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LA REPUBLICA, Miércoles 19 de marzo de 1975 En virtud de que en la Asamblea Legislativa se discute el problema de LA REFORMA AGRARIA nos ha parecido oportuno exponer algunos puntos de la DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA, que de una u otra forma tienen que ver con LA REFORMA AGRARIA.
legitimas de los pueblos, según las circunstancias diversas y variables, JAMAS DEBE PERDERSE DE VISTA, ESTE DESTINO UNIVERSAL DE LOS BIENES.
La Iglesia aprueba PRELUDIO: LA TIERRA HA SIDO DADA PARA TODO EL MUNDO NO SOLO PARA LOS RICOS (Paulo VI, Encíclica El desarrollo de los pueblos numero 23. la reforma agraria LA AUTORIDAD PUBLICA TOCA, ADEMAS IMPEDIR QUE SE ABUSE DE LA PROPIEDAD PRIVADA EN CONTRA DEL BIEN COMUN (Concillo Vaticano II, CONSTITUCION PASTORAL SOBRE LA IGLESLA, número 71. Por tanto el hombre, al usarlos, no debe tener las cosas exteriores que legítimamente posee como esclusivamente suyas, sino también como comunes, en el sentido de que no le aprovechen a el solamente, sino también a los demás. Por lo demás, el derecho a poseer una parte de bienes suficiente para si y para sus familias, ES UN DERECHO QUE TODOS CORRESPONDE.
Este es el sentir de los padres y de los doctores de la Iglesia, quienes enseñaron que los hombres están obligados a ayudar a los pobres, y por cierto no sólo con los bienes superfluos (asi San Basilio, Lactancio, San Agustin, San Gregorio, San Buenaventura, San Alberto, etc. Quien se halle en situación de necesidad extrema tiene derecho a tomar de la riqueza ajena lo necesario para si.
1) EL PLAN DE DIOS Nos dice Pío XII, que es una obligación fundamental el otorgar una propiedad privada a todos los individuos. Es algo de lo cual ellos son acreedores: nótese bien, algo que se les debe por justicia.
Dios destina los bienes de la tierra para que todos los hombres puedan vivir dignamente con ayuda de esos bienes y mediante su trabajo solidario.
mientras que otros se mueren de hambre: así nos dice la primera epistola de San Juan 17: Si alguno tiene bienes de este mundo y viendo a hermano en necesidad. le cierra sus entrañas, cómo es posible que resida en él el amor de Dios.
su El que tiene más de lo que supera su propia necesidad, cuando a los demás les falta lo necesario, no tienen derecho a ese más de lo que supera su propia necesidad. Toca pues a todo hombre que tenga los más elementales sentimientos humanos y con mucha razón al cristiano, el luchar por esta meta.
LA CONSTITUCION PASTORAL SOBRE IGLESIA NOS DICE: LA Habiendo como hay tantos oprimidos, actualmente por el hambre en el mundo, el Sacro Concilio urge a todos, particulares y autoridades, a que acordándose de aquella frase de los Padres. ALIMENTA AL QUE MUERE DE HAMBRE, PORQUE SI NO LO ALIMENTAS LO MATAS. según las propias posibilidades, comuniquen, ofrezcan realmente sus bienes ayudando en primer lugar los pobres, tanto individuos como pueblos, a que puedan ayudar a desarrollarse por sí mismos (Constitución Pastoral sobre la Iglesia, Nº69. II) LA PROPIEDAD PRIVADA La Biblia, desde sus primeras páginas, nos enseña que la creación entera es para el hombre, quien tiene que aplicar su esfuerzo inteligente para valorizarla y mediante SU trabajo, perfeccionarla. por decirlo así, poniéndola a su servicio. Si la tierra está hecha para procurar a cada uno los medios de subsistencia y los instrumentos de su progreso, TODO HOMBRE TIENE EL DERECHO ENCONTRAR EN ELLA LO QUE NECESITA Paulo VI.
Encíclica: El desarrollo de los Pueblos. núm 22.
