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LA REPUBLICA, Lunes de junio de 197411 INSTANCIA PUBLICA ANTE: SUPREMOS PODERES DEL ESTADO: EJECUTIVO LEGISLATIVO DE: UNION NACIONAL DE COOPERATIVAS La IXa. Asamblea General de Delegados de la Unión Nacional de Cooperativas, reunida en esta capital el dia 26 de mayo próximo pasado, en representación de 145 cooperativas de todo el país, integrantes de los Sectores Federativo, Ahorro y Crédito Personal y Refaccionario, Agrícola, Pecuario, Mercadeo, de Producción, Industrialización, Electrificación Rural, Artesanal, Transportes, y Servicios Múltiples, que en conjunto afilian a algo más de 60. 00 familias, la mayor parte de extracción rural, acordó: politica de conversión de dólares a colones, tomando en cuenta el alza desmedida de los insumos y otros costos directos o indirectos de producción. El actual sistema de conversión y la política impositiva del Gobierno, están conduciendo a la ruina del sector más débil de la economia agrícola nacional: el pequeño productor, que es precisamente el que forma parte de nuestras cooperativas.
39. MOCION. Hacer pública excitativa ante el Poder Ejecutivo, correlacionadamente al Poder Legislativo, y demás instituciones autónomas o semi autónomas del Estado, a fin de que se oiga y se tome alguna resolución sobre los siguientes importantes problemas que hoy están afectando directa y de manera negativa al movimiento cooperativo nacional, según las mociones aprobadas en dicha Asamblea, y que a la letra dicen: Para que de manera positiva y reposada, se revise el reciente decreto ejecutivo, que prohíbe el uso del agua para riego en las cuencas hidrográficas de la Meseta Central durante la etapa de estación seca, por el grave perjuicio que esto está ocasionando a la producción de artículos horto fruticolas de consumo básico para nuestra población; y que de una vez se decida, en forma objetiva y práctica, si el agua es más importante en su aprovechamiento para la producción de alimentos, o para la producción de energia eléctrica en esta región, contando como se cuenta con tantas otras zonas hidrográficas.
40. MOCION: Para que se ponga en vigencia la Ley de Educación Cooperativa Escolar de tan trascendental proyección para el movimiento cooperativo costarricense, haciendo extensiva esta labor a todos los niveles educativos del pais. MOCION: Para que con carácter de emergencia nacional, se establezca algún sistema de supervisión sobre los precios de los insumos agropecuarios y otros artículos de consumo indispensables para el hogar costarricense, los cuales se han salido de lo que podria estimarse como un problema inflacionario de carácter internacional, para convertirse en una auténtica y vor az especulación, que está llevando a la agricultura menor de nuestro país por ahora a una retracción en las siembras, y para el próximo año en un posible desastre para la producción agrícola general.
Por este camino, se consideraria imprescindible el llegar hasta el control oficial de precios para los articulos importados y o de producción nacional.
El actual sistema de precios libres en el mercado está haciendo nugatorios todos los empeños del movimiento cooperativo por crear sus propias centrales de abastecimientos agrícolas o consumo familiar, con miras a una estabilidad en los costos de producción, y un posible equilibrio en cuanto a los precios para el consumidor medio que se está proyectando establecer, a través del Programa de Mercadeo Agrícola Cooperativo.
54. MOCION: a en Para que las becas de estudio, entrenamiento o formación cooperativa que constantemente el pais recibe través del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, otros Ministerios del Gobierno y demás entidades oficiales, sean distribuidas forma racional y equitativa entre el campo y la ciudad; y que en todos los casos se respete la especialidad o el campo específico que las suso dichas facilidades educativas traen como asignación.
Al transcribir. las presentes inquietudes del movimiento cooperativo nacional, expresadas en forma sincera y espontánea por los delegados a nuestra IXa. Asamblea General, sentimos gran complacencia en hacerlo del conocimiento de las más altas autoridades gubernamentales del pais.
29. MOCION: Para que al promulgarse la nueva legislación o se tomen medidas sobre la situación económico financiera del pais, se revise con la debida conciencia y a la luz de la realidad nacional, la posición de desventaja en que se encuentra el agricultor en Costa Rica, en su condición de principal proveedor de divisas, en relación con el valor de intercambio de los productos agrícolas exportables, a la hora de la fijación de la San José, Mayo 26 de 1974.
CONSEJO CENTRAL DE ADMINISTRACION DE UNACOOP.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica

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