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12 LA REPUBLICA, martes 10 de setiembre de 1974 VIII El nino tiene derecho a un patrimonio hereditario libre de toda clase de taras que le proporcione el máximum de vi.
talidad favorable a SU desenvolvimiento fisico mental El niño tiene derecho al respeto de todos en la for.
mación de su personalidad 11.
bre de todas aquellas in fluencias que en alguna forma atenten contra su pudor o que maltraten su conciencia de ni.
fo o que perjudiquen su cuerpo 11 IX El niño tiene derecho a una festación normal garantizada For todos los medios de que la ciencia dispone y a que su ma dte sea protegida paru cumplir de la mejor manera posible su función maternal El niño tiene derecho a la máxima educación posible de acuerdo con sus capacidades: a convertirse en un factor de su propia educación.
desarrollarse siguiendo los intereses propios de su edad, y en medios educativos adaptados a el a 111 El niño tiene derecho a sus padres: por lo tanto a nacer Sic pre con honor. y cualesquiera que fueren las condiciones de su nacimiento está capacitado para el pleno y valioso desarrollo de su vida y de sus actividades sociales, IV Declaración de El niño tiene derecho a vivir su infancia, disfrutando de la alegria propia de este periodo de vida, tiene derecho también a la paz en el hogar y fuera de el y a que la sociedad le proporcione todas las condiciones necesarias para conservar esa alegria.
El niño tiene derecho al pecho de su madre y a una nutrición completa hasta el momento en que se le haya capacitado mediante una educación adecuada para que por sí mismo pueda ganarse su vida.
los derechos del niño X1 SAN JOSE, COSTA RICA El niño tiene derecho a la satisfacción de sus necesidades primordiales alimentación.
vestido, vivienda. curación y a todos aquellos métodos higiénicos que aseguren la conservación y desarrollo de su vitalidad, El niño tiene derecho a ser considerado como irres ponsable de sus actos, no hay, en consecuencia, ninos delincuentes sinonifos inadaptados, víctimas de la falta de previsión social o niflos enfermos que tienen derecho a más de todo lo establecido para el niño normal. a un tratamiento educativo correcional que lo convierta en un elemento útil para la vida colectiva.
Luis Felipe González Presidente Fundador del Patronato Nacional de la Infancia.
Propulsor de los derechos del nito.
VI El niño tiene derecho a no hallarse nunca abandonado ni moral ni materialmente, a tener un hogaro en su defecto a vivir en otro donde sea tratado como hijo, VII Miguel Obregón Justo Facio Alejandro Alvarado Quiros Mario Luján Secretario.
XII Todos estos principios integran el derecho del niño a la vida mejorada de la especie y constituyen la base de un anhelo de superación humana y de engrandecimiento nacional.
Hacer vivir en la conciencia del pais y en su vida diaria estos derechos, constituye la función del Patronato Nacional de la Infancia El niño tiene derecho a vivir sin ser explotado ni en su persona ni en su trabajo y a que la sociedad lo proteja dándols facilidades para desarrollar su vida sin qus ésta sea desnaturalizada, de setiembre de 1930.
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de la Infancia, Profesor don Luis Felipe González. relativo a las labores de esa institución en el año de 1932. Imprenta Nacional. 1933.
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El Derecho Tutelar de Menores y la Investigación de la Paterni.
dad. Publicación del Patronato Nacional de la Infancia San José de Costa. Imprenta Nacional. 1951 VEANOS Ticolor OU Confíe su revelado a los LABORATORIOS de IFSA Ticolor y Kodak le dan más que los demás.
Calle Avs. y contiguo Embajada Americana SUCURSAL ALAJUELA 25 vs. Oeste Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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