Es esta hora, en que se discute la reforma agraria en nuestro país.
una hora crucial en que los cristianos debemos dar nuestro aporte y nuestro apoyo. La propiedad, como las demás formas de dominio privado sobre los bienes exteriores, contribuye a la EXPRESION de la persona y le ofrece ocasión de ejercer su función responsable en la sociedad y en la economía. Es por ello muy importante fomentar el acceso de todos los Individuos comunidades, a algún dominio sobre los bienes externos. Sabido es con qué firmeza los Padres de la Iglesia han precisado cuál debe la actitud de los que poseen, respecto a los que se encuentran en necesidad: No es parte de tus bienes. así dice San Ambrosio, lo que tú des al pobre lo que le das le pertenece. Porque lo que ha sido dado PARA EL USO DE TODOS, tú te lo apropias. La tierra ha sido dada para todo el mundo NO SOLAMENTE PARA LOS RICOS PAULO VI. EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS 23.
a Es providencial que sea precisamente en este año santo, en que el Papa pide una mayor justicia, que se discuta esta cuestión de tanta trascendencia.
Como lo decía muy claro en dias pasados el Lic. José Manuel Salazar Navarrete: a La propiedad privada o un cierto dominio sobre los bienes externos, aseguran a cada cual una zona absolutamente necesaria para la autonomia personal y familiar y deben ser considerados como ampliación de la libertad humana. Por último, al estimular el ejercicio de la tarea y de la responsabilidad, constituyen de las condiciones de las libertades civiles.
Preguntémonos. Señala Dios nominalmente unos pocos agraciados, para que gocen de modo particular de esos bienes, y a los demás sólo secundariamente para que no mueran de hambre. DI) ABUSOS QUE SE PUEDEN DAR EN LA TENENCIA DE TIERRAS. Hasta dónde llega mi derecho de tener tierras?
Acaso dice Dios: Los bienes de la tierra sean para que los fuertes y los afortunados en la lucha de la vida gocen de ellos y los demás que se arreglen como puedan. Propiedad privada para todos y no sólo para los ricos Pio XII nos dice: La dignidad de la persona humana exige necesariamente, como FUNDAMENTO NATURAL PARA VIVIR, el derecho al uso de los bienes de la tierra, al cual corresponde la obligación fundamental de OTORGAR UNA PROPIEDAD PRIVADA, EN CUANTO SEA POSIBLE, TODOS POR OTRA PARTE, la nobleza intrinseca del trabajo exige además de otras cosas, la conservación y el perfeccionamiento de un orden social que haga posible una propiedad segura, aunque sea modesta TODAS LAS CLASES DEL PUEBLO. radiomensaje de navidad. 24 de diciembre de 1942: Cl. Acta Apostolicae Sedis 24. 1942. 17.
Nos lo dice muy claro la encíclica El desarrollo de los pueblos Nº. 23. En una Costa Rica. como la del siglo pasado, con menos de 400 mil habitantes. En una Costa Rica, como la de 1950, en que habia un poco más de 800 mil habitantes, según el censo de las Américas, no se podía plantear un problema agrario. Por eso en las luchas de los años 40 el problema agrario ni siquiera se mencionaba.
PERO EN UNA COSTA RICA DE DOS MILLONES DE HABITANTES, QUE HA REBASADO LA MESETA CENTRAL HACIA TODOS LOS RINCONES DEL PAIS, SE VA PLANTEANDO NECESARIAMENTE UN PROBLEMA AGRARIO Las formas de este dominio o propiedad son hoy diversas y diversifican, cada dia más.
Todas ellas. sin embargo continúan siendo elemento de seguridad no despreciable aún contando con los fondos sociales, derechos y servicios procurados por la sociedad.
El reciente Concilio nos da la respuesta:. La propiedad privada no constituye para nadie un derecho incondicional y absoluto. No hay ninguna razón para reservarse en uso exclusivo LO QUE SUPERA LA PROPIA NECESIDAD, CUANDO LOS DEMAS LES FALTA LO NECESARIO.
Dios ha destinado la tierra y cuanto ella contiene para uso DE TODOS LOS HOMBRES PUEBLOS. En consecuencia, los bienes creados DEBEN LLEGAR TODOS EN FORMA EQUITATIVA BAJO LA EGIDA DE LA JUSTICIA CON LA COMPANIA DE LA CARIDAD. Sean las que sean las formas de la propiedad.
adaptadas a las instituciones Esto debe afirmarse no sólo de las propiedades materiales, sino también de los bienes inmateriales como la capacidad profesional (Constitución pastoral sobre la Iglesia, Nº71. Luego al no tener propiedad privada grandes masas de nuestro pueblo, mientras otros tienen grandes latifundios, les estamos negando lo que exige su misma dignidad humana.
