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LA REPUBLICA, Viernes 16 de agosto de 1974 Primer Congreso Mundial de Centros Agrícolas ทางการ PARA MADERAS BARBARA Frente Clínica Clorito Picado Cinco Esquinas de Tibás Tels: 22 09 69 y 22 01 38 El Director de Planeamiento del Ministerio de Agricultura Alvaro Rojas Espinoza participará en el primer Congreso Mundial de Centros Agricolas Cantonales.
El Ing. Rojas, uno de los principales propulsores de estos centros, disertara sobre el tema legislación de los centros agricolas cantonales.
En su charla analizará aspectos históricos, las razones que justifican la promoción de los centros, el numero de estas asociaciones existentes en el país y sus realizaciones Ademas, analizará los esfuerzos que se hacen para alentar la participación de los agricultores en el desarrollo agropecuario nacional y en el mejoramiento de la vida rural.
Considera Rojas que los centros agrícolas cantonales constituyen excelente foro donde los pequeños y medianos productores pueden opinar sobre los problemas que los afectan, como un medio para movilizar recursos humanos que por lo general están inactivos y como un instrumento para eliminar el aislamiento en que vive el campesino e incorporarlo al procesode desarrollo Con base en esa consideración Rojas propondrá impulsar aún más las actividades de dichos centros como fuerza promotora de un mayor bienestar en el campo costarricense. OPT MINISTERIO OBRAS PUBLICAS DE TRANSPORTES AVISA: La dirección del proyecto recibirá ofertas hasta las 15 horas del día 29 de agosto para llenar el siguiente puesto.
ADMINISTRADOR Asaltan a vendedor en Salón La Terraza cuello, obligándolo a soltar la valija que tomaron en su huida.
Los detectives buscan a los ladrones de joyas que operan en ese conocido salón de baile capitalino Preparación académica: Egresado de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, preferiblemente con especialidad en Administración Pública Intermedia Sucido mensual: 64. 000. 00 Presentar curriculum vitae y atestados que estime pertinentes. Deberá estar disponible para trabajar de inmediato, con salidas esporádicas a cualquier lugar del país.
Después de la apertura de las ofertas y para complementar la información recibida, los interesados serán citados a entrevista que se definirá oportunamente, Las ofertas deberán presentarse en la Secretaria de la Dirección de Edificaciones Nacionales Un vendedor de joyas fue al salon La Terraza a tomar unas cervecitas y al salir fue asaltado por dos sujetos que le quitaron un maletin tipo ejecutivo que llevaba una cantidad de joyas para muestras de venta.
El perjudicado, Juan Cubillo, se presentó ante las autoridades de investigación presentó TA denuncia correspondiente. mani festando que trabaja para una joyeria en Puntarenas.
De acuerdo con la lista de muestras que llevaba en su maletin el vendedor estima lo robado en más de trece mil colones. Ha solicitado la intervención de los investigadores para recuperar las joyas, Serialo la victima que dos suje.
tos lo esperaron en las gradas de salida del salón y lo tomaron por el OBLIGACION DE ASEGURAR EN EL INS LOS RIESGOS QUE PUEDAN OCURRIR EN NUESTRO TERRITORIO EI INA confecciona basureros El. Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) ofreció la confección de 100 basureros para el Comité de Ornato y Embelecimients de la ciudad de San José.
Los integrantes del comité se reunieron con el Presidente Ejecutivo del Instituto Danilo Jiménez este aprovechó para hablarles sobre el INA.
Luego de ofrecer los 199 basureros dijo que el INA es una institución de transformación social. La mayor parte de nuestros muchachos estudiantes vienen de familias de muy escasos recursos económicos y aqui les damos el transporte, la alimentación y la ensefianza teórica y práctica.
Luego manifesto: Hemos abierto para estos jóvenes un campo que estaba completamente vedado: es el campo de la educación práctica con acceso a mejores salarios y mejores condiciones de vida.
