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Página 10 Suplemento DIA DEL AGRICULTOR 15 de mayo de 197 Ventajas del régimen forestal en fincas particulares es IL Se ha observado en los últimos meses una creciente demanda de información sobre los objetivos y alcances del Régimen Forestal en Costa Rica. En el presente informe se hace una relación de las ventajas y los trámites a seguir para someter fincas al Régimen Forestal.
El Régimen Forestal es el conjunto de disposiciones de carácter jurídico, económico y técnico, establecido por la Ley Forestal su Reglamento decretos resoluciones derivadas de su aplicación que regula la conservación. protección y el racional aprovechamiento de los bosques y terrenos forestales.
La finca forestal se define como un terreno forestal de propiedad particular que es dedicado voluntariamente por su dueño al cultivo y cosecha permanente o repetida de productos forestales.
Estos productos pueden ser madera, animales silvestres, plantas ornamentales, agua para uso doméstico o para riego o industria. El objeto de dicho programa reconocer públicamente los buenos ejemplos de ordenación del bosque, para que otros finqueros participen también en el programa En Costa Rica el Régimen Forestal es un programa a nivel nacional patrocinado por la Dirección General Forestal. El propósito es alentar a los propietarios de bosques y terrenos forestales que protejan y den un ordenamiento a sus recursos forestales para la producción permanente de productos forestales.
Además de los beneficios colaterales del bosque como son la protección de los animales silvestres, la producción de agua de alta calidad y las posibilidades de recreación al aire libre.
Con este sistema se hace un reconocimiento público y se dan incentivos los propietarios que realizan actividades en sus bosques recomendadas la Dirección General Forestal.
El ejemplo de estos propietarios hará que otros se acojan al Régimen Forestal voluntario para disfrutar de todas sus ventajas.
Toda finca que se somete al Régimen Forestal tiene las siguientes ventajas. Asistencia técnica tanto para la ordenación del bosque natural como para la selección y cultivo de especies forestales. Exención del impuesto a las tierras incultas.
Los gastos realizados en actividades forestales son deducibles del impuesto de la renta. La Dirección General Forestal suministra los arbolitos al costo para las plantaciones forestales recomendadas en la finca. Las fincas sometidas al Régimen Forestal son respetadas por las instituciones que hacen distribución de tierras. La Dirección General Forestal defiende las fincas en caso de conflicto siempre cuando el finquero haya trabajado el bosque según las recomendaciones téc.
nicas de la Dirección General Forestal. El Sistema Bancario Nacional dará asistencia crediticia, sogún sus posibilidades, para realizar los planes de ordenación del bosque que apruebe la Dirección General Forestal.
ia ontinental a.
a por Al celebrarse hoy una fecha más del DIA NACIONAL DEL AGRICULTOR les hace llegar a todos los agricultores cafetaleros, que con SU fecunda labor, y esfuerzo personal contribuyen grandemente al desarrollo económico costarricense.
UN SINCERO FRATERNAL SALUDO.
San José, 15 de mayo de 1977.
El Ministro de Agricultura y Ganadería, Dr. Rodolfo Quirós observar los daños que causa la polilla en la papa.
SOCIEDAD AGRICOLA COMERCIAL LA HILDA LTDA.
SOCIEDAD AGRICOLA COMERCIAL DOKA LTDA.
Enormemente complacidos saludan, a los AGRICULTORES NACIONALES al estar celebrando hoy, una fecha más del DIA NACIONAL DEL AGRICULTOR enviando el saludo especialmente al agricultor cafetalero y cañero, que con su afán de progreso, surgimiento, contribuyen día a día al mejoramiento económico de Costa Rica.
San José, 15 de mayo de 1977.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.