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26 LA REPUBLICA. Lunes 24 de Jallo de 1978 EL MINISTERIO DE ECONOMIA INDUSTRIA COMERCIO informa al público y al comercio en general: de conformidad con el decreto 8810 MEIC del trece de julio de 1978, publicado en La Gaceta Nº 137 del 19 de julio de 1978, los precios oficiales máximos para la venta de carne al consumidor son los siguientes: PRECIOS DE PRECIOS DE TIPOS CORTES PARA VENTA VENTA MAXIMOS TIPOS CORTES PARA VENTA AL CONSUMIDOR VENTA MAXIMOS AL CONSUMIDOR POR KILOGRAMO POR KILOGRAMO TIPOS POPULARES: TIPOS INTERMEDIOS: Molida especial Lomo de aguja Lomo de paleta Cacho de paleta Posta de paleta 10. 00 15. 55 15. 55 15. 85 16. 85 TIPOS FINOS: Posta y hueso Huesos blancos Patas Riñones Sesos Asadura Mondongo Rabo Costilla de res con carne adherida Molida corriente Hígado Alipego Posta quititeña Posta de ratón 2. 45 85 85 45 00 00 00 00 75 00 60 25 10. 55 10. 55 Mano de piedra Solomo Posta de cuarto Punta de solomo Vuelta de lomo Lomo Lomito Lengua Libre Libre Libre Libre Libre Libre Libre Libre NOTA: de conformidad con el inciso a) del artículo noveno de la Ley 5665 del 20 de febrero de 1975, Ley de Protección al Consumidor y su Reglamento, el expendedor de carne deberá exponer en un lugar visible los precios antes indicados.
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