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2 LA REPUBLICA, Jueves de noviembre de 1975 Se mantiene crisis interna en la Unificación Segundo: Estando revocados por las Asambleas Provinciales los nombramientos de todos los anteriores delegados a la Asamblea Nacional, se revocan los nombramientos efectuados por la anterior Asamblea Nacional, y se declaran nulos los actos que en representación del Partido puedan efectuar esas personas a partir de este momento.
Se espera que el Registro Civil entre hoy y mañana se pronuncie en definitiva sobre el conflicto que ha surgido en el Partido Unificación Nacional, mientras que las partes interesadas han hecho sus alegatos jurídicos ante ese organismo en tanto se mantiene la crisis intema.
La crisis surgió a raíz de la Asamblea Nacional que celebraron 70 personas el sábado anterior y que depuso al directorio del partido que venía fungiendo desde el 28 de junio del año pasado, y nombró un nuevo comité encabezado por Carlos Luis Jiménez Pacheco.
El documento resultante de esa concentración, fue presentado ante el Registro Civil para se efectuaran los cambios pertinentes, mientras que sólo un día después los señores Francisco Calderón Guillermo Villalobos Arce y Guillermo Hernández Cordero, pidieron lu nulidad de la primera gestión donde se establece la derogatoria del nombramiento de todos ellos como directores. continuación transcribiremos los párrafos más importantes contemplados en el documento que se elaboró a raíz de la Asamblea Nacional; y la solicitud de nulidad del mismo que hizo la dirigencia de Unificación Nacional, encabezada con la firma de don Paco Calderón: En sus principales párrafos dice el documento en mención. Categóricamente afirmamos ni el Presidente ni el Secretario General ni el Comité Ejecutivo del Partido, hemos convocado a Asamblea Nacional de nuestra agrupación política, ni hemos recibido solicitud en ese sentido de los 18 miembros de la misma a que se refiere el artículo 16 de los estatutos del partido.
Llamamos la atención de ese organismo (el Registro Civil) de que ni uno solo de los miembros de la Asamblea Nacional del Partido que consta en ese registro, comparecen en la ilegal y ficticia asamblea a la que pretende darle valor la nota que firma Carlos Luis Jiménez Pacheco.
altos méritos personales, a la distinguida dama dona Maria del Rosario Fournier. b) los ex presidentes de la República Lic.
Mario Echandi Jiménez y Prof.
José Joaquin Trejos Fernández, como un merecido acto de desagravio. c) Al Dr. Alvaro Aguilar Peralta por su firme lucha en pro del adecentamiento del partido; y d) al Lic. Oscar Barahona Streber por su lucha pionera, desde hace más de cinco años, por la unidad de todos los partidos y grupos democráticos de oposición Noveno: Con los nombramientos efectuados al Comité Ejecutivo, la Asamblea Nacional declaró revocada la designación para tales efectos de quienes habían venido ocupándolos hasta la fecha.
Décimo: Se declararon nulos los carnés de identificación que hubieren sido emitidos por el partido antes de esta fecha, los cuales deberán ser cambiados por nuevos que deberán firmar el nuevo presidente y secretario general del Comité Ejecutivo Nacional o a quien éstos autorice por escrito para firmarlos.
Undécimo: Todos los delegados asistentes declararon que renunciaban irrevocablemente a cualquier nombramiento anterior que tuvieren vigente en éste y otro partido político, dando su adhesión incondicional al Partido Unificación Nacional.
Duodécimo: Todos los acuerdos fueron tomados por unanimidad y se declararon firmes: Tales lor principales párrafos del documento que resultó de la Asamblea Nacional celebrada el sábado anterior por setenta personas.
en Tercero: Considerando que las reformas hechas en las Asambleas Nacionales realizadas después del 13 de noviembre de 1972 se apartaron de la línea democrática y de defensa de los intereses de los partidarios que contenían los nuevos Estatutos del Partido aprobados en esa fecha, y que en consecuencia estas reformas no sirven los mejores intereses de los miembros del Partido, se acordo: derogarlas y volver en todo al espíritu original de los estatutos aprobados el 13 de noviembre de 1971. especialmente los artículos 7, 16, 18, 19, 38, y transitorios del 53 y el 59.
Quinto: Se consideró también que es clamor popular la unidad de los partidos grupos democráticos de oposición y que el Partido Unificación Nacional debe contribuir activamente promoverla. sobre bases permanentes y programáticas y pensando sólo en pro de Costa Rica, por lo cual así se resolvió y se encargó al Comité Ejecutivo Nacional el fiel cumplimiento de este acuerdo.