El Instituto Nacional de Seguros se permite llamar la atención de las compañías nacionales o extranjeras con agencias o sucursales en Costa Rica, acerca de los alcances y prohibiciones de la ley y que estableció el monopolio estatal de toda clase de seguros en nuestro país.
La citada ley. que es la Nº 12 de 30 de octubre de 1924. fue promulgada durante la Segunda Administración del esclarecido Presidente de la República, lic. Don Ricardo Jiménez Oreamuno. El proyecto que se envió al Congreso Constitucional de la época contó con el respaldo del Presidente Jiménez Oreamuno y de su ilustre Secretario de Hacienda y Comercio, Lic. don Tomás Soley Güell.
Conforme a la ley mencionada, la administración del monopolio estatal de los seguros se le encomendó al Instituto Nacional de Seguros. fin de que no se infringiera la voluntad del legislador, se establecieron fuertes sanciones para las personas físicas o jurídicas, que violen o intenten violar en cualquier forma el monopolio que esta ley establece.
La ley es también clara y terminante en el sentido de que se reputarán como inexistentes y sin valor, las pólizas expedidas en contravención de esta ley y que deban tener su realización en el país.
De lo anterior se desprende con absoluta claridad que todas las compañías nacionales o extranjeras, con agencias o sucursales en Costa Rica, tienen obligación de asegurar en el Instituto Nacional de Seguros los riesgos que tengan su origen en el territorio nacional.
Para conocimiento de los interesados y para que nadie alegue ignorancia de las normas vigentes en materia de seguros, se transcribe el artículo de la ley de monopolio de seguros. Desde la fecha en que el Estado declare asumir el monopolio de toda clase de seguros, quedará prohibida a las compañías, sociedades y agencias y particulares el tramitar operaciones de seguro de la clase indicada en el respectivo decreto, y se reputarán como INEXISTENTES SIN VALOR, LAS POLIZAS EXPEDIDAS EN CONTRAVENCION DE ESTA LEY QUE DEBAN TENER SU REALIZACION EN EL PAIS. Toda persona física o juridica que viole o intente violar en cualquier forma el monopolio que esta ley establece, incurrirá en una pena de noventa o ciento ochenta dias multa, que se determinará con sujeción al artículo 53 del Código Penal vigente, y en inhabilitación de tres o seis meses con las pérdidas, incapacidades y privaciones que señala el artículo 57 del expresado cuerpo de leyes. Al reincidente se aplicarán las mismas penas principal y accesoria señaladas, pero elevadas en una mitad sus extremos menor y mayor. Cuando la violación o tentativa de violación del monopolio fuese imputable a una persona jurídica, se impondrán las penas indicadas a su representante legal y a la entidad representada solo la de inhabilitación absoluta. Para efectos de punición, la violación perpetrada y la tentativa de violación tendrán la misma categoria.
Informó además que para contribuir a la cultura de los estudiantes se piensa introducir materias como arte, apreciación musical, e incluso se estudia la posibilidad de dar Educación Obrera.
Se fortalecerá también la ac tividad deportiva El Comité está integrado por dona Esther de Jenkins, esposa del Ministro de Obras Públicas y Transportes, dona Daisy de Garrón. esposa del Ministro de Agricultura, Lilly de Venegas, Anik de Ortuño, Mercedes de Ulate. Daisy de Sáenz, el settor Walter Barrantes y los ingenieros Paulino Gutiérrez y Fernando Ocampo Corresponde al Juzgado Penal de Hacienda el conocimiento de las causas por violación o tentativa de violación del Monopolio de Seguros del Estado. Así reformado por Ley 5279 de 27 de julio de 1973. Por Decreto Ejecutivo 56 de 27 de agosto de 1943 el Instituto Nacional de Seguros asumió el monopolio activo del seguro contra toda clase de riesgos no contemplados por decretos especiales.
CINCUENTENARIO MORAL DE CLIO 1902 1974 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

    Presidentes de Costa RicaRicardo Jiménez Oreamuno
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