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CEUTRO AMERIKA 12 de noviembre Día del Pabellón Nal.
Alumnos del Liceo de Costa Rica, conmemorando el día del Pabellón Nacional.
POR TANTO, DECRETA: guientes términos. Artículo 1o. El Pabellón Nacional de la República será tricolor por medio de cinco franjas colocadas horizontalmente, en esta forma: una faja roja ocupará el centro que será comprendido entre dos blancas, a cada una de las cuales le seguirá una azul. El ancho de cada una de estas franjas laterales será la sexta parte del que se dé a toda la bandera, y dos sextas el que corresponde a la faja roja, en cuyo centro deberá estar bordado sobre fondo blanco el Escudo Nacional de la República.
Artículo 2o. Que el pabellón Nacional se izo, solemnemente, por primera vez el 12 de noviembre de 1848 en la Plaza Mayor de San José. actual Parque Central. Artículo 30. Que es deber del Estado y de la nación rendir y educar a la ciudadanía en el culto de los Símbolos Nacionales en cuanto ellos representan, en el espacio y el tiempo, la herencia racial y a la tradición cultural del pueblo de Costa Rica, y nuestra soberanía donde quiera que se encuentre representándolo de acuerdo con los tratados internacionales.
Artículo 4o. Que el 12 de noviembre se erigirá un monumento destinado a perpetuar la memoria del Fundador de la República y Benemérito de la Patria, doctor don José María Castro Madriz.
Artículo 1o. Instituyese el 12 de noviembre de cada año Día del Pabellón Nacional.
Artículo 2o. Los centros educacionales y oficinas públicas, rendirán honores especiales al Pabellón Nacional el día fijado.
Artículo 30. El Ministerio de Educación impartirá las instrucciones pertinentes para dar solemnidad a la fiesta del Pabellón Nacional.
Dado en el Salón de Sesiones de la Junta Fundadora de la Segunda República. San José, a los venticinco días del mes de octubre de mil novecinetos cuarenta y nueve. FIGUERES. Valverde Gonzalo Facio. Orlich. Gámez Solano. Blanco Cervantes. Rev. Benjamín Núñez Bruce Masis Por el Secretario General de la Junta Alberto Cañas.
Decreto que instituye el 12 de noviembre de cada año, Tomado del libro Símbolos de la Patria. del Prof. Guillermo Solera Rodríguez, editado por Antonio Lehmann, Librería, Imprenta y Litografía Ltda. San José, Costa Rica, Segunda Edición, 1968 (corregida y aumentada. Día del Pabellón Nacional. No. 768PROMESA LA BANDERA LA JUNTA FUNDADORA DE LA SEGUNDA REPUBLICA, CONSIDERANDO: 1o. Que por Decreto No. 147 de 29 de setiembre de 1848, el General Presidente de la República de Costa Rica, doctor don José María Castro Madriz, estatuyó las características del Pabellón Nacional, en los siNiños, esta bandera de tres colores representa la Patria de los costarricenses.
Nunca ondeó sobre los campos de la conquista injusta, ni nadie se ha atrevido a empañar sus resplandores.
Prometamos amarla con amor inmenso y levantar para ella un blanco altar en nuestro corazón, preparándonos desde la escuela a practicar las valerosas y nobles virtudes del ciudadano; estudiar con cariño la historia de nuestro país y la de sus benefactores, a fin de seguir su generoso ejemplo para honrar con ello esa bandera.
Prometamos empeñar todas nuestras fuerzas para que la bandera costarricense, al flamear en nuestra ciudad, nuestros campos y mares, sea siempre un noble símbolo de paz mantenido con honor, con su aureola de gloria y con su ideal de justicia.
ENTRETENMIENTOS Tricocin INVENTA UNA CONVERSACION COLOREA MIRA ESTOS OBJETOS POR ESPACIO DE UN MINUTO OCÚLTALOS LUEGO TRATA DE RECORDARLOS EL LEGITIMO ECONOMICO FIGUEROA Tesoro RE Mar TRIOLINA 12 PEPIN g 105 ANONE MOMO EN TROZOS TRIGOLIN CLUB AMIGOS DE ESCUCHA DE LUNES VIERNES EL PROGRAMA CLUB AMIGOS DE TRICOLÍN DE 6:00 6:30 DE LA MANANA POR RADIO CENTRO 35añosdecalidad Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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