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LA REPUBLICA, Domingo de Setiembre de 1972. 29 Asigna.
cupaciones no especificadas en los respectivos decretos de sala rios mínimos.
c) La asignación base nunca sera Inferior a tres veces el sa lario mínimo diario indicado en el inciso anterior, por cada uno de los tres primeros hijos menores de 16 años. Art. Para tener derecho a recibir la asignación familiar por los hijos en edad escolar, salvo aquellos inválidos, debera comprobarse anualmente a la Caja la matrícula respectva y presentar cada seis meses un certificado del plantel edu cativo, en que conste su asis.
tencia regular a clases. La no asistencia regular al curso lee tivo, obliga a la Caja a suspen der el pago de la asignación co rrespondiente.
NO ES SALARIO ta ley se establece, será finan clado mediante una cotizacion a cargo de los patronos, cuyo monto, en ningún caso podrá ser superior al del total de los sueldos o salarios pagados.
Con base en los estudios actua les respectivos, la Junta Direc tiva de la Caja determinará re glamentariamente la tasa de co tización correspondiente. Art. 13) Para los gastos de administración del régimen de asignación familiar, la Caja no podrá destinar más de un de los ingresos totales que pa ra este sistema recaude.
Asignación Familiar Mensual por hijo causante (en colones)
Sueldo o salario mensual del Por cada uno de Per cada uno de trabajador los primeros Jos siglentes (en colones)
hijos jos hasta Hasta 50 10. 00 00 Mas de 50 hasta 100 15. 00 50 Mas de 100 hasta 150 20. 00 10 00 Más de 150 hasta 200 26. 00 13. 00 Más de 200 hasta 250 33. 00 16. 50 Más de 250 hasta 300 40 00 20. 00 Más de 300 hasta 400 35. 00 17. 50 Más de 400 hasta 500 32. 00 16. 00 Más de 500 hasta 600 30. 09 15 00 Más de 600 hasta 700 27. 00 13. 30 Más de 700 hasta 800 25. 00 12. 50 Más de 803 hasta 24. 00 12. 00 Más de 900 hasta 000 23. 00 11. 50 Más de 000 hasta 100 22 00 11. 00 Más de 100 hasta 200 20. 00 10 00 (Vlene de la primera página)
DESARROLLO Más adelante, la exposición de motivos del proyecto señala que se necesita introducir un sistema que, sin basarse en el mecanismo de los salarios, aumente los ingresos familiares y amplle la capacidad de consumo, asegurando al mismo tiem po que los educandos perma.
nezcan en las aulas hasta la conclusión del tercer ciclo edu cativo, lo cual les perm tirá in gresar con ventaja en los pro gramas de formación profesio nal, e Incorporarse a la vida productiva. El proyecto contribuira al desarrollo de Costa Rica al evitar el fenómeno presente de que jóvenes de corta edad, sin formación alguna, deban traba jar prematuramente en condiciones inconvenientes con el propósito de llevar ingreso adi cional a sus hogares. la vez estimulara la per manencia en las escuelas y colegios para prepararse asi a in gresar al mercado del empleo Al llegar a los 18 años, en me jores condiciones.
900 Art. 79) Las sumas que la Caja pague por concepto de a.
signación familiar en ningún caso ni para efecto alguno, 56 tendrán como parte integrante del salario, y no podrán ser em bargadas, ni cedidas, ni traspa sadas bajo ningún titulo. Art. 99) Los asegurados que estén recibiendo subsidio por enfermedad, maternidad o res go profesional, tendrán derecho a que se les pague la asigna.
ción familiar respectiva comple ta, con base en el salario regu lar que han ven do recibiendo, sin tener en cuenta el periodo de incapacidad. Art. 10. Tendrán asimismo derecho a recibir asignación fa miliar en el monto y tiempo que determine el reglamento de es ta ley, los asegurados que que den cesantes involuntariamente. Art. 20) La cobertura del presente régimen de asignacio nes familiares, puede ser ampliada en forma tal que inclu ya el pago de asignaciones por jos inválidos, padres incapaci tados u otros dependientes.
Puede también ser extendida total o parcialmente a otros gru pos en la forma o condiciones que se establezcan en el respec tivo reglamento.
El transitorio primero de la ley dispone que la Junta Directiva de la Caja, dentro del plazo de 120 dias contados a partir de la promulgac ón de esta ley, deberá dictar el regla mento que permita la completa aplicación del régimen de asignaciones familiares conforme a las normas aqui previstas.
TABLA INICIAL DESPROPORCION Transitorio Tercero. Dentro de la reglamentación que debe ră ctar la Junta Directiva de la Caja, con base en los calcu Jos técnico actuariales respecti vos, se determinará una asignación familiar por cada hido menor de 16 años, cuyo monto inicial, para el período de vigen cia del Decreto de Salar os MI nimos que rige desdee el 19 de octubre de 1972, será de confor midad con la siguiente tabla: FINANCIACION Art. 12) El régimen de asig naciones familiares que por es Del articulado del proyecto, tomamos los siguientes aspectos fundamentales. Art. Se establece un re gimen de asignación fam liar a cargo de la Caja Costarricense de Seguro Social, como parte del sistema de seguros sociales que a esta entidad le correspon de atender. El propósito de es te régimen es compensar parcialmente las cargas familiares originadas en la desproporción del salario Individual y la com posición familiar. Art. 30) Los beneficiarios del régimen que por esta ley Se crea, tendrán derecho a reci bir una asignación famillar pro porcional al número de hijos a su cargo, y graduada conforme al monto de los salar os o Ingresos mensuales que perelban. Son beneficiarios de este régimen los trabajadores CUbiertos por el Seguro de Enfer medad y Maternidad, NORMAS Tiempo para hoy ESTA SEMANA POR RADIO: Programación NO 13 Mes 40 Del al de Setiembre.
HOY DOMINGO: Faro del Caribe 00 (tarde)
Radio Reloj 30 (noche)
Radio Monumental 30 (noche. LAS TRES ETCETERAS DEL LIBERTADOR (Radio Teatro Histórico. LIBERTADORES DE AMERICA (Serie conmemorativa de nuestra Independencia)
LUNES 4: Francisco Miranda MARTES 5: Simón Bolivar MIERCOLES 6: Simón Bolívar II JUE):S 7: Simón Bolívar WI VIERNES 8: Simón Bolívar IV EMISORAS: Radio Cima 30 Hora fija (C. Quesado) 1550 KHz.
Radio Rumbo 30 Hora fija (Cartago) 525 kHz.
Radio Sinai 00 Hora fija (El General) 1425 KHz.
Radio Casino 00 Hora fija (Limón) 1425 KHz. 1200 PHz.
Radio Sideral 00 Hera fija (San Ramón) 1350 PHz.
Libretos: Dalia Brenes Jiménez Producción: Nelson Brenes López Voces: M! Eugenia Chaverri. Aníbal Reyna. Alberto Reyno. Mario Sastre. Mariano González. Alvoro Marenco Wilbur Chaverri. Remberto Chaves Nelson Brenes Una presentación del DEPARTAMENTO DE RADIO del MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD DEPORTES.
VALLE CENTRAL. La asignación se otorgara con sujeción a las siguientes normas generales: a) por los hijos menores do 16 años se pagarà una suma que será mayor por los tres primeros y menor por los tres siguientes hasta un máx mo de seis hljos.
b) El monto de la asignación variará en proporción inversa al salario mensual del beneficiario, en tal forma que la asignación y el salario no exce dan un máximo equ valente a cien veces el salario minimo diario para las categorias de 0Aislados núcleos nubosos de poco desarrollo durante las primeras horas del día, predominio del viento moderado del Este Sureste. Después del mediodía la brisa del Oeste puede alcanzar la porción central del valle; determinando un marcado aumento de la nubosidad y propiciando la ocurrencia de chubascos moderados y dispersos sobre la mayor parte de la meseta central.
VERTIENTE ATLANTICA LLANURAS DEL NORTE: El viento será muy débil del Noreste; y el cielo se presentará nublado durante el primer periodo del dia.
Por la tarde, chubascos dispersos se producirån, de preferencla, sobre la falda y a lo largo de la cordillera.
Estos chubascos pueden ocurrir acompañados de algunas tormentas sobre los valles de Talamanca y la Estrella VERTIENTE PACIFICA GUANACASTE: Viento débil del Suroeste, ligera bruma y poca nubosidad en las horas de la mañana. En la tarde aumento apreciable de la nubosidad con suficiente desarrollo vertical; y originando luego chubascos y tormentas en especial, sobre los valles de Pa.
rrita, Diquis y Coto Brus.
En la provincia de Guanacaste se presentarán chubascos mo derados y dispersos en horas avanzadas de la tarde.
DANZA 72 Teatro Nacional 1042 SE PIENSA CASAR?
por TIENDA MARIA LUISA Ud. debe pasar FUNCION DE GALA: Teatro Nacional Martes de Setiembre p.
DIRECCION: MIREYA BARBOZA parte: El Paraguas Negro II Parte: La Danza y El Tiempo Participan: Profesores y alumnes de la Escuela de Danza Contemporánea de la Dirección General de Artes Letros.
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UNIVERSIDAD DE COSTA RICA Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica
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