISTA QUIRÓS, Secretario de comenzar operaciones de emisión, como Estado en el despacho de Guerra y Mari constituido en la forma que indica el inciVI na, encargado del de Hacienda y Comer so Con el objeto de proceder al estableciCONDICIONES.
cio nombre del Gobierno de la RepúbliII miento de la nueva moneda de oro y al ca y suficientemente autorizado por el seSuscrición por un s.
cambió del sistema monetario del pais, que 00 ñor Presidente de la misma por una parEn consideración de la renuncia del priNúmero suelto del día el Gobierno se propone realizar, éste se vilegio de emisión y de que, en virtud de atrasado.
te, y por la otra José Andrés Coronado, lo aqui convenido, el Banco tendrá que recompromete: Avisos y comunićados, precio convencional.
Director del Banco de Costa Rica, amplia ducir sucesivamente el monto de la emi1 invertir, desde luego, la cantidad Paco ANÝCIPADO.
mente facultado también por la Junta ge sión que hoy tiene derecho; en atención necesaria para acuñar en el más breve neral de accionistas del mismo, han conve asimismo que es preciso satisfacer la netiempo posible, quinientos mil colones CALENDARIO aído en celebrar el siguiente contrato: cesidad de mayor medio circulante, el Go 500, 000. bierno concede al Banco la facultad de ex29 hacer acuñar, además, seiscientos OCTUBRE, Este mes tiene 31 dias El Banco de Costa Rica renuncia el pri tender hasta cinco millones de pesos u mil colones. 600. 000. en cada uno de los vilegio exclusivo que le otorga el contrato emisión de billetes al portador, sin que paaños 1897 y 1898; seiscientos cincuenta Vies. Los Santos Angeles Custodios, Soto Ortuño de 21 de Octubre de 1884 pa ra ello tenga que aumentar su capital acmil colones en cada uno de los años 1899 san Leodogario, ob de Autún, y san ra erritir Biletes al portador.
tual de dos millones de pesos. El Banco y 1900; y quinientos mil colones en cada Guerin su hermano Esta renúncia tiene por condiciones: deberá mantener en todo tiempo una reuno de los años 1901 1902. Estas acu191 Qté mientras rija el presente con. serva metálica de la cuarta parte del valor naciones puede verificarlas el Gobierno en venio no podrá el Gobierno ernitir billetes cada período, de una sola vez por parque representen sus billetes en circulaal portador. Esto no impide la emisión de.
ción.
tes, siempre que se complete la cantidad fijada dentro del período que le corresLos aumentos de capital que pueda tepone hacer en forma y condiciones que ner el Banco dentro del período de ejecu ponde adelante se expresara; EL COLÓN (que será la nueva unidad ción de este contrato, no le darán derecho 29 Que en el raísmo período no se con emitir, pues es convenido que su emisión monetaria que se establezca y la base del cederá ninguna persona compañía el de billetes no excederá de la suma prefijasistema lo forman 778 miligramos de oro privilegio de emitir billetes al portador, aun da de cinco millones de pesos, y que el de goo milésimos de fino. Es entendido cuando la concesión haya de producir sus que la acuñación de las sumas se hará en Banco la irá retirando de la circulación en efectos después de tràscurrido el plazo de piezas no menores de dos colones, ni maPara conocer del proyecto de ejecución del presente contrato; la forina y épocas que adelante se détérmiyores de veinte colones; que para todo nan.
ley sobre moneda, del contrato 39 Que la ley general efecto legal, et aetual peso de plata nacioque se dicte panal será equivalente a un colón de oro; que La moneda extranjera de plata que guarcelebrado por la Secretaria de las establecer la libre emisiói, sje entre sus bases principales para. puesta esta última moneda en la circulada el Banco en sus arcas, según estado que ción, no será obligatorio, recibir en pago Hacienda con el Banco de Costa guientes: presentó a la Secretaría de Hacienda el más de diez pesos de los actuales en moRica el 25 del próximo pasado a) No podrá emitir ningún hanco cuyo día de Julio próximo pasado, se compu neda de plata nacionar o sean diez colones tará al igual de las barras de plata para el en plata.
mes, y del Tratado sobre propice capital sea menor de un millón de coloefecto de constizanar la reserva metálica que Las cantidades aqui fijadas para la acudad literaria con Francia, el Po b) El banco que quiera establecerse co está obligado a mantener en virtud de su mo emigor, ha de constituir su capital en nación, constituyen el minimum. que de és.
emisión.
tas debe hacer el Gobierno periódicader Ejecutivo ha convocado al oro nacional acuñado y efectivo; IV Congreso Constitucional de la c) El cambio de billetes se hará por oro mente hasta 1902; en consecuencia, el GoMientras el Banco conserve su actual bierno podrá aumentarlas en la cantidad República sesiones extraordi nacional; emisión de billetes, tendrá derecho de ind) La emisión de billetes no excederá que tenga bien y anticipar las acuñacionarias, que se inaugurarán las de unosetenta y cinco por ciento del capitroducir, libre de impuesto aduanero, las nes dichas en cualquier tiempo dentro de tal efectivo barras de plata que necesite para mante12 del lunes del presente.
todo el período fijado desde esta fecha hasner la reserva metálica que está obligado. ta 1902.
