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Columna Por su dinero

El filón del plástico
En la Ley de contingencia fiscal los jerarcas de Hacienda lograron la inclusión de un nuevo mecanismo dirigido a fortalecer su flujo de caja y prevenir incumplimientos de los recaudadores del impuesto de ventas.
Este mecanismo es la realización de adelantos del impuesto, a través de retenciones de las casas emisoras de tarjetas de crédito o de débito. Conviene revisar los aspectos básicos de su funcionamiento: cualquier negocio afiliado al sistema de pagos mediante tarjetas, que sea recaudador del impuesto de ventas (y que no se encuentre inscrito en el Régimen Simplificado de Tributación) le informará a la entidad emisora cuáles transacciones están gravadas, exentas o no sujetas por el impuesto, bajo su entera responsabilidad y riesgo de multas.
La entidad emisora de los "plásticos" le deposita diariamente al negocio afiliado las sumas correspondientes a sus ventas con tarjetas. Con el nuevo sistema le retendrá o descontará cierto porcentaje sobre el monto neto – excluyendo el impuesto – de todas y cada una de las transacciones gravadas.
El porcentaje de retención varía según la actividad del afiliado, con un tope máximo del 6 por ciento. La casa emisora de las tarjetas tendría que depositar al fisco los montos retenidos a más tardar al día siguiente de practicar la retención.
Cuando el negocio afiliado presenta su declaración de impuesto de ventas del mes en que se hicieron estas retenciones, podrá deducir del impuesto tales “pagos a cuenta”.
Este mecanismo es similar a las retenciones del 2 por ciento a cuenta del impuesto de renta para proveedores del Estado, y viene a engrosar el género de “pagos anticipados a cuenta”, cuyo principal exponente es el sistema de pagos parciales del impuesto de renta. Para Hacienda, estos mecanismos le otorgan mayor estabilidad a su flujo de caja y disminuyen los riesgos de incumplimiento de los impuestos.
Desde un punto de vista estrictamente financiero, Hacienda hace un negocio redondo: si los pagos a cuenta no se realizan puntualmente les cobra intereses altos, y si se cumplen religiosamente, no reconoce ni un cinco por concepto de intereses, teniendo así cero costo por ingresos anticipados.
En el caso del impuesto de ventas, la reducción del plazo de declaración de un mes a 15 días posteriores al cierre mensual, más la inclusión de estas retenciones en un entorno en que el dinero plástico ya tiene gran cobertura, lanza una señal de alerta al manejo financiero de las empresas recaudadoras, que están pasando prácticamente a dar financiamiento gratuito a Hacienda sobre impuestos futuros.
Para algunos, estas son medidas razonables en pro de alcanzar un ordenamiento fiscal. Para otros, que enfatizarían en los efectos negativos de tales medidas, las ubicarían en una tendencia progresiva de ordeñamiento fiscal de la liquidez de los contribuyentes.
En todo caso, resulta interesante especular sobre la reacción del mercado a este nuevo mecanismo. Hacienda piensa que no se afectará el avance creciente de la difusión de las tarjetas de crédito o de débito, y que un negocio afiliado no abandonará el sistema, dada la gran cobertura del dinero plástico y el riesgo de disminuir sus ventas. También está por verse la magnitud de esquemas de negociación más agresivos entre el negocio afiliado y el consumidor, ya que podrían darse políticas de descuento más fuertes cuando el cliente paga en efectivo.
En esa línea, el uso de tarjetas emitidas en el extranjero, estimulado por un afán de privacidad de información personal, pareciera ser una distorsión poco significativa dadas las políticas internacionales del negocio de tarjetas.
Hacienda confía en que todos estos riesgos sean de bajo impacto. Después de todo, por más que interese la liquidez de estas retenciones, al fisco no le conviene debilitar el filón de la información financiera de negocios y personas generado por el uso masivo del dinero plástico.
Nótese que una persona que consume bastante más por tarjetas de lo que gana – sin que la diferencia sea justificable – podría inspirar gran curiosidad a la auditoría fiscal en los años venideros.

  • POR Érick Thompson
  • Economía
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