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Los dedos las señalan como las principales acusadas de la duración de los procesos judiciales. Son las notificaciones; es decir, las comunicaciones por medio de las cuales los jueces dan a conocer a las partes de un proceso cada una de las resoluciones que toman durante un juicio.
Estas van desde la información al demandado de que alguien planteó un proceso en su contra hasta otras en que se señala al demandante o al demandado sobre cualquier gestión que haya interpuesto la contraparte.
Según el juez Gerardo Parajeles, del Tribunal Superior Primero Civil de San José, actualmente un proceso judicial puede tener más de 100 notificaciones. "Si un proceso dura dos años, la mayor parte de ese tiempo está en esperar las notificaciones", asegura.
El Código Procesal Civil señala que cada resolución debe comunicarse en tres días. Pero Manuel Amador, presidente electo del Colegio de Abogados, asegura que se tienen quejas de que hay resoluciones que tardan hasta 22 días en ser comunicadas a las partes, en especial cuando las realizan las Oficinas Centralizadas de Comunicaciones (OCN).
Estas concentraron los procedimientos de notificación de todos los juzgados de un circuito judicial, como en Goicoechea y San José. Anteriormente, cada juzgado contaba con sus propios notificadores, y realizaba las comunicaciones por aparte.
Pero, por su parte, Federico Murillo, jefe de la OCN del Primer Circuito Judicial de San José, asegura que las notificaciones están listas en cinco días y que la responsabilidad es más bien de los juzgados, de los abogados o de las partes.
El 19 de diciembre, por ejemplo, el notificador Róger Torrentes, recibió una resolución que debía comunicar a una parte... Se había dictado desde el 5 de noviembre.
Medios electrónicos
Por otra parte, los medios electrónicos de notificación (como el fax y el correo electrónico), que se permitieron con la entrada en vigencia de la Ley de notificaciones en 1996, con la idea de agilizar la comunicación, aún no logran ganarse la confianza de los abogados litigantes.
Amador explica que, ante un juzgado, es muy difícil demostrar que un correo electrónico o un fax no llegó. "Con los medios electrónicos, el problema es la certeza de la notificación", dice.
Actualmente, solo 160 abogados han reportado su correo electrónico para que se les notifique desde el Primer Circuito Judicial de San José.
Murillo, sin embargo, asegura que el medio más confiable es el correo electrónico pues existe un sistema de confirmación que informa a la OCN si la notificación se realizó o no. Afirma, además, que esa oficina cuenta con un sistema para enviar los fax por computadora, con el que pueden confirmar si la comunicación que se envió es legible o no.
Pero, además, aún no se han redactado todos los reglamentos para poner a funcionar las notificaciones por telegrama o por correo certificado, por ejemplo.
"No se ha reglamentado todo lo que se tiene", considera el juez Parajeles.
¿Cambiar el sistema?
Gerardo Parajeles, quien además tuvo participación en la redacción de la ley vigente, reconoce que esa norma no puede resolver el problema, pues lo que se requiere es un cambio del sistema escrito que rige en la actualidad en los procesos civiles, a un sistema en el cual los juicios sean más orales.
Con esta cambio, asegura el letrado, cada una de las partes podría conocer la mayor parte de las gestiones de la otra en la audiencia oral, así como de las resoluciones. De esta manera, no sería necesario realizar todo un proceso de notificación.
Sin embargo, para llegar a ello se requiere la aprobación del Código Procesal General, que apenas está en proyecto en la Corte Suprema de Justicia.
El futuro presidente del Colegio de Abogados es más conservador. Para él, la solución es regresar al sistema anterior, en el que cada juzgado tenía a sus notificadores. Ese procedimiento era, de acuerdo con su criterio, más personalizado.
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