Se exigiré para garantia de la emic)
Dada la importancia de la cues sión, una reserva, de oro nacional que no También podrá el Banco en VII cualquier tiempo exportar libremente sus barras de El Gobierno depositará en las arcas del tión monetaria, y la ansiedad con bajará de cuarenta, por ciento de la suma de billetes emitida; plata o monedas de plata extranjera que Banco y éste conservará bajo su custodia, que sè ha esperado y espera una no fueren necesarias su reserva metálica Un interventor oficial antes de la para los fines que adelante se expresarán, solución satisfactoria de ella, va emisión verá si se han llegado las fondició y no se le cargarán derechos aduaneros 50todas las sumas que acuñe en oro nacional, nes de la ley y vigilará por que el Banco bre dicha exportación.
hasta completar cuatro millones de colo.
mosá reproducir el contrato ceV se encuentre siempre dentro de los límites nes. 000, 000. Sobre estas cumas, y lebrado entre el Gobierno y el de su derecho; Si llegare a ser preciso para atender sesenta días después de constituido cada La cuestión monetaria: cebu.
FOLLETIN levantarse para acercársele; pero no cipitadas preguntas del niño, éste con sualidad, fundaron una acusación conpudo y volvió a caer en sù silla. Llo tinuó.
tra la Reina; y pretenden que ella, con ráis. Quién sois? Aquí nadie me ¡Ella tan buena. tan buena. Oh! algunos oficiales municipales, conspiEL HIJO DEL BEY.
compadece. Dios mío, žtened piedad de mí. raba contra la Constitución, y mante. Soy un amigo vuestro, respondió iPero de qué la acksaban. Qué hizo nía correspondencia con las potencias (Continúa. el saboyano con voz conmovida, para que la condenaran. Ella le ha extranjeras. Estos fueron los princi Simón, escúchame. Tengo tanto. habéis venido traerme noticía bien todo mundo. Madre, mă pales cargos que le hicieron y por los miedo, estoy aterrado. Llévame dre inía. cias de mi madre. En dónde está?
cuales fué condenada muerte.
tu tienda y enseñame hacer zapatos. Qué ha sido de, ella. La condenaron en parte por algo El niño, que había escuchado sin y creerán que soy hijo tuyo; porque Desgraciaạo Principe! murmuró, que, dicen, habláśteis vos de ella. respirar estas amargas palabras, exsé, añadió con voz débil y acento doel desconocida, ahogando sus solložos. Yo! yo acusar mi madre. Yo clamó con la calma de la desesperaloroso, que ellos no me perdonarán y Oh. hablad, hablad, señor. está que habría dado mi vida antes que ción: que me matarán, como mataron mi enferma?
permitir que tocaran uno solo de sus. Soy un miserable que he asesipadre. La han matado! respondió el fin cabellos? Creedme señor, os equivonado mi madre. Jamás volverán Simón no respondió: salió y cerró cais!
gido saboyano.
mis labios pronunciar una sola palabruscamente la puerta.
Realmãos y escuchadme, Delfín, bra. Han matado mi madre? Entonces el niño se arrastró su al deciresto, volvió a su silla, en asiento habitual debajo de la ventanax rti madre? repitió el niño con angusrespondió. el extranjero. Os quedan tiado acento.
todavía algunas personas de la familia donde pasaba casi todo el día, des tenía los síntomas del mal que debía, de este momento hasta los diez y ocho consumirlo. Notó que el hombre que Silencio, silencio! Sí, esta mañana y podríais perderlas. como sucedió con las cuatro y media!
la Reina, y quizá perderos también. meses, y solamente unas horas antes había entrado con Simón. lo miraba en la guillotina, como mataron Sin duda vos habréis respondido im de morir. no volvió a proferir una pasin pestañear y con los ojos llenos de mi padre?
prudentemente algunas preguntas labra.
lágrimas. como las lágrimas no le permi. insidiosas, y sobre estas palabras, proCorriizza: Lloráis? dijo el Delfín, procurando tían al desconocido contestar las pre nunciadas tal vez po ligereza cay Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

    France
    Notas

    Este documento no posee notas.