En una palabra, el derecho de propiedad no debe jamás ejercitarse CON DETRIMENTO DE LA UTILIDAD COMUN, según la doctrina tradicional de los padres de la Iglesia y de los grandes teólogos (El desarrollo de los Pueblos, 23)
El 83 por ciento de nuestra tierra productiva está en manos del 22 por ciento de los propietarios. Pensemos lo que significa esto en orden la tranquilidad social de nuestro país.
a puede jamás ser cristiano quien tiene grandes riquezas Cartas al director de que RESPETO LOS MENORES DE EDAD.
evitar espectaculares ocurridos en el país en los últimos tiempos. La foto del muchacho se acompañaba de severas leyendas, presentándole como el asesino o el homicida.
cuando si acaso estaba iniciada la investigación judicial respectiva. juicio del suscrito, y de varias personas que se han permitido gestionar el envío de esta comunicación, seria conveniente abstenerse hasta lo posible de la publicación de fotografias como la comentada, cuando se trate de un menor de edad, a veces casi un niño, que lamentablemente puede haber cometido una infracción grave o leve, por elemental consideración a él y a sus familiares, muchas veces sin culpabilidad o responsabilidad en el suceso. lo anterior podria agregarse que resulta aventurado imputar publicemente responsabilidades tan graves, cuando aun no ha producido fallo o reacciones en contra suya que pueden ser de dimensiones imprevisibles, y que lo pueden afectar a lo largo de toda su vida.
Estoy seguro usted, con la comprensión que les característica, recibirá esta respetuosa gestión del Patronato, con la amplitud propia de quien tiene clara visión de los problemas relativos a la infancia, y de la tendencia definitivamente humana de la legislación tutelar de menores.
Al saludarlo y reiterarle mi más alta consideración personal, me suscribo de usted, atento, Con todo respeto, en mi condición de director ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, me dirijo a usted para formular el siguiente planeamiento, y solicitarle su intervención en ese prestigiado diario, para solucionar el problema correspondiente.
En algunos periódicos nacionales, se publicó, hace pocos días, la foto de un menor de edad, de aproximadamente quince ahos, a quien se imputaba la comisión del delito de homicidio a un ciudadano, constituyendo este, uno de los casos más ruidosos y veredicto de los tribunales correspondientes y es aún más penoso si, como se me ha informado, sobre el caso que motiva este comentario, resultó a la postre que el menor cuya foto se había difundido de diestro, y siniestro, no era en realidad el homicida.
La legislación tutelar de menores del país, prohibe hasta la inscripción de los fallos emitidos contra menores, con el propósito de a los ninos y muchachos, quedar afectados de por vida por una mancha que los puede afectar muchísimo en su normal desenvolvimiento y en su orientación posterior.
Con mayor razón, debe evitarse causar al menor que ha caldo, por diversos motivos, en problemas de infracción de una disposición legal, las funestas consecuencias que puede traerle el presentarlo, ante la sociedad que pertenece, como un vulgar delincuente, propiciando asi en forma desordenada y sin sentido de capacidad, se presentaron al salón municipal en reclamo de cosas imposibles, como es la reapertura del rastro.
Esto es un asunto viejo y no hay por el momento con qué hacer frente a los gastos de ese trabajo Pensemos con la cabeza y no hagamos loco por el simple placer de excitación.
Si queremos honradamente el bien del pueblo, busquemos la forma de ayudar de veras, pero no en forma que no es la más ideal.
Otra cosa, el Sr.
presidente municipal tal vez del susto pasado del asunto del matadero, suspendib la sesión, como si no hubieran otras cosas que tratar siendo las de la tarde. Por qué no se fijan en esto los sectores que dicen que todo es por el pueblo?
De Ud. atento servidor Pedro Role Ced. 1 304 168 Lic. Carlos Elizondo Director Ejecutivo Patronato Nacional de la Infancia MATADERO DE PUERTO CORTES En la tarde de hoy un numeroso grupo de vecinos Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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