Sexto: Tomando consideración que por decisión del anterior Comité Ejecutivo Nacional se perjudicó muchos partidarios que participaron en la pasada campania electoral, quienes habían adelantado fondos para cubrir cuentas del Partido, a efecto de rescatar su moralidad y buen nombre, se acordó: encargar al nuevo Comité Ejecutivo Nacional para que investigue el problema y proponga bases formales factibles para su solución.
Octavo: Por aclamación y con entusiasta aplauso de todos los delegados acordaron los siguientes nombramientos de Presidentes Honorarios del Partido Unificación Nacional: a)
Como un homenaje a la memoria del distinguido expresidente y Benemérito de la Patria Dr. Rafael Angel Calderón Guardia, y por sus en estatutos en concordancia con la ley no solamente establece un plazo definido de dos anos para el Comité Ejecutivo Nacional, sino que estipula claramente que los miembros de todos los organismos de nuestra agrupación política duran dos años en sus cargos, y del 28 de junio de 1974 (en que se hicieron los nombramientos)
hasta la fecha de la supuesta Asamblea Nacional. no ha transcurrido ese período.
Por otro lado, dos de los miembros del Comité Ejecutivo designado por la apócrifa asamblea son también integrantes, al mismo tiempo, de asambleas nacionales de otros partidos debidamente inscritos.
Nos referimos a los señores Lizano Barahona Vargas Campos, quienes, por su orden, lo son de las Asambleas Nacionales de los Partidos Nacional Independiente Republicano Nacional. Además de otros integrantes de la supuesta asamblea que suponemos deben estar en igual condición, motivo por el cual pedimos al señor director del Registro se confronten sus nombres con los de los integrantes de las Asambleas Nacionales de todos los partidos incscritos escala nacional, provincial y cantonal. se certifiquen aquellas personas que aparezcan en esas circunstancias.
Nuestros estatutos en su artículo establecen que para ser miembro del partido se requiere: No pertenecer otros Partidos Políticos.
Aún más, siendo evidente que estos señores no eran ni son miembros de nuestro partido preguntamos. De dónde podría surgir su derecho de participar en la supuesta asamblea, salvo por una actitud a todas luces inmoral e ilegal. Debemos renovarle al señor Director que estamos en presencia de una piratería política que afecta la institucionalidad electoral del país y el régimen de autonomia de los partidos políticos garantizados por la Constitución y los estatutos.
a Acta de la Asamblea Nacional.
a en El artículo 19 de nuestros estatutos establece además que el presidente del Comité Ejecutivo Nacional es a la vez Presidente de la Asamblea Nacional y el suscrito Francisco Calderón Guardia no presidió lógicamente la ilegal reunión que comentamos.
Las anteriores disposiciones de nuestros estatutos tienen, además de su valor legal indiscutible, la lógica más contundente. Es la coraza que protege al sistema electoral y al régimen de partidos políticos del caos y la anarquía que significaría el hecho de que cualquier ciudadano tuviere en sus manos la posibilidad de estar fabricando supuestas asambleas nacionales para desquiciar todo el régimen de partidos que sustenta nuestra vigorosa democracia. Imagina el señor Director del Registro Civil el caos que significaría admitir que sin ajustarse a las disposiciones de la ley y de los estatutos del partido respectivo, cualquiera pudiera inventar procedimientos para celebrar supuestas asambleas como el estamos denunciando. De igual manera adolece del mismo vicio de ilegalidad por falta de apoyo jurídico y estatutario, las supuestas asambleas de distrito, cantonales y provinciales que pretendieran sustentar el proceso político de la integración de la supuesta Asamblea Nacional.
Ni la Asamblea Nacional ni el Comité Ejecutivo del Partido, han hecho convocatoria alguna para la celebración de la mencionada asamblea.
Lo cierto que nuestros a Petición de nulidad El Lic. Luis Carlos Regidor Mattey, en calidad de notario público, levantó el acta correspondiente de una asamblea que realizaron 70 personas el sábado anterior, representantes de diversos lugares del país.
