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El Consejo Técnico de Aviación Civil (CTAC) acordó iniciar el trámite de anulación del certificado de explotación que permite a la empresa Dicoa S. A. vender combustible aeronáutico en el aeropuerto de Pavas desde junio del año 2002.
La decisión se fundamenta en un informe de la auditoría interna de Aviación Civil, el cual señala que el certificado de explotación otorgado es ilegal.
Desde 1999 la Sala Constitucional indicó que la distribución y almacenamiento de combustible en los aeropuertos no es una actividad aérea y que la concesión de ese servicio debe otorgarse previa licitación pública.
El CTAC otorgó la concesión luego de que la jefa de la asesoría legal de esa época, Mildred Bogantes Pereira, indicó al director de Aviación Civil que era legal otorgar un certificado de explotación a la firma Distribuidora de Combustible para Aeropuertos (Dicoa S. A).
Mediante ese certificado, la empresa fue autorizada para que, sin concurso ni licitación pública, brindara el servicio de suministro de combustible en el aeropuerto Tobías Bolaños, en Pavas.
El CTAC acordó el 13 de setiembre pasado iniciar dos órganos directores: uno para anular esa concesión y otro para valorar la responsabilidad de Bogantes, hoy asesora de la ministra de Transportes, Karla González.
Todos o ninguno. El dueño de Dicoa S. A., Álvaro Jiménez Arias, dijo que hace un año compró la empresa con un certificado de explotación vigente hasta el 2009.
"La concesión que el CTAC otorgó a Dicoa S. A. no fue fraudulenta, me consta que la empresa presentó hasta el último papel", aseguró el dueño de la firma.
La abogada de Dicoa S. A., Claudia Reyes, señaló que históricamente Aviación Civil mantuvo la práctica de autorizar la venta de combustible en los aeropuertos mediante certificados de explotación, esto es, sin llamar a licitación pública.
En opinión de la abogada, si ahora el CTAC decide anular el certificado de explotación otorgado a Dicoa S. A. debería anular también los certificados de explotación de la empresa Aerotica S. A., firma que vende combustible en el aeropuerto de Pavas, y a la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), que expende combustible en el aeropuerto internacional Juan Santamaría y en el aeropuerto Daniel Oduber, en Liberia.
Sin embargo, el actual director legal de Aviación Civil, Felipe Córdoba, señaló que Recope no sería afectada ya que por Ley tiene el monopolio de las ventas de combustible a granel y lo único que necesita para ofrecerlo es cumplir las normas técnicas que solicita Aviación Civil.
Por su parte, la exjefa de la asesoría legal de Aviación Civil, Mildred Bogantes, aseguró que su recomendación para que se diera a Dicoa S. A. un certificado de explotación se basó en una resolución de la Contraloría y en criterios de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Bogantes sostiene que este y otros procesos en que se cuestiona su actuación son parte de una persecución en su contra que existe en la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), y que esta persecución ha sido reconocida por la Sala Constitucional.
La abogada se refiere a una disposición de la Sala IV del 11 de agosto del 2006 en la que resuelve un recurso de amparo interpuesto por la abogada en relación con otro caso y en el que se ordena “el cese de todo acto de persecución laboral en contra de la amparada”.
Mientras tanto, el subdirector general de Aviación Civil, Jorge Fernández, dijo ayer que no cuenta con ningún elemento para afirmar que exista una persecución contra la abogada Bogantes.
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