Debido a los elevados costos del mantenimiento de las imágenes, se ha restringido su acceso solo para las personas registradas en PrensaCR.
En caso de poseer una cuenta, hacer clic en “Iniciar sesión”, de lo contrario puede crear una en “Registrarse”.
En la historia de todas las sociedades existen temas trascendentales que, en un tiempo y espacio determinados, adquieren brillo particular. Hoy, precisamente, la concesión de obras y servicios públicos le abre al país un ilimitado abanico de posibilidades que deben ser aprovechadas. Si vacilamos, fracasamos o nos negamos a lo inevitable, no habrá segunda oportunidad. Pasará la historia, nos arrasarán los cambios y quedaremos tan solo para imaginar lo que pudo haber sido y no fue.
Una serie de eventos recientes han creado la coyuntura propicia para el imparable despegue de las concesiones en el país. La adjudicación de las carreteras San José-San Ramón y San José-Caldera, el refrendo de los contratos de Puerto Caldera, la aprobación en primer debate de la reforma a la Ley de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos y el esperanzador anuncio del Banco Interamericano de Desarrollo de que prestará sin garantía soberana a empresas de capital privado, público y mixto en todos los sectores económicos, han impulsado al nuevo Gobierno a promover, al menos, ocho nuevos proyectos de concesión relacionados con modernización de puertos, aeropuertos, sistema ferroviario, pesaje y caminos.
Ventanas abiertas. Aunado a ello, la Sala Constitucional lúcidamente ha sabido servir tan solo como intermediario entre las necesidades sociales requeridas de satisfacción en la relatividad del tiempo y las normas, que deben tener ventanas abiertas para su adaptación futura. Así, ha sancionado su interpretación progresiva en sus votos 6240-93 (proyecto de ley de la primera Ley General de Concesión de Obra Pública), 2318-98 (proyecto de ley de la actual Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos), 2001-11657 (Gestión Interesada del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría), y 2005-05651 (concesiones portuarias); en el sentido de que no existe imposibilidad constitucional o legal alguna para que el Estado otorgue bienes y servicios públicos en concesión.
Así, cuando la realidad del país exige con premura obras de infraestructura y servicios públicos de alta calidad que el Estado, con su exiguo presupuesto, no puede suministrar, surgen las concesiones como una tercera vía de colaboración y sinergia entre el Gobierno, la sociedad y el mercado. Con esta técnica, por tanto, a la vez que se satisfacen las urgentes necesidades sociales, también se impide que el Estado asuma una grave respon- sabilidad por la discordancia fatal entre lo que se le exige, lo que se compromete a hacer y lo que realmente hace.
Por consiguiente, dependerá ahora del renacimiento de nuestra confianza el conseguir la cura de la crisis pues, si algo es cierto, es que, desde que el pueblo cree, ya tiene fondos y recursos.
Este documento no posee notas.