Guardar

LA REPUBLICA, Lunes de marzo de 197417 Garrón contesta: MISA DE NOVENARIO en sufragio del alma de Concesiones a RECOPE José Peña Lamelo Sigue el texto de la respuesta del ex ministro de industrias Hernán Garrón, en la polémica sobre la Refinadora Costarricense de Pe.
tróleo con otro ex ministro el Lic Manuel Jiménez de la Guardia (a) Negativa ilegal a Imponer la protección arancelaria: Se oticiará hoy lunes de marzo a las 7:30 de la noche en la iglesia de San Cayetano.
Su afligida esposa: Noemy Pol de Peña Sus hijos: Alvaro y Aurea de Peña Roberto y Rosiris de Peña José Yolanda de Peña Guido y Soledad de Peña Javier y Ana de Peña Juan Carlos Peña Pol Hermanos, nietos y demás familiares invitan por este medio a este acto piadoso quedando eternamente agradecidos con su asistencia.
San José, de marzo de 1974 pesar de todas las gestiones de RECOPE. el Ministro se mantuvo en su tesis de no permitir la imposición de la tarifa protectora mientras no se llegara a un acuerdo con las Companias Distribuidoras. Asi lo manifesto categóricamente en el siguiente párrafo de su Nota Nº 1763 de de Diciembre de 1966. que dice. Es entendido que el plazo de vigencia del contrato comenzó a correr, para todos sus efectos legales, el de Diciembre de 1966, y que la PROTECCION ADUANAL de que habla la Cláusula VIII del Contrato NO SERA OTORGADA hasta tanto no este garantizada debidamente una normal DISTRIBUCION de los productos de petróleo en el país La frase hasta que no esté de bidamente garantizada una normal distribución de los productos de petróleo. la empleó el señor Ministro como un término eufenistico en sustitución de hasta que no se haya llegado a un acuerdo entre RECOPE y las Compañías Distribuidoras en materia de precios, o hasta que RECOPE no se someta a los precios aceptables para las compañías distribuidoras que le fije el Ministerio XXXXXXXXXX CUBANOS XXXXXXXXXX El dia de Marzo del presente año, la Sección Consular de la Embajada Americana iniciarà un Expanded Parole Program para los refugiados Cubanos. Este programa se llevará a cabo especialmente para aquellas personas que no calificaron previamente como parole. incluyendo. 1)
aquellos que salieron de Cuba alrededor de Octubre de 1973. 2) los que no estén permanentemente establecidos en otro pais y (3) aquellos que tengan probabilidad de conseguir alguna prueba de medios económicos que provengan de los Estados Unidos.
El programa consistirá de una primera etapa de presentación de documentos preliminares al personal consular, y luego de un procesamiento final hecho por inspectores del Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos.
En Costa Rica, el programa será aplicable solamente a aquellos Cubanos que reúnan los requisitos antes mencionados y que hayan ingresado a este país antes del de marzo de 1974. Este mismo programa se iniciará simultaneamente en aquellos países donde haya un alto número de refugiados Cubanos.
Los Cubanos que califiquen para el Expanded Parole Program pueden presentarse a la Sección Consular de la Embajada Americana los dias lunes, martes, jueves a viernes para la tarde de 1:30 a 3:30 con el fin de obtener información, o bien, para empezar a procesar su documentación para dicho programa. NO HUBO ACUERDO PRODUCTORES UNIDOS DE CACAO LTDA pasan por la pena de comunicar el fallecimiento de la señora El Contrato Ley hizo hincapié en la necesidad de que RECOPE comenzara su operación comercial tan pronto como fuera posible (Ver Cláusula Incisos (m) y in. y que tendría derecho a una tarifa proteccionista contra Ja importación de articulos similares.
En plena armonia con esa voluntad contractual y legislativa de la pronta iniciación de la operación comercial de la refineria, se estipulo lo siguiente en la Cláusula Vill. Dentro del estímulo para las industrias nuevas que otorga la Ley de Protección y Desarrollo Industrial, se conce de a la Companhia la protección aduanal que estipula el artículo 12 de esa Ley, tal como está vigente. Los beneficios que este artículo concede son: aumentar tres veces más el a foro es.
