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E ALAREPUBLICA ANEXV SEMANA DE LA FARMACIA 1916 de octubre Historia de la farmacia en Costa Rica PROFESORES DE LA ESCUELA DE FARMACIA (1928 1931. Una fotografia histórica en la que aparecen los profesores de medicina de 1928 31. Sentados: Lic. Gonzalo González Ing. Enrique Jiménez Núñez, Dr. Francisco Cordero Quirós, Lic. José Aymerich Aymerich. De pie: Dr. Miguel Umaña Cordero, Lic. Claudio Cortés Castro y Lic. Marco Soto Palma.
En el año de 1841 encontramos datos importantes, en los que se va perfilando la Farmacia en Costa Rica.
El entonces jefe de Estado, don Braulio Carrillo, por medio de su Ministro don Manuel Bonilla, publicó el decreto que a la letra dice: El Jefe Supremo del Estado de Costa Rica, atendida la falta de Farmacéuticos aprobados por el Estado: Joi medicos y cirujanos por el término de dos años, para que puedan tener botica y despachar en ellas, con tal que cada uno enseñe, a su costa, la farmacia a un joven, bajo la inspección de la autoridad politica local.
Artículo 2º. Las personas que en este arte tuvieran conocimientos, aunque no estén aprobadas, pueden también poner botica y despachar en ellas, pagando mensualmente derecho, que no baje de ocho reales, ni suba de 20. Los Jefes Politicos concederán estas licencias, aplicándose el aporte a permitirá a los empíricos personas que merezcan la con fianza del protomedicato, la vent de aquellas medicinas de más us para el pueblo Artículo 47. En los lugares donde haya una botica o más, se permitirá la venta de drogas medicinas a ninguno otro tablecimiento. si no es por maya entendiendo como tal, la cantida de una libra para arriba, en la articulos de drogueria o product naturales y desde dos onzas en la productos farmacéuticos y me dicinales.
Articulo 49. En ninguna oficina de farmacias se permitir la venta de licores alcohólicos vinos al menudeo.
Artículo 50. El protomedicali pasará todos los años una visita las boticas para cerciorarse de que los medicamentos que en ella expenden son de buena calidad Burg Pueden decomisarse o inutilizare aquellas medicinas que crea e mal estado o corregir las faltas que encuentre en el establecimiento Articulo 51. En la capital de da provincia, para mayor como didad del público habrá una bo tica que haga servicio de noche; turno, en esta botica, se hará paleta semanas o meses, según lo cream más conveniente el gobernador de la provincia, de acuerdo con el profesores dueños de botica.
En el año de mil ochociento noventa y cinco, bajo la ad Mille ministración de don Iglesias, se crea la Ley Orgánica de Medicina. Cirugia Farmaci ludo En su artículo primero vemos Die Organizace en la República Facultad de Medicina, Cirugia Mipada Farmacia.
be Articulo segundo. Formari dicha facultad todos los médicos cirujanos farmacéutico autorizados por la ley. Se tendrán desde luego por autorizados los que en la actualidad existan en país y que hayan sido legalmente reconocidos.
un Articulo 64. Celarán que los médicos y cirujanos no puedan tener boticas propias, ni bajo nombre de personas supuestas.
imponiendo a los contraventores una multa de cien pesos y además la pena señalada en el articulo 268 del Código Penal.
Articulo 65. No obstante lo esta.
blecido en el articulo anterior, los profesores de medicina con tinuarán gozando del derecho de tener botica abierta, mientras en la República haya cinco profesores de medicina por lo menos, pero en tal caso, deben administrarlas por si. y son responsables de todos los abusos que puedan tener lugar por su descuido.
Artículo 66. Por consiguiente, se prohibe absolutamente la venta de toda clase de medicinas en tiendas particulares, bajo la pena de cien pesos de multa a los contraventores, sin perjuicio de las penas a que sean acreedores por el mal que cause el remedio que han vendido.
En este mismo ano de 1849 en que ya se hacía sentir la necesidad imperiosa del profesional for macéutico, el presidente don José Maria Castro Madriz, comprendiéndolo asi emitió el decreto 111 del 17 de enero de mil ochocientos cuarenta y nueve, creando una cátedra de farmacia, en la Universidad de Santo Tomás.
