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6LA REPUBLICA, lunes 15 de marzo de 1976 Gobierno establece reservas indígenas a El Presidente de la República, licenciado Daniel Oduber, firmó ayer en Brus Malis, el decreto ejecutivo por medio del cual se establecen las nuevas reservas indígenas de Chirripó. Estrella.
Guatuso. Guaymi y Talamanca.
Se busca de esta manera proteger al indígena del continuo y arbitrario despojo de sus tierras.
así como de la explotación inmisericorde de que son objeto por parte de los no indígenas.
El texto del decreto es el siguiente: Artículo Establécese las Reservas Indígenas de Chirripó.
Estrella, Guatuso Guaymiy Talamanca, que comprenden los territorios ubicados dentro de las demarcaciones explicadas continuación: Artículo En caso de que personas no indígenas hubiesen adquirido la propiedad o que se encuentren en posesión legal, o que sean poseedores en precario de fincas o terrenos enclavados dentro de las reservas, al momento de entrar en vigencia el presente decreto, serán expropiados e indemnizados conforme los procedimientos establecidos en la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas.
Si hubiese posteriormente invasión de personas no indígenas a las Reservas de inmediato las autoridades competentes deberán proceder a su lanzamiento sin pago de indemnización alguna.
Articulo efecto de establecer la demarcación de los límites de las Reservas Indígenas de la Zona Atlántica, se tiene por modificado el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 4658, del 19 de febrero de 1975, en el sentido de liberar a favor de dichas reservas indígenas los terrenos que en ese decreto se traspasan a JAPDEVA.
Artículo 10. De la nisma manera se modifica el Decreto Ejecutivo 3886A del 17 de junijo de 1974, a efecto de liberar a favor de la reserva indígena de Chirripó la zona afectada por la demarcación de la Reserva Forestal de Rio Macho, establecido en dicho decreto y que está comprendida dentro de la demarcación de la mencionada reserva indígena.
Artículo 11. Los terrenos pertenecientes al ITCO, que se encuentren incluidos dentro de la demarcación de las Reservas Indígenas, deberán ser cedidos por dicha institución para destinarlos a asentamientos campesinos de comunidades indígenas.
Artículo 12. Los terrenos comprendidos dentro de las reservas, que sean de vocación forestal deberán guardarese carácter. a efecto de mantener inalterado el equilibrio hidrológico de las cuencas hidrográficas y de conservar la vida silvestre de esas regiones.
Los recursos naturales deberán explotarse racionalmente de manera que permanezcan renovables. Pasa a página 16)
red a Esta pequeña indígena pareciera pensar en los muchos problemas que sufrieron sus antepasados y los que enfrentan ahora sus padres y her.
manos. Su mirada parece perderse en el infinito en busca de una solución. Al fondo el Presidente Oduber y el Ministro Arroyo Cordero. Céspedes Ch. Ple AO Articulo 20. efecto de reconocer y respetar los derechos de las comunidades indígenas de Costa Rica se ubican de la siguiente manera en las demarcaciaones territoriales señaladas en el artículo anterior: Diez mil indigenas piden solución de sus problemas CHIRRIPO: Reserva de los indígenas Cabecares de Chirripó. ESTRELLA: Reserva de los indígenas Cabecares de Estrella.
mumamum; 三三言 后宫3 三岩三 GUATUSO: Reserva de los indígenas Guatusos (Malekus) de Guatuso.
Las peticiones que formuló el ingeniero indigena José Carlos Morales, que acompañó al Presidente de la República, en su gira por los territorios indígenas del sur del país, son las mismas que desde hace más de año y medio viene haciendo La República en de.
fensa de los indios costarricenses. GUAYMI:Reserva de los indígenas Guaymies de Coto Brus.
La población indígena de nuestro país, compuesta por diez mil costarricenses, pidió ayer al Presidente de la República iniciar la solución de sus problemas ahora mismo, con instrumentos legales que pongan final despojo, el maltrato y el abandono de que han venido siendo objeto.
La petición la formuló el indígena José Carlos Morales, presidente de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, CONAI, ante la preocupación que sienten los indígenas al verse cada vez más estrechados en sus territorios y con las mismas necesidades de hace muchos años. Nos preocupa que no se tomen las medidas legales para proteger las tierras de los territorios indígenas. afirmó Morales, quien es oriundo de Boruca y busca ahora la reivindicación de todos los indígenas del país.
Una y otra vez, este periódico ha insistido ante las autoridades del pais, para que se ponga atención a los problemas que sacuden desde hace muchos años a los indígenas: la invasión de sus tierras, el despojo, el maltrato y el abandono.
Esperamos que ahora que el Presidente de la República, comprobó nuestras reiteradas denuncias, que empiece a cambiar la situación de los indígenas, quienes cada día notaban más cerrado el círculo en que vivían.
En la comunidad de Salitre, el Presidente Oduber acaricia a una pe queña indígena que sonrie, ante la mirada penetrante mezclada de curiosidad de otros pequeños indígenas de la región. Céspedes Ch. Oduber: TALAMANCA: Reserva de los indígenas Bribis y Cabecares de Talamanca.
Artículo El Instituto de Tierras y Colonización, será el organismo encargado de coordinar y ejecutar la demarcación territorial conforme a los términos del artículo primero de este decreto.
Dos nieses después de la publicación del presente decreto, deberá el ITCO comenzar los trabajos de demarcación. Podrán colaborar con el ITCO todas aquellas instituciones públicas o privadas que desean prestar ayuda en la tarea de llevar a cabo la expresada demarcación territorial.
Artículo Declárase propiedad de las comunidades indígenas las reservas mencionadas en el artículo de este decreto. ΕΙ Estado reconoce la existencia y la personalidad jurídica de esas comunidades. La Procuraduría General de la República hará inscribir estas Reservas en el Registro Público Artículo Las Reservas serán administradas por los indígenas en sus estructuras comunitarias tradicionales o modernas, bajo la coordinación y asesoría de la CONAI.
Artículo Las Reservas Indígenas son inalienables, incedibles y exclusivas para las comunidades aborígenes que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de esas Reservas.
indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas. Toda venta entre indígenas y indígenas es nula con las consecuencias legales del caso.
Artículo Ningúna persona podrá establecer de hecho o de derecho, casas, pulperías, cantinas u otros centros de comercio dentro de las Reservas Indígenas.
Tampoco podrán talar árboles.
explotar los recursos maderables y minerales o plantar cultivos para su provecho, dentro de los límites de las mencionadas Reservas.
Buscaremos recuperar teritorios indígenas 30 ch Los El Presidente de la República.
Lic. Daniel Oduber, después de su visita a las reservas indígenas al sur del país, donde firmó decretos de declaratoria de reservas para uso exclusivo de los indígenas y zona de emergencia nacional, manifestó que se buscará la recuperación de los territorios que han perdido los indígenas.
Oduber expresó que todos los errores que se cometieron con la mal interpretación de la ley del ITCO. permitiendo que entraran gentes no indígenas a destruir todo cuanto encontraron, se buscará corregirlos por medio del decreto de declaratoria de reservas para uso exclusivo de esas tierras para los indígenas.
Dijo que al asegurarle la posesión de las tierras a los indígenas, se estaba garantizando al país, la protección de las montañas y los ríos, porque de continuar esa destrucción, también esa región se quedará sin agua, sin peces y sin animales. No les estamos dando un regalo, sino que les entregamos una responsabilidad. les dijo Oduber a los indígenas, reiterándoles que se buscará por todos los medios la recuperación de los territorios que están en poder de los no indígenas, que son los principales culpables de la destrucción que muestra la región.
Para lograr esos objetivos, todas las instituciones del sector público.
están obligadas a coordinar sus programas con la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, CONAI, agregó el Mandatario, quien dijo que se busca integrar a esas regiones al desarrollo del pais.
pero conservando sus tradiciones y cultura.
noLa Reserva Indigena de Boruca tenía 30 mil hectáreas, pero ahora solamente tres mil pertenecen a los indios. La fotografia fue tomada cuando el Ing. José Carlos Morales, Indígena oriundo de Boruca pedía al Presidente Oduber una pronta solución a los problemas de su gente. Céspedes Ch. LA REPUBLICA Director. Rodrigo Madrigal Nieto Subdirector. Julio Rodríguez Bolaños Jefe de Redacción. Yehudi Monestel Arce Gerente. Luis Hoffman Cartín Publicidad. Johnny Chacón Soto Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa Dirección: Tourón Norte, San José. Calle Central Avenida 22, 200 Mts. Este Apartado de correos: 2130 Teléfonos: 23 02 66 y 21 04 29 Suscripción a domicillo: 15. 00 al mes un diario Independiente al servicio del pueblo Publicado por Editorial La Razón, Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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