Guardar

LA REPUBLICA, Jueves de junio de 1976 13 FONAPE Reformar ley para ayudas de educación Piden control previo de la propaganda electoral El Poder Ejecutivo presentó a la expresó opinión favorable al Asamblea Legislativa un proyecto proyecto, el cual se encuentra en para reformar la Ley de creación las últimas etapas de decisión en el del Fondo Nacional de Préstamos BID.
para la Educación (FONAPE. Hay que tomar en cuenta que Según el Presidente, Daniel luchamos en contra de una Oduber y el Ministro de corriente adversa en este campo de Educación, Fernando Volio, al crédito educativo, pues en otros iniciarse este gobierno. nos países las experiencias no han sido propusimos impulsar un fructíferas. Pero lo que hemos programa de asistencia a jóvenes adquirido en Costa Rica y el nuevo talentosos y de familias pobres, enfoque que le hemos dado al especialmente de las zonas rurales, asunto, nos ha permitido avanzar con el fin de que pudieran seguir hacia la meta final.
estudios superiores en Costa Rica Añadió el Ejecutivo que este y en el extranjero.
proyecto conviene que la Agregaron que para eso cen Asamblea Legislativa lo estudie traron atención en la mencionada con celeridad, a fin de que pueda ley.
coincidir la aprobación del crédito En En efecto, dicha ley, no por el BID con la emisión de la ley, alcanzó las metas deseadas, en pues de lo contrario no habría parte por la estructura misma del institución a la cual referir el sistema, dependiente de las préstamo, pues éste, según el BID normas y criterios bancarios, y en y el Gobierno, debe destinarse al parte por insuficiencia de nuevo FONAPE, como institución recursos.
descentralizada y adscrita al Eso motivó que el Ejecutivo Ministerio de Educación.
solicitara un préstamo al BID. Este estudio permitirá que los Desde 1974 se hizo un estudio de criterios para asignar créditos se recursos humanos con el fin de de ajusten a puntos de vista educaterminar necesidades y hacer las tivos y a las necesidades reales de proyecciones que requería el superación de profesionales en los préstamo con el campos de mayor demanda, Añadieron que se reunieron conforme a las prioridades estambién con personeros y misiones tablecidas en el Plan Nacional de del BID enviados desde Desarrollo. El Poder Ejecutivo Washington y que la última confia que los diputados misión llegó a principios de este acogerán con especial interés este año, terminando el proceso proyecto y le darán su pronta preliminar del estudio. La misión aprobación. concluye.
establecer un control previo sobre las publicaciones electorales, el cual debe ser ejercido por el Tribunal de Elecciones, organismo que velará porque los términos en que se desarrolle la propaganda, correspondan al concepto de cultura y de respeto con que nos distinguimos los costarricenses. Considero que una erogación tan cuantiosa como la que el pais hace cada cuatro años, debe servir para educar cívicamente a nuestro pueblo y no dejar en su mente pensamientos de amargura y de rencor.
Agregó: Hay que combatir con rigor el uso de vocablos ofensivos para la dignidad de las personas, pues creo firmemente, que para explicar un programa o para combatir el de los contrarios, no es indispensable el tener que usar frases groseras o ultrajantes. Si al Tribunal de Elecciones se le autoriza para implantar el referido control a priori de la propaganda electoral, podremos disfrutar de un debate político de altura, que servirá para fortalecer nuestro civismo y para dar ejemplo de ecuanimidad y compostura. concluyó Mesén Arias.
Establecer un control previo por parte del Tribunal Supremo de Elecciones de la propaganda politica, pidió a la Asamblea Legislativa el diputado Juan Bautista Mesén Arias, mediante un proyecto para reformar el Código Electoral. La democracia costarricense se realiza por medio del proceso electoral. la vez, este proceso electoral se satisface durante la campañia que hacen los diversos grupos políticos y que, en nuestro país, casi podríamos afirmar, es permanente.
Añadió el diputado que sin embargo, ateniéndonos únicamente al período de seis meses autorizado por la ley para promover una propaganda abierta, son muchos los millones de colones que se gastan en publicaciones radiales, escritas o televisadas y convendrán los diputados en que, por regla general, es muy poco edificante. mi modo de ver las cosas, parece conveniente que un gasto de dinero tan elevado, no sólo debe satisfacer los propósitos electorales, sino, servir también, como vehículo educativo para la nación. la vez indicó que el Código Electoral prohíbe en su artículo 85, inciso el uso de la propaganda para injuriar calumniar. Pese a ello, se injuria y se calumnia debido a que el control sobre esta prohibición se produce a posteriori, cuando las personas ofendidas acusan a sus calum niadores. Esta prohibición lo único que realmente garantiza es el derecho a reclamar, a establecer una demanda y a dar, públicamente, un espectáculo poco digno de un pueblo que se precia de culto y respetuoso. añadió Mesén.
Dip. Juan Bta. Mesén Arias También dijo que los diputados como representantes del pueblo, tienen la responsabilidad de cuidar los intereses de ese pueblo y uno de ellos es, sin lugar a dudas.
el de que la campaña politica se realice con una orientación positiva y sirva como una forma auténtica de edificación cívica. Para que esta idea pueda ser llevada a la práctica, la única forma efectiva de hacerlo es la de en 15. 000 para gastos de ejecutivos municipales a los comisión en definitiva impuesto cerveza y vino una moción para pedir revisión del acuerdo del plenario, para no remitir dicho proyecto a Sociales.
Se envió en definitiva a la comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, el proyecto de reforma a la ley de la Clínica Nacional de Nutrición de Tres Rios, tendiente a concretar un impuesto de 50 por litro de cerveza y vinos.
Varios diputados retiraron ayer El proyecto había sido aprobado en tercer debate el lunes pasado.
Pero el martes se aprobó la revisión para remitirlo de nuevo a comisión.
Regular y no eliminar acciones al portador Eximir de impuestos a templos Mediante reforma al Código Municipal se facultaría ejecutivos municipales para autorizar gastos hasta por quince mil colones.
Actualmente, dichos funcinarios pueden hacerlo hasta por 65. 000 El proyecto para modificar el inciso d) del articulo 21 del citado código fue presentado la Asamblea Legislativa por el diputado Miguel Corrales Bolaños (Liberación. Dijo que el tiempo y la incidencia de la inflación sobre el valor real adquisitivo de la moneda, han hecho que la norma no surta ya los efectos previstos por el legislador. En efecto, hoy día es poco lo que, con la suma de 000 pue.
den ser adquirido, sobre todo cuando se trata de solucionar problemas comunales de urgente necesidad.
Agregó que al dictarse el Código Municipal en 1970 se estableció como atribución del Consejo Municipal celebrar convenios, comprometer fondos o bienes y autorizar los egresos de las municipalidades, con la salvedad de los gastos fijos que son incluidos en el presupuesto res.
pectivo.
Añadió que también quedó a salvo de dicha disposición, contenida en el inciso citado, la adquisición de bienes y servicios a Obispos costarricenses respetuosamente pedimos la honorable Asamblea Legislativa eximir impuestos municipales templos y casas curales por estar dedicados exclusivamente desinteresadamente servicio pueblo, no generando por la misma razón ingresos económicos que permitan cubrirlos, todo en armonía con Ley Impuestos Territoriales que ya los exime a nivel nacional Lo anterior fue comunicado en telegrama por monseñor Román Arrieta, presidente de la Conferencia Episcopal, a la comisión de Asuntos Haciendarios de la Asamblea Legislativa, apoyando proyecto al respecto. Viene de página primera)
La subcomisión recomienda adicionar un nuevo artículo al C6articulos del Código de Comercio, digo de Comercio, que venga a recomendó unánimemente regular establecer esa regulaciones, y no eliminar las acciones al portaDe acuerdo con ese artículo las dor de las sociedades anónimas. sociedades anónimas con acciones al portador deberán constituirse Se llegó a la conclusión de que con un capital no menor de 0300. 000 y las en virtud de no haber ambiente ades con para la eliminación total de las acciones nominativas con un capi.
tal social no menor de 250. 000 acciones al portador, lo más recomendable es regular las acLa subcomisión la integraron tividades de las distintas socielos diputados Arnoldo Campos dades.
Jorge Arce y Juan de Dios Fernández Dip. Miguel Corrales Bolaños que no excedieron de 25. 000, que se reservó como competencia del Ejecutivo Municipal quien semanalmente debe rendir informe de los gastos que autorice valiéndose de dicha facultad. Es indudable que el legislador quiso establecer una norma que, sin exagerar las facultades de un funcionario nombrado por el mismo concejo. permitiera sin embargo un trámite expedito de los gastos para cubrir bienes y servicios que muchas veces son de urgente necesidad. dijo.
La reforma al citado inciso dice. Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos municipales, con las salvedades de los gastos fijos y de la adquisición de bienes y servicios que no excedan de (15. 000, operaciones que serán de competencia del Ejecutivo. RESISTENTE LAVABLE COMO EL TERRAZO, poly piso PERO ELEGANTE COMO UNA ALFOMBRA, EL PISO DE HOY Fabricado en Costa Rica por fuer ejidos, ES POLY PISO, EL PISO DE HOY.
TELEFONOS: 29 02. 41. 29 01 11 APARTADO 5181 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

    Democracy
    Notas

    Este documento no posee notas.