El documento fue presentado al Registro Civil por don Carlos Luis Jiménez Pacheco, que en la citada concentración política fue designado presidente provisional del partido El mismo señala los acuerdos adoptados por la asamblea, de los que transcribimos los más importantes. Primero: Declarar debidamente constituida esta Asamblea Nacional, a la que asisten todos los delegados provinciales debidamente acreditados por las respectivas Asambleas Provinciales, y habiendo presentado los carnés que los acreditan como miembros del Partido.
que Por su parte, el directorio del Partido Unificación Nacional que ha venido fungiendo, y que supuestamente fue depuesto en la Asamblea Nacional del sábado pasado, presentó un documento donde pide la nulidad de lo actuado por los asambleístas, afirmando que no se ajusta a las normas jurídicas que nos rigen.
La gestión fue encaminada también ante el Registro Civil por don Francisco Calderón Guardia, el Lic. Guillermo Villalobos Arce, y don Guillermo Hernández Cordero se Por todas las razones expuestas y con fundamento en las disposiciones constitucionales legales y estatutarias, pedimos que, siendo absolutamente nulo se rechace la gestión impulsada por Carlos Luis Jiménez.
es Carlos Luis Jiménez Nunca se ha actuado con más apego a la ley su gusto y sabor, para poder mantener la autocracia y ahora lamenta que con base en sus propias reformas haya sido legalmente posible poner las cosas en orden; y tampoco cumplió con las normas estatutarias que esa que no (Viene de primera página. Yo, Carlos Luis Jir Pacheco, mayor, casado.
costarricense, empresario, vecino de aquí, con cédula de identidad número 035 1595, comparezco respetuoso, en mi carácter de Presidente del Partido Unificación Nacional, personeria que comprobé con los documentos que presenté el del mes en curso.
En tal carácter procedo a acompañarle la certificación correspondiente a las actas de las Asambleas Provinciales celebradas y prueba de que el Notario ha tenido a la vista las actas de las respectivas Asambleas Cantonales y Distritales.
Le ruego leer detenidamente esos documentos y, con la imparcialidad que lo distingue, meditar en el hecho de que nunca la ex dirigencia de mi Partido presentó documentación tan completa y fehaciente y que, en cambio, siempre practico la costumbre de fraguar maniobras para separar a los asambleistas que no se adaptaran a sus fines, como ocurrió primero con los ex presidentes de la República don Mario Echandi y don José Joaquín Trejos y después con buen número de diputados y de destacados dirigentes políticos nacionales.
No obstante, esos actos fueron aprobados por las autoridades electorales, por lo cual invoco esos precedentes en favor de la tesis que defiendo e insisto en que mi gestión está debidamente documentada Nuestro sistema electoral se socava cuando un partido político no es democrático, irrespeta y viola sus estatutos y no cumple con el Código Electoral. a la inversa, nuestro sistema electoral se robustece cuando las bases de un partido se reúnen y buscan el camino legal para corregir. todos esos graves defectos.
La ex dirigencia del Partido Unificación Nacional, actuó en forma no democrática.
imponiendo candidaturas; reformó los estatutos del partido a dirigencia dejó vigentes, como lo demuestra la falta de organización del Partido, que sus asambleas están caducas, otros organismos del partido nunca llegaron a funcionar, que sólo unos pocos miembros del partido tuvieron carnés cuando todos debieron tenerlos, que se llevaron libros de actas y que jamás se actuó de acuerdo con las aspiraciones populares si conforme a un cálculo político frío y personalista.
La situación legal es muy clara; repito que me apoyo en los precedentes sentados por las autoridades electorales en casos anteriores y que el Partido Unificación Nacional, hasta el de noviembre de 1975, venía actuando al margen de las disposiciones legales aplicables, por lo que para rebustecer nuestro sistema jurídico y electoral, las bases del partido tuvieron que actuar para poner las cosas en orden. la ex dirigencia del Partido Unificación Nacional se le ha aplicado en forma legal su propia medicina. ningún Partido con Estatutos bien hechos y conducido con apego a normas democráticas y de acuerdo con las bases, le puede ocurrir nada sorpresivo. Por eso nosotros reformamos los Estatutos volviendo al espíritu que animó su redacción original. Asi no habrá maniobras futuras, como las que hubo en el pasado, en perjuicio de distinguidas personalidades políticas del país.
El artículo 70 de los estatutos dispone que los organismos internos del Partido, pueden sesionar válidamente con la simple mayoría de sus miembros, lo cual es aplicable a las Asambleas Distritales. Cantonales.
Provinciales y Nacionales. Eso es justamente lo que hicimos.
Anteriormente las Asambleas del Partido no sesionaron con observancia de los requisitos formales que establece el artículo de los estatutos. pues no se han (Pasa a la Pág. 9)
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