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LA REPUBLICA. Miércoles 30 de mayo de 1974 INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA URBANISMO TH Texto de la carta que fue leida y entregada a la Comisión Investigadora de la Asamblea Legislativa por el Lic. José María Borbón Arias, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.
PE 3032 28 de mayo de 1979 investiga, puede ordenarle nada en esa materia, que es precisamente la de los avalúos, pues comprar o no comprar tierras es materia de administración, una vez resuelto en firme el plan de expansión de la ciudad hacia el oeste. Este plan como tal es materia de gobierno, pero su ejecución es materia de administración.
mismo les pido un recibo, por las tres cintas grabadas de sesiones de Junta Directiva que solicitaron y entregamos ya que son propiedad del INVU.
Seilor Lic. Hernán Azofeifa Diputado Presidente Comisión de Investigación Asamblea Legislativa Espero que sean de la aceptación de esta Comisión, todos y cada uno de los puntos antes mencionados, pues la negativa a cualesquiera de ellos, implicaria que para ustedes es más importante el escándalo político, que el impulsar las soluciones habitaciones de los costarricenses como lo manda el artículo 65 de nuestra Constitución.
de ate ON Señor Diputado: Pedi la palabra antes de que ustedes procedieran a acordar como firme la última acta, porque considero la actuación de esta Comisión Legislativa de Investigación.
plagada de irregularidades, por lo que presento mi más enfática protesta, basada en las siguientes razones.
mese Revisando las actas de esta Comisión, me han surgido graves dudas sobre la fidelidad de las transcripciones de mis declaraciones, asi que pido formalmente que procedamos a cotejar las grabaciones con lo. transcrito.
Una vez efectuadas estas comprobaciones deseo firmar las mismas, no con el afán de aprobarlas, sino para que conste mi conformidad, pues causa bastante extrañeza, que al Presidente Ejecutivo de una Institución del Estado, que está siendo sujeta a una investigación, ni siquiera se le reconoce lo que es de derecho en un delincuente común. La moción presentada por el Diputado de Pueblo Unido para suspender los avalúos, que fue aprobada en forma precipitada y en ausencia de los Diputados de la Unidad, pido la revocatoria de este acuerdo por lo siguiente: Lo que más preocupa, es que este escándalo que no es más que de tipo politico, porque ya ha sido demostrado que irregularidades no hay en torno a la adjudicación de la licitación pública 959, dejaría como consecuencia el atraso de días, semanas, meses o probablemente años, en las justas aspiraciones de techo propio, a familias marginadas de los Barrios del Sur, de los llamados Nietos de Carazo, de los alrededores de Alajuelita y otras muchas más que hoy existen, sin contar las nuevas que han de aparecer. En concordancia con el Acuerdo número 1924. de la Asamblea Legislativa, el cual es muy explícito, hago las siguiertes observaciones: a) Por negar de esta manera el derecho elemental de la defensa, ya que el avalúo es el elemento primordial para demostrar la capacidad técnica de la Institución, y no tenemos temor de que dicho avalúo salga por una cantidad menor al precio de adjudicación, pero aparentemente los miembros de esta Comisión Investigadora tienen el temor de que salga mayor.
a) La investigación es sobre posibles irregularidades en las acciones tendientes de la adquisición de tierras para el INVU y los demás aspectos que se estime conveniente establecer sobre este asunto. repito, sobre este asunto.
Asi como los procedimientos utilizados para financiar la adquisición de dichas tierras.
b) De acuerdo a lo anterior, a partir de ahora me abstendré a contestar a cualquier pregunta que esté fuera del tema objeto de la investigación.
Vareciera ser que ninguno de los bandos mayoritarios por una razón u otra, no me perdonan el hecho de que por primera vez en la historia de Costa Rica, pudiera lograrse que el Gobierno Central consciente de su responsabilidad y gracias a mis gestiones se haya comprometido en aumentar sensiblemente el poder adquisitivo representado en 520 millones de colones sin aval y sin pasivos para el INVU. con el objeto de adquirir reservas de tierras y que Istituto haya logrado interesar a grandes empresas constructoras de desarrolos urbanos y viviendas con sus respectivas fuentes de financiamiento, las que desgraciadamente, hoy en día es probable que pierdan interés de instalarse en Costa Rica debido a este escándalo gratuito, en perjuicio nuevamente de familias de escasos recursos.
b) Sin ser yo abogado, someto a consideración de ustedes el siguiente aspecto legal. avalúo es legalmente necesario si se quiere adquirir las tierras sujetas al mismo. Esto es asi de acuerdo con el Artículo 127 del Reglamento de la Contratación Administrativa. La Institución está interesada todavía en esas tierras, que siempre serán necesarias para el plan de expansión urbana de la ciudad capital. Adquirirlas después puede ser más caro.
c) Sin embargo, cualquier pregunta referente al INVU a mis actividades personales como Presidente Ejecutivo, que estén comprendidas en el periodo del de mayo de 1978 a la presente fecha, se me deberá formular por escrito y yo personalmente me comprometo en proveer la información requerida de la misma manera.
Las Comisiones de Investigación de la Asamblea Legislativa carecen de potestades para adoptar resoluciones que afecten trámites administrativos u operacio.
nes pendientes de entidades autónomas. Dichas Comisiones pueden investigar hechos ya ocurridos con amplia potestad para obtener prueba, pero no pueden suplantar o sustituir a la institución, resolviendo en lugar de ella lo que corresponde hacer dentro de un procedimiento administrativo, como el de adquisición de tierras. Esto puede hacerlo, a lo sumo, un juez, suspendiendo los actos de la Administración que se impugnen ante él (Artículo 91 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. pero nadie más fuera del Juez. En consecuencia la orden dada es nula, por falta de competencia de la Asamblea para dictarla. Lo más que la Asamblea o la Comisión puede hacer es pedir a la Institución que ordene no hacer los avaldos, pero esta podrá decidir libremente si lo hace o no y la Asamblea no puede obligarla ni a una ní a otra cosa. Todo esto proviene de que el Artículo 121 inciso 23 de la Constitución tiene que interpretarse en armonia con el Artículo 188 de la misma, según el cual las instituciones tienen autonomia completa en materia de administración, por lo que nadie, ni la Asamblea Legislativa cuando d) Toda información que se requiera con fecha anterior al de mayo de 1978, deberá ser formulada por escrito para ser remitida a los Departamentos respectivos del INVU y ser contestadas por ellos de la misma manera, o en su defecto, citar ustedes a mis predecesores, ya que no estoy dispuesto a asumir, a partir de ahora, por el sesgo que se le está dando a esta investigación, la representación ni la responsabilidad de funcionarios de Administraciones pasadas, como lo he venido haciendo.
Ya que tengo un ejemplo tipificado a este respecto, como lo es la petición del Diputado Mario Devandas, que pidió información sobre irregularidades acaecidas, según su dicho en el año 1976, cuando el mismo era funcionario del INVU, hace años y tenía la obligación como ciudadano y como funcionario de haber hecho la denuncia respectiva en su oportunidad.
Solamente entre las tres compañías constructoras que se han mencionado en esta Comisión, tal y como consta en los documentos entregados, construirían 35. 000 viviendas en un plazo de a anos, o sea, la misma cantidad que el INVU logró entregar durante sus 25 largos años. Así que ésto es lo que constituye mi grave delito, convirtiéndome de la noche a la mañana en el conveniente chivo expiatorio de la actual situación politica, que por cierto soy ajeno a ella, sin embargo, rechazo con todas mis energías que se pretenda ensuciar mi buen nombre que es el don más preciado que puedo brindarle y legarle a mis hijos y a mi familia. como si esto fuera poco, se ha tratado de involucrar y dudar de la buena fe de mis cinco honestos compañeros directores, a los cuales deseo eximir de toda responsabilidad, pues yo soy el único responsable hasta sus últimas consecuencias.
ya que no se trata más que de un escándalo politico y no de falta de capacidad en las funciones correspondientes y menos de irregularidades de cualquier tipo Atentamente. Pido a ustedes que me entreguen el acuse de recibo de cada uno de los documentos que como comprobantes les hemos entregado, ya que esta investigación es oficial y por lo tanto es mi deber, presentar a la Junta Directiva de la Institución, el expediente completo y archivarlo en el INVU y así disipar dudas futuras de que haya faltado algún documento a esa Comisión Investigadora, asi Lic. José Maria Borbon Arias PRESIDENTE EJECUTIVO Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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