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18 LA REPUBLICA, jueves 19 de junio de 1980 Los tres países africanos que habían firmado el Primer Convenio de Arusha, pidieron a la CEE la renovación del diálogo y plantearon la necesidad de un segundo acuerdo. La Comunidad, interesada en contribuir a la integración regional en el mundo, firmó la Segunda Convención de Arusha. La CEE firmó, además, un acuerdo con Nigeria, que nunca entró en vigor.
LOS CONVENIOS DE LOME finales de mayo de 1963, la Comunidad Europea lanzó la idea de fundar un sistema preferencial de tarifas con el objeto de ayudar al desarrollo de los parses más pobres del mundo. Cinco años después, durante la segunda sesión del UNCTAD (La Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo. la Comunidad volvió a insistir en la creación de un sistema de preferencias general que favoreciera a los países en vías de desarrollo. Las conversaciones sobre el tema se iniciaron el 25 de julio de 1973. Ante la inminente caducidad de los Tratados Yaoundé Il y Arusha II, la Comunidad y sus ex colonias resolvieron firmar el Primer Convenio comercial y de cooperación, en la ciudad de Lomé, capital de Togo, el 28 de febrero de 1975.
II. EL PRIMER CONVENIO DE LOME INTRODUCCION El Convenio Lomé representa el primer intento, a nivel internacional, de instaurar un nuevo estilo de relaciones comerciales y de cooperación entre un grupo de países industrializados y un grupo de países en proceso de desarrollo.
Por vez primera en la historia, un conjunto de países del Norte y de países del Sur, tras varias rondas de negociaciones de grupo a grupo, celebraban un contrato.
Con el Convenio, firmado entre la CEE y casi sesenta de sus ex colonias del Africa, del Caribe y del Pacífico, se fortalecen las relaciones entre unos países ricos y unos países pobres.
La entrada en vigor del Convenio de Lomé II, que amplia el Convenio I, ha suscitado la preocupación del Gobierno de Costa Rica, por los posibles efectos que podrían tener para la economía de los patses de Centro América, los referidos acuerdos entre la Comunidad Económica Europea y sus ex colonias del Africa Caribe y Pacífico (ACP. El primer Convenio de Lomé llama la atención por diversas cláusulas de un nuevo estilo, que persigue la instauración de un nuevo orden económico internacional. En el campo de la política comercial, por ejemplo, se observa que las mer.
cancías provenientes de los países ACP (Africa Caribe Pacífico. gozan de una ca si completa libertad de acceso a la CEE, sin compromisos de reciprocidad. Se abandonaron los principios de reciprocidad de trato, que se estipulaban en los dos Convenios de Yaoundé.
El Presidente de la República, don Rodrigo Carazo, se ha dirigido a los Gobiernos de Francia, Italia y España, para hacerles saber su preocupación y solicitarles una definición en cuanto a la situación en que quedan las exportaciones de productos tropicales de América Latina, sobre todo las de Centro América, después de la firma del II Convenio de Lomé. Aunque España no forma parte de la Comunidad, el Presidente de Costa Rica, ha considerado necesario solicitar la opinión del Presidente del Gobierno Español, ya que España eventualmente gestio naría la aplicación de los beneficios del Convenio de Lomé a sus excolonias.
El único compromiso que adquieren los países ACP, consiste en no establecer ninguna discriminación entre los países de la CEE, de conformidad con la cláusula de la nación más favorecida del Acuerdo General sobre las Tarifas Aduaneras y el Comercio (GATT. Por otra parte, la Primera Convención de Lomé creó régimenes especiales para productos importantes que los países ACP exportan tradicionalmente a la CEE. Esto se aplica, por ejemplo, al azúcar, que las partes contratantes se comprometen a comprar o a suministrar en cantidades de terminadas, a precios garantizados a los países productores, basados en aquellos que se garantizan a los productores de la CEE.
Don Rodrigo Carazo se está dirigiendo, también, a los demás Gobiernos europeos así como a los de América Latina, con el propósito de aunar criterios respecto al Convenio. Deseoso de que la posición de Costa Rica sea el resultado del consenso de la opinión nacional, concordante asimismo, con los intereses de la región, la Oficina de Comunicación de la Presidencia de la República, ofrece este resumen de los Convenios de Lomé, como material de estudio para contribuir a la formación de una opinión objetiva y bien fundamentada sobre el documento de Lomé, concebido como un instrumento de desarrollo para un grupo de países del Tercer Mundo.
Otra de las innovaciones con que la CEE trata de fomentar la cooperación internacional sobre bases nuevas, es la creación de un sistema de estabilización de los ingresos provenientes de la exportación de materias primas (Stabex. Este último consiste en garantizar los ingresos obtenidos de las exportaciones y no los precios a aquellos países que producen materias primas y productos alimenticios. Siempre que un país dependa de la exportación de un determinado producto, obtendrá préstamos sin interés, cuando sus ingresos de exportación disminuyan en determinada proporción. Los países más pobres, obtendrán recursos a ti.
tulo de gracia.
En materias no comerciales, el Convenio recurre a instrumentos tradicionales, que ya se habían utilizado a raíz de los acuerdos de Yaoundé. Por ejemplo, los recursos del Fondo Europeo de Desarrollo, aumentaron de 800 millones de Unidades de Cuenta Europeas (UCE. en los quince años que van desde 1960 a 1974, a más de 000 millones de UCE en los cinco años de vigencia del Primer Convenio de Lomé.
