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LA REPUBLICA, lunes 23 de setembre de 1971 EL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Avisa al público que los bancos del Sistema Bancario Nacional, BANCO NACIONAL DE COSTA RICA BANCO DE COSTA RICA BANCO ANGLO COSTARRICENSE y BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO están autorizados para recibir DEPOSITOS LA VISTA, de acuerdo con las siguientes regulaciones: Esos bancos podrán recibir depósitos de ahorro a la vista en dólares. Tales depósitos devengarán una tasa de interés del anual, pagadera en dólares o en colones, a opción del depositante. La tasa de interés que devengarán los depósitos de ahorro a la vista en colones, será del anual; se exceptúan los depósitos de ahorro a la vista en colones mantenidos por escuelas o colegios, que serán del anual. En ambos casos se eliminan los límites máximos que habían venido rigiendo para la captación de estos recursos.
Setiembre de 1974.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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