Es de lamentar que tan sabia disposición no diera los resultados que se esperaban ya que la mayoria de los jóvenes en esa época, se especializaban en los estudios jurídicos y de Teologia.
De esta gloriosa avanzada sólo nos ha quedado un interesantisimo juramento de incorporación, que por su gran valor, reproducimos en marco de oro, en página aparte.
Se establece el Protomedicato de la República El 29 de octubre de 1857. bajo.
la administración de don Juan Ra.
fael Mora, se establece el protomedicato y se incorporan las profesiones médico farmacéuticas y la dentisteria.
Existian en esa época 24 mé.
dicos y farmacias.
En el año de 1862. bajo la administración del general Guardia. se reglamentó el protomedicato considerandosele como tribunal de exámenes y de jando las boticas bajo su control, Sin embargo, el artículo 46 de este reglamento dice. en los lugares en donde no haya médicos ni farmacéuticos establecidos, se los fondos municipales de su respectivo departamento.
Articulo 3º. Cumplidos los dos años, tendrá todo su efecto el capitulo 1º. Titl. lib. 2º del C6digo Penal y los farmacéuticos aprobados, que quieran ejercer su arte, despachando en boticas, obtendrán licencia de las autoridades politicas locales, bajo el impuesto de tres a cinco pesos mensuales. aplicadas a los fondos municipales.
Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año de mil ochocientos cuarenta y uno.
Ya en el año de 1849. bajo el Gobierno de don José Maria Castro. encontramos un reglamento de policia muy in teresante en cuya sección 54. en sus articulos 62 63 64 65 66 leemos: Articulo 62. Los jefes de policía harán visitar las boticas dos veces en el año por personas inteligentes, quienes mandarán destruir las medicinas y drogas corrompidas. pasadas o de mala calidad, imponiendo una multa de uno hasta cien pesos por los abusos culpables que en esta parte cometieran los dueños de botica.
DECRETA Artículo 1º. Se autoriza a los Rafael Editoria!
La XXXV Semana de la Farmacia El Cuerpo Farmacéutico Costarricense está celebrando este año, con gran esplendor, la XXXV Semana de la Farmacia.
Desde hace 35 años que se celebra ininterrumpidamente. La primera lo fue por iniciativa de los Dres. Manuel Grillo Ocampo y Max Acosta Salazar, con el noble propósito de procurar el avance de la profesión, intercambiar ideas y estrechar los lazos de unión entre los colegas.
Articulo 63. Dispondrán que una botica, por lo menos, esté abierta durante la noche para despachar las recetas y me dicamentos, ordenando que este servicio se haga por turno entre las boticas que existan, cuando hayan dos o más en el mismo poblado, e imponiendo una multa de uno hasta diez pesos a la que de jare de estar abierta en la noche de su turno.
Artículo tercero. El objeto de esta facultad es dirigir la enseñanza de estas ciencias y promover desarrollo, conferir titulos acs démicos de los diversos ramos que ellas abrazan. conceder o negar la incorporación de los profesore en recibidos de fuera del pais, et de etc.
En esta forma queda e Direction tablecida la Facultad de Medicina Cirugia y Farmacia, que dos ano de más tarde (siempre en la a ministración Iglesias) dio origen nuestra Escuela de Farmacia El avance cientifico y profesional se logra mediante la difusión de conferencias, charlas o mesas redondas sobre temas de interés general para la profesión.
Por ser la Farmacia una ciencia y un arte que experimento constantes avances. nuevos descubrimientos, se requiere un intercambio frecuente para actualizar conocimientos, Pa la fecha, el Colegio cuenta con 570 miembros activos, pero no obstante que ese número es signifcativo y que en los últimos años las graduaciones han sido numerosas, se palpa escasez de profesionales farmacéuticos en el país, especialmente en las zonas rurales, ya sea para laborar en la Caja Costarricense de Seguro Social para establecer farmacias comunales particulares, que tanto se necesitan.
Bups Estamos seguros de que, tan pronto como en el pals exista suficiente número de farmacéuticos, la Caja de Seguro absorberia gran número de ellos para ofrecer al público un me.
jor servicio y mayor garantia en el despacho de recetas.
Este era el edificio de la Escuela de Farmacia, Inaugurado en 1928 y demolido en 1974. Estaba ubicado entre la calle 19 y avenida Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.