Los dos Convenios de Lomé ANTECEDENTES HISTORICOS Un momento fundamental en la historia de Europa fue la constitución de la Comunidad Económica o MEC (Mercado Común Europeo) en Roma, el 25 de marzo de 1957. El Tratado de Roma es el inicio de la unión de los países europeos más ricos e industrializados del mundo. Quince años después, el 22 de junio de 1972, se suman a la Comunidad tres países septentrionales: Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido. Este Tratado de Adhesión, firmado en Bruselas, es el primer signo de la actividad económica y política exterior de la Comunidad de los seis.
Los recursos del Fondo Europeo de Desarrollo (FED. sirven para financiar la ayuda al desarrollo, así como también los programas de cooperación regional.
Mediante los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversión, se consigue llevar a cabo importantes proyectos industriales (fábricas de elaboración de productos agrícolas, embalses, etc. proyectos en los cuales se invierten, con frecuencia, capitales de institutos internacionales. como por ejemplo del Banco Mundial. o de los mismos países miembros.
El Convenio se caracteriza, también, por las modalidades de financiación apropiadas, que prevee para empresas pequeñas y de mediana envergadura y para pequeños proyectos rurales. Esto indica un posible deseo de contribuir al desarrollo económico de los países ACP, por medios distintos a la fundación de sucursales de empresas transnacionales.
La mayor parte de los países y territorios de ultramar, que ya habían dejado de ser colonias de las potencias europeas, decidieron unirse y formar un solo bloque, influídos por el Tratado de Roma. excepción de Nueva Guinea, que optó por anexarse a Indonesia y a la Guinea, 18 Estados independientes formaron el grupo de Estados Africanos y del Malgache Asociados (SAMA. que luego se amplió al Sud Camerún y parte de la República de Somalia El 20 de julio de 1963, en Yaoundé, los países de la Comunidad Europea (CE. y los 18 países libres del SAMA, suscribieron la primera Convención de asociación. Estos acuerdos, entre la CE y el SAMA, firmados en la capital del Camerún, tuvieron una duración de cinco años y su contenido era similar al texto del Tratado de Roma.
El Centro para el Desarrollo Industrial (CDI. fundado en 1977, es el único órgano del Convenio dirigido conjuntamente por las dos partes contratantes. El CDI tiene por cometido fomentar la información y los contactos entre los industriales de los países ACP y los de los países de la CEE, con objeto de facilitar la realización de proyectos industriales.
Los resultados de la cooperación comercial no fueron muy alentadores. Si bien los países ACP no concedieron ningún trato a favor de las mercancías que importaron de la CCE, se convirtieron en un mercado cada vez más importante para dichos productos. La cuota de las exportaciones de la CEE a los países del Africa Caribe y Pacífico, aumento del 5, por ciento en 1973 (4455 millones de UCE) al 7, por ciento en 1977 (12460 millones de (UCE) y en el primer semestre de 1978 a 6455 millones de UCE, Los aspectos más sobresalientes del primer Convenio de Yaoundé, que entró en vigor el de junio de 1964, son dos: la organización de una área económica bastante amplia y liberada hasta el máximo nivel y, segundo, la creación de un Fondo Europeo de Desarrollo (FED. para la concesión de ayuda, no reembolsabie, orientada al desarrollo de los países asociados.
En cambio, los ACP no consiguieron incrementar en la misma proporción sus exportaciones a la CEE. Su cuota del total de las importaciones de la Comunidad provenientes de países ajenos a la CEE bajó incluso del 7, por ciento en 1973 (5159 millones de UCE) al 6, por ciento en el primer semestre de 1978 (5946 millones de UCE. Como los resultados de la Primera Convención de Yaoundé fueron altamente positivos para las partes, éstas decidieron firmar otros acuerdos, el 29 de julio de 1969, en Luxemburgo. Esta Convención pasó a la historia como Yaoundé II.
En 1963, un año antes de que entrara en vigor la Convención Yaoundé I, la CEE inició diálogos con tres países del Africa del Este: Kenia, Uganda y Tanzania.
Estas conversaciones se estancaron durante algún tiempo y no fue sino hasta el 26 de julio de 1968, que se logró el Acuerdo de Arusha, el cual resultó inoperante, pues ninguna de las partes lo cumplió.
Las exportaciones de los países ACP disminuyeron en un 7, por ciento, mientras que en el mismo período del año anterior habían aumentado en un 45. por ciento. Mientras los demás países en desarrollo consiguieron, en el período considerado, reducir notablemente el déficit de su balanza comercial frente a la CEE, la posición favorable de los países ACP tendía a empeorar desde el año 1974.
Las relaciones entre la CEE y los países ACP evolucionaron en un sentido III. RESULTADOS DEL CONVENIO DE LOME que difícilmente podría compaginarse con el marco creado por el primer Convenio de Lomé. Si se duda de la eficacia de la cooperación comercial instituída por el Convenio, ello equivale a poner en tela de juicio la utilidad del régimen aduaneNo se ha determinado cuantitativamente los resultados económicos de la ro preferencial como instrumento de fomento de los intercambios comerciales, primera Convención de Lomé. Para los negociadores de las partes respectivas, se aunque no debido al hecho de que la CEE haya extendido este régimen a un nú.
trataba más bien de definir una base sobre la cual habían de desarrollarse las relamero creciente de países que no eran miembros de la Convención.
ciones económicas entre un grupo de países industrializados y otro en proceso de desarrollo, con objeto de fomentar el desarrollo económico de los más pobres y de La eficacia del régimen preferencial sufrió menoscabo debido a la estructuintegrarios mejor en la economía mundial. Tras cuatro años de vigencia del Con ra de los intercambios entre la CEE y los países ACP. Por ejemplo, en 1976, los venio I, of balance recogió resultados bastante diversos productos alimenticios y las materias primas minerales importados por la CEE Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.