pecifico a los articulos importados similares. o recar garlos con un 75 de su valor CIF. Como actualmente el aceite Diesel no paga atoros y el gas licuado casi no paga, se aplicará a éstos dos artículos la protección del 75 advalorem.
De la simple lectura de esa Cláusula, en la que se usa en presente el verbo conceder y en forma imperativa el verbo aplicar. se deduce sin esfuerzos que el otorgamiento de la protección arancelaria, de conformidad con el inciso (n) de la Cláusula fue la de que la refineria estuviera en condiciones de iniciar la operación comercial Así lo interpretó la Procuraduria General de la República al evacuar consulta que le hiciera el senor Director General de Comercio Interior, en nota que lleva fecha 29 de Noviembre de 1966. Ver documento marcado Por consiguiente, la protección arancelaria debió ponerse en vigencia DE PLENO DERECHO, desde el momento en que legalmente comenzara el periodo de operación comercial de la refineria Sin embargo, el señor Ministro de Industria y Comercio sostuvo la tesis, renida con el Contrato Ley.
de que esa protección arancelaria no podia otorgarse sin que de previo se produjera un entendimiento entre RECOPE y las cinco companias distribuidoras de productos de petróleo establecidas en el pais.
El obvio que este entendimiento no lo exige el Contrato Ley, y menos como condición previa para el otorgamiento de la protección arancelaria En la Cláusula Viel Contrato Ley dispuso que habria libertad para distribuir los productos de la refineria, salvo para RECOPE. y que estas deberia celebrar arreglos equitativos con firmas distribuidoras o cooperativas que se organicen con ese fin, tuteladas Ministerio de Economia, Tutelar significa según el Diccionario de la Real Academia. guiar, amparar, proteger por lo que debe entenderse que al decir el inciso (D) de la Cláusula VI que los arreglos deben ser tutelados por el Ministerio de Industria.
significa que una vez celebrados dichos acuerdos el Ministerio de bia ejercer su vigilancia para que no perjudicaran al públicocuyo interés es el único que debe tutelar el Estado.
VALITE ON YEE Claro está que con esa negativa a poner en ejecución la protección arancelaria, se hizo prácticamente imposible llegar a un acuerdo sobre precios con las Companias Distribuidoras, porque estas adquirieron la seguridad de que, con sólo demandar precios bajisimos y condiciones inaceptables fara RECOPE, se haria imposible cualquier arreglo y, así, no se impondría la protección tarifaria establecida en la Cláusula VIII. y, consecuentemente, podrian dichas compañías seguir importando los productos que distribuían, negándose a comprar los que produjera RECOPE Desde que recibió la nota antes transcrita en lo conducente, se hizo evidente para RECOPE que ése era el instrumento que tenía el Ministerio en sus manos para tratar de some.
terla a la exigencia de aceptar lo que el señor Ministro creia que (Pasa a la pág. 20)
madre de nuestro Socio y Gerente, Fernando On. Sus funerales se efectuarán en la ciudad de Hong Kong: y le expresa por este medio su más sincera condolencia y a toda su familia.
Limón, Marzo de 1974 ACOGE ACOGE Recuerda a sus asociados el almuerzo que celebrará el día jueves de marzo a las 11:30 a. en el Hotel Irazú. Nos honrará la visita del Lic.
Jorge Sánchez futuro Ministro de Industria y Comercio, quien hará exposición acerca del Aumento de la producción en respuesta a la actual crisis en la economía nacional.
por el Para mayores informes llamar al teléfono: 22 03 49 SOLICITE SU RESERVACION Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

    Notas

    Este